Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030708 AYUDAS PARA EL IMPULSO Y LA COMPETITVIDAD INTERNACIONAL DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR MODA

    Plazo de resolución

    4 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKUA AYUDAS PARA EL IMPULSO Y LA COMPETITIVIDAD INTERNACIONAL DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE LA MODA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 09 Oct 2019 al Lun, 25 Nov 2019

    Objeto

    La concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones de promoción y proyectos de internacionalización por las empresas del sector de la moda de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    La convocatoria va dirigida a solicitantes del sector de la moda (los CNAEs se especifican en la que convocatoria) que desarrollen su actividad económica en Castilla - La Mancha:

    las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos,las administraciones públicas y las asociaciones y agrupaciones.

    Requisitos

    a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.
    b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
    d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social.
    e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la JCCM para el mismo concepto.

    Importe

    El porcentaje de subvención es 20% en el caso de grandes empresas y del 40% para el resto de beneficiarios, con límite máximo de 8.000,00 euros de ayuda por beneficiario.
    2. El presupuesto mínimo de la suma de todos los gastos sobre los que se solicita la subvención, deberá ser, al menos, de 3.000 euros. Esta información se deberá presentar en el modelo que acompaña a esta convocatoria (Anexo II).

    Criterios

    Por concurrencia competitiva:
    -Existencia en la empresa de un departamento de exportación propio o externo.
    -Disposición por parte del solicitante de página Web en varios idiomas.
    - Nº acciones de promoción agrupadas de IPEX de las que haya sido beneficiario en los 12 meses anteriores a la convocatoria.
    -Realizar su actividad económica en cualquier municipio en zona ITI.
    -Realiza su actividad económica en cualquiera de los territorios de los municipios considerados como zonas prioritarias.

    Documentación a aportar

    Las solicitudes de subvención se presentarán en el modelo normalizado que se acompañe a esta convocatoria (Anexo I).
    Junto a la solicitud, un Plan de Actuaciones (para lo que se adjunta modelo anexo II junto a la solicitud) El presupuesto total de los gastos financiables debe ser cómo mínimo de 3.000 euros. Podrán ser financiables acciones contempladas en el plan y realizadas desde la fecha de presentación de solicitud de ayuda y hasta el 31 de agosto del 2020.
    Además el solicitante deberá aportar en formato digital en caso de no haberlo aportado anteriormente al IPEX, los siguientes documentos: - Código de Identificación Fiscal (CIF), en el supuesto de que fuera persona jurídica.
    - Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones u otro documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante.
    - En el caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes, se aportará la documentación siguiente:
    * Compromiso de ejecución de cada socio, así como el importe a aplicar para cada uno de ellos.
    * Identificación del representante nombrado, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que como beneficiario corresponden a la comunidad de bienes.
    - Alta o declaración censal en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el caso de trabajadores autónomos.
    - Copia la declaración presentada de impuesto de sociedades del último ejercicio (modelo 200) donde se acredite el código CNAE principal de la empresa. (En el caso de que se tuviesen varios, y este no fuera el principal, se admitirán otros documentos que a juicio del solicitante acrediten el citado código).

    Lugar de presentación

    Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM: https://www.jccm.es

    Información Adicional

    Teléfono: 925 259 100
    Email: convocatorias@ipex.es
    DOCM: 08/10/19 Resolución de 02/10/2019, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas, al amparo de la Orden 182/2017, de 23 de octubre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el impulso y la competitividad internacional de las empresas del sector de la moda en Castilla-La Mancha, modificada por la Orden 100/2018, de 15 de junio de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder 2014-2020 de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 475717.
    DOCM: 27/06/18 Orden 100/2018, de 15 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden 182/2017, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el impulso y la competitividad internacional de las empresas del sector de la moda en Castilla-La Mancha, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 02/11/17 Orden 182/2017, de 23 de octubre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el impulso y la competitividad internacional de las empresas del sector de la moda en Castilla-La Mancha, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 05/11/19 Resolución de 28/10/2019, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se amplía el plazo de ejecución y de presentación de solicitudes, previsto en la Resolución de 02/10/2019, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas, al amparo de la Orden 182/2017, de 23 de octubre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el impulso y la competitividad internacional de las empresas del sector de la moda en Castilla-La Mancha, modificada por la Orden 100/2018, de 15 de junio de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder 2014-2020 de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 475717.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030076 AYUDAS PARA EL AHORRO Y LA EFICIENCIA ENERGETICA EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE

    Plazo de resolución

    5 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIZK AYUDAS PARA FAVORECER EL AHORRO Y LA EFICIENCIA ENERGETICA EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 08 Ene 2016 al Jue, 07 Abr 2016

    Objeto

    Conceder ayudas encaminadas a la mejora del ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte, consistentes en la adquisición de vehículos impulsados por energías alternativas; adquisición de puntos de recarga eléctrico y en la transformación del sistema de alimentación del motor de aquellos al uso de GLP (gas licuado del petróleo), GNC (gas natural comprimido) o GNL (gas natural licuado).

    Destinatarios

    Los particulares personas físicas, las empresas, de naturaleza privada que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha

    Requisitos

    Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en los artículos 3, 4, 11, 13 Y 15 de la Orden de 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes energéticamente, instalación de puntos de recarga eléctricos y transformación de vehículos a glp, gnl o glc, y se convocan las mismas para 2016.

    Importe

    Consultar artículos 12, 14 Y 16 de la Orden de 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes energéticamente, instalación de puntos de recarga eléctricos y transformación de vehículos a glp, gnl o glc, y se convocan las mismas para 2016.

    Criterios

    Los criterios de valoración y puntuación vienen determinados en el artículo 6 de la Orden de 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes energéticamente, instalación de puntos de recarga eléctricos y transformación de vehículos a glp, gnl o glc, y se convocan las mismas para 2016.

    Documentación a aportar

    La documentación a presentar viene determinada en los artículo 19, 20 de la Orden de 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes energéticamente, instalación de puntos de recarga eléctricos y transformación de vehículos a glp, gnl o glc, y se convocan las mismas para 2016.

    El artículo 19 determina la documentación preceptiva a presentar con carácter general

    El artículo 20 determina la documentación preceptiva a presentar con carácter especifico

    Lugar de presentación

    Para las empresas y Ayuntamientos únicamente de manera telemática mediante firma electrónica reconocida, en la direcciones web:
    https://www.jccm.es
    https://indu2.jccm.es/OficinaVirtualCIS/.

    Para las personas físicas:
    Preferentemente mediante firma electrónica reconocida en las direcciones web indicadas.
    También, en los registros de los órganos establecidos en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre
    DOCM: 13/03/07 Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y eficiencia energética en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 07/01/16 Orden de 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes energéticamente, instalación de puntos de recarga eléctricos y transformación de vehículos a GLP, GNL o GLC, y se convocan las mismas para 2016.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para las acciones que se desarrollen íntegramente en el año 2015 destinadas a fomentar la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada en el marco del PDR 2014/2020.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de las ayudas a los agricultores es el de concurrencia competitiva, priorizándose, en función de los regímenes de calidad en los que participa el agricultor.

  • Establecer la convocatoria en el año 2014 para la concesión de ayudas a las empresas agroalimentarias que pretenden incrementar su competitividad en el mercado a través de inversiones que afecten a la transformación y/o comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura durante el período 2007-2013.

    Criterios

    La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Los criterios de valoración son los establecidos en la norma sexta de la Resolución de convocatoria de las ayudas para el año 2014. Se valorarán especialmente los proyectos de nuevas instalaciones, los de alto grado de innovación y/o mejoras medioambientales, proyectos que generen empleo, zonas rurales y proyectos que conlleven mejoras en materia de calidad, seguridad o tecnología.

  • Convocar para el año 2016, las ayudas en especie para la asistencia a la feria ?Alimentaria Barcelona 2016?, para promover la participación agrupada de las industrias de alimentos y bebidas de Castilla - La Mancha mediante la ubicación en el stand que tendrá la Consejería en los pabellones dedicados por el organizador de la feria, por un lado, para los vinos, y por otro lado, para el resto de productos alimentarios.

  • La presente resolución tiene por objeto convocar para el año 2016 las ayudas en especie para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction, de conformidad a la Orden de 27 de febrero de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura para la asistencia a las ferias del sector agroalimentario,

  • Convocar para el año 2016 las ayudas en especie para la asistencia a la feria agroalimentaria Salón de Gourmets promoviendo la participación agrupada en la feria.

  • PROCEDIMIENTO

    030552 AYUDAS PARA LA ASISTENCIA A LA FERIA AGROALIMENTARIA WORLD OLIVE OIL EXHIBITION

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK8A AYUDAS PARA LA ASISTENCIA A LA FERIA AGROALIMENTARIA WORLD OLIVE OIL EXHIBITION 2019

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 22 Feb 2019 al Mar, 26 Mar 2019

    Objeto

    Convocar para el año 2019 las ayudas en régimen de minimis para la asistencia a la feria agroalimentaria World Olive Oil Exhibition, de conformidad con la mencionada Orden 177/2018, de 30 de noviembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 17/02/2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la asistencia a la feria agroalimentaria World Olive Oil Exhibition.

    Destinatarios

    Empresas productoras de aceite de oliva que estén ubicadas en Castilla-La Mancha

    Requisitos

    - Estar ubicada en Castilla-La Mancha.
    - No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
    - No haber ayudas acogidas al régimen de mínimis por importe de 200.000 euros por cualquier concepto, durante el periodo de los dos ejercicios fiscales anteriores a la presente convocatoria y durante el ejercicio fiscal en curso.

    Importe

    La cuantía máxima de subvención de las ayudas será de hasta un 22% de los gastos subvencionables por empresa. El porcentaje concreto de subvención será establecido por la comisión técnica de valoración prevista en la orden en función del prorrateo que resulte aplicable.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de las ayudas de minimis previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva en su modalidad de prorrateo.

    Documentación a aportar

    - Las personas jurídicas deberán aportar:

    i) Estatutos donde consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
    ii) Apoderamiento bastante del firmante para representar.

    - Las personas físicas, deberán aportar copia del DNI en el caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    La Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, podrá requerir cualquier otro documento cuando así lo estime necesario, para comprobar las características de la actuación y el buen fin de las ayudas.

    La necesidad de aportar tal documentación será comunicada a los interesados.

    Lugar de presentación

    a) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www. jccm.es)

    b) Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.

    Información Adicional

    Para presentar subsanaciones a su solicitud, Pinche aquí
    DOCM: 10/12/18 Orden 177/2018, de 30 de noviembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 17/02/2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la asistencia a la feria agroalimentaria World Olive Oil Exhibition
    DOCM: 21/02/19 Resolución de 12/02/2019, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan las ayudas para la asistencia a la feria agroalimentaria World Olive Oil Exhibition para el año 2019. Extracto BDNS (Identif.): 440139.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030539 PRESENTACION JUSTIFICANTES DEL DESTINO DEL ALCOHOL

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK47 AYUDAS PARA LA DESTILACION DE SUBPRODUCTOS

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 16 Oct 2014 al Lun, 20 Jul 2015

    Objeto

    Convocar las ayudas para la destilación de los subproductos de acuerdo con el Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas

    Destinatarios

    Destiladores que transformen los productos entregados en alcohol bruto con un grado alcohólico de al menos el 92% vol.

    Requisitos

    a) Instalaciones de la destilería ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha. b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegros y SS c) No estar incursa en las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 d) No estar incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

    Importe

    El importe de la ayuda establecida por % vol y por hectolitro de alcohol bruto obtenido, es el siguiente: a) de orujo: 1,1 euros; b) de lías y vino: 0,5 euros.

    Criterios

    La ayuda se concederá a los destiladores que transformen los productos entregados para cumplir con la obligación establecida en el artículo 8 de esta Orden en alcohol bruto con un grado alcohólico de al menos el 92 % vol. Las operaciones de destilación deberán finalizarse a más tardar el 15 de julio de la campaña vitícola de que se trate. El alcohol que resulte de la destilación a la que se haya concedido la ayuda se utilizará exclusivamente con fines industriales

    Documentación a aportar

    a) En caso de actuar por medio de representante, acreditación de la representación del firmante de la solicitud por cualquier medio válido en derecho o mediante declaración en comparecencia personal del interesado; b) Relación de las entregas efectuadas por el productor c) Prueba de la destilación d) Prueba de pago del transporte al productor e) Justificación del destino del alcohol f) Actas resumen diario de recepción de alcohol cumplimentadas por la empresa de recepción del alcohol. g)Copia de los documentos de acompañamiento que amparen la circulación de productos objeto de impuestos especiales de fabricación h) En caso de no presentar la documentación prevista en los apartados d) y/o e), se adjuntará aval bancario o certificado de seguro de caución por el importe del pago previsto incrementado en un 20%;

    Lugar de presentación

    La solicitud se podrá presentar en los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura donde radiquen las instalaciones de las industrias destiladoras o en los Servicios Centrales y Oficinas Comarcales de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, así como en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Igualmente se podrá presentar por medios telemáticos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la JCCM

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@
    El Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español
    DOCM: 12/12/13 Orden de 29/11/2013, , por la que se regula la obligación de eliminar los subproductos de la viticultura y se precisan las bases reguladoras del régimen de ayuda para la destilación de subproductos en Castilla-La Mancha establecido en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español y se establece su convocatoria abierta para todo el período
    El Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, modificado por el Reglamento (CE) 491/2009 del Consejo, de 25 de mayo, dispone en su artículo 103 quaterdecies que entre las medidas que se pueden incluir en los programas de apoyo se encuentra la promoción con arreglo al artículo 103 tervicies de este Reglamento.
    El Reglamento (CE) nº 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 479/2008, del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, al comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola, regula en la Sección 7 del Capítulo II del Título II, la eliminación de subproductos.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030114 AYUDAS PARA LA ELABORACION Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE ACCION SINDICAL Y/O FORMACION SINDICAL CON CARGO AL FONDO DE AYUDA SINDICAL

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIJE AYUDAS PARA LA ELABORACION Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE ACCION Y/O FORMACION SINDICAL CON CARGO AL FONDO DE AYUDA SINDICAL.SOLICITUD

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 29 Mar 2019 al Mar, 30 Abr 2019

    Objeto

    El régimen de concesión es el procedimiento de prorrateo, previsto como excepcional dentro del régimen de concurrencia competitiva. Las ayudas estarán destinadas a la elaboración y desarrollo de actividades de acción sindical y/o formación sindical de los y las representantes de los trabajadores con cargo al Fondo de Ayuda Sindical

    Destinatarios

    Las organizaciones sindicales legalmente constituidas y con representación en Castilla-La Mancha

    Requisitos

    a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social.
    b) En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995.
    c) No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el año anterior a la de solicitud.
    d) No estar incursa la persona física, los administradores o aquellos que ostenten la representación legal, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003.
    e) No concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

    Importe

    Las subvenciones se distribuirán proporcionalmente en función del número de representantes sindicales que se hayan obtenido, por cada Organización Sindical beneficiaria de las ayudas, a fecha 31 de diciembre de 2018, con el límite del crédito presupuestario asignado.

    Criterios

    Los proyectos se seleccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:
    - Porcentaje de representatividad sindical obtenida a fecha 31 de diciembre de 2018.

    Documentación a aportar

    Anexo I de Solicitud de subvención con cargo al Fondo de Ayuda Sindical y aportación de los siguientes documentos digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma:
    a) Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Número de Identificación Fiscal (NIF).
    b) Acreditación de la representación del firmante, mediante fotocopia de escritura pública, o cualquier otro medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna de la misma.
    c) Otros documentos

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se presentarán únicamente mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
    DOCM: 28/03/19 Resolución de 14/03/2019, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para el ejercicio de 2019, con cargo al Fondo de Ayuda Sindical. Extracto BDNS (Identif.): 445789.
    DOCM: 14/12/15 Orden de 09/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo de Ayuda Sindical y se aprueba su convocatoria para el año 2015.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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