Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    010490 AUTORIZACION DE SISTEMAS DE INTERCONEXIONADO

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SK4S AUTORIZACION DE SISTEMAS DE INTERCONEXIONADO.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    La obtención de la autorización para la interconexión de máquinas de juego de los tipos "B" y "C", tanto dentro del mismo establecimiento como entre establecimientos distintos, así como la autorización para la interconexión del juego del bingo entre locales que tengan autorizada esta modalidad de juego.

    Destinatarios

    Todas aquellas personas físicas o jurídicas que sean, o bien titulares de las máquinas de juego que se pretenda interconectar, o en su caso de los establecimientos donde se encuentre instaladas las máquinas o el juego del bingo, todo ello en función de la interconexión que se persiga realizar.

    Requisitos

    Las empresas de juego deberán cumplir los siguientes requisitos:
    a) Tener nacionalidad española o de un país miembro perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
    b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
    c) Tener constituidas las fianzas establecidas reglamentariamente.
    Además, en el caso de sociedades mercantiles, los siguientes requisitos:
    a) Haber previsto en sus respectivas normas constitutivas la explotación de juegos para los que solicitan la autorización.
    b) Tener el capital social totalmente desembolsado, en su caso.

    Importe

    Tasas 374,54 Euros

    Criterios

    Presentada la solicitud junto con la documentación establecida reglamentariamente, se otorgará la correspondiente autorización.

    Documentación a aportar

    Número de máquinas o terminales que se vayan a instalar.

    Lugar donde se encuentre el servidor o unidad central del sistema de interconexión en el local.
    Copia autenticada del contrato suscrito con la empresa gestora del sistema de juego.
    Memoria elaborada por la empresa gestora del sistema de juego.

    Además de los anteriores, en el caso del juego del bingo: Certificación de la empresa gestora del sistema de juego respecto de todas las combinaciones ganadoras.

    Lugar de presentación

    Podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien de forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: www.jccm.es.



    DOCM: 09/05/13 Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juegos y las Apuestas de Castilla-La Mancha
    DOCM: 29/10/13 Decreto 85/2013, de 23/10/2013, por el que se regula el régimen jurídico y títulos habilitantes exigidos a establecimientos y empresas de juego.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010195 AUTORIZACION DE SUELTA DE PIEZAS DE CAZA VIVA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S261 AUTORIZACION DE SUELTA DE PIEZAS DE CAZA VIVA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Las solicitudes deberán tener entrada en la Dirección Provincial correspondiente con un mes de antelación a la fecha de suelta prevista.

    Objeto

    Autorizar las sueltas de especies cinegéticas en terrenos cinegéticos y en granjas cinegéticas

    Destinatarios

    Titulares de cotos de caza / granjas cinegéticas en los que se van a realizar la suelta de piezas de caza con el fin de introducir, reintroducir o reforzar sus poblaciones en el medio natural o para recría o estancia en una explotación cinegética, así como cuando se trate de huevos de especies cinegéticas.

    Requisitos

    Las autorizaciones de sueltas serán expedidas por la Dirección Provincial correspondiente y la resolución de las mismas estará condicionada a los siguientes requisitos
    - Las sueltas deben estar autorizadas en la resolución aprobatoria del Plan de Ordenación cinegética, cuando se vayan a realizar en un terreno que precise de dicho plan o en la autorización de la granja registrada en la región, si se va a realizar en una granja cinegética.
    - Las sueltas no afectarán negativamente a la biodiversidad de la zona de destino.
    - No existirán riesgos de hibridación que alteren la pureza genética de las especies autóctonas o riesgos de competencia biológica.
    - No serán contrarias a las determinaciones de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales que afecten a dicho terreno.
    - Serán compatibles con planes de recuperación de especies amenazadas o de interés preferente.
    - La explotación industrial de procedencia deberá estar inscrita en el registro de explotaciones ganaderas y en el registro de granjas cinegéticas.
    - Los cotos de caza, de origen y de destino, deberán estar inscritos en el registro de explotaciones ganaderas (REGA).
    - Las piezas no procederán de zonas donde se detecte la existencia de enfermedades de declaración obligatoria que afecten a la caza.
    - Obtención de la guía de origen y sanidad pecuaria: Procedimiento 010452 SOLICITUD GUIA DE ORIGEN Y SANIDAD PECUARIA (SJZZ)

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede.

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ : Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 6).

    Para más información Pinche aquí:


    DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 20/12/96 Decreto 141/1996, de 09/12/1996, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE APLICACION DE LA LEY 2/1993, DE 15 DE JULIO, DE CAZA DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010136 AUTORIZACION DE SUSPENSION TEMPORAL, ABANDONO DEFINITIVO Y REAPERTURA DE LABORES

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ95 AUTORIZACION DE SUSPENSION TEMPORAL, ABANDONO DEFINITIVO Y REAPERTURA DE LABORES

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plaza abierto todo el año

    Objeto

    Autorización de suspensión temporal, abandono definitivo y reapertura de labores.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos mineros.

    Importe

    Tasa: en función de presupuesto tarifa 4

    Documentación a aportar

    1.- Fotocopia del DNI o escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica.
    2.- Información ambiental básica.
    3.- Justificante del pago de tasas.
    4.- Suspensión temporal:
    a) Documento justificativo de las causas por la que se pide la suspensión temporal.
    b) Proyecto en el que se hará constar los accesos y explotaciones que se pretenden conservar, plazo de suspensión, medidas de conservación, obras de aislamiento, ventilación de las labores conservadas, revisión periódica de la maquinaria que permanece instalada, así como cuantas medidas pretenda adoptar para la seguridad de la zona conservada.
    5.- Abandono definitivo:
    a) Proyecto de abandono definitivo de labores en el que se justificarán las medidas adoptadas y a adoptar para garantizar la seguridad de las personas y bienes
    b) Planos precisando las cotas de las labores, y cuantos datos sean precisos para conocer los riesgos de daños futuros derivados del abandono proyectado.
    c) Certificado de un organismo de control que cumpla con lo dispuesto en el anexo III del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, que indique que la situación final del terreno afectado por la explotación de recursos minerales y sus instalaciones y servicios auxiliares no suponen ningún peligro para la seguridad de las personas.
    6.- Reapertura de labores: Proyecto de reapertura.
    7.- Declaración responsable de los técnicos competentes proyectistas y Director de la ejecución de trabajos/obras

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla-La Mancha
    Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
    Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
    Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo
    Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010093 AUTORIZACION DE TALLER DE DISPOSITIVOS DE LIMITACION DE VELOCIDAD

    Plazo de resolución

    4 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJEQ AUTORIZACION DE TALLER DE DISPOSITIVOS DE LIMITACION DE VELOCIDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Definir el procedimiento de autorización, modificación de datos registrales, renovación y baja de entidades y talleres de dispositivos de limitación de velocidad.

    Destinatarios

    Entidades (Personas físicas y jurídicas) y talleres que pueden ser autorizados para la instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 1417/2005, de 25 noviembre

    Requisitos

    Los requisitos son los establecidos en los artículos 9, 11 y 15 del Real Decreto 1417/2005, de 25 noviembre

    Importe

    Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales.

    TARIFA 14.5

    Criterios

    El procedimiento de autorización, modificación de datos registrales y baja se realizará conforme a lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1417/2005, de 25 noviembre Al conceder la autorización correspondiente, la Dirección General de Industria, Energía y Minas originará una contraseña identificativa de la entidad o taller.

    Documentación a aportar

    - Declaración de medios técnicos y humanos y de independencia de la actividad del transporte por carretera, según modelo del anexo I - Certificados individuales de superación de un proceso de adiestramiento sobre instalación y comprobación de limitadores de velocidad a instalar. (Mínimo dos personas con categoría de oficial de segunda). - Certificado de la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa en la que figure la relación nominal de trabajadores y el tipo de contrato, o bien, del contrato laboral del personal con certificados de adiestramiento. - Certificado de la Seguridad Social que indique que la persona en cuestión está dada de alta en el régimen de autónomos en calidad de socio o familiar de socio. (Sólo en caso de empresa sea persona jurídica y alguna de las personas con certificado de adiestramiento sea socio o familiar de algún socio de la empresa). - Póliza de responsabilidad civil, aval u otras garantías financieras que cubran la responsabilidad por daños materiales o personales a terceros por cuantía mínima de 60.000 euros. (Debe quedar claro que la póliza incluye las actividades relativas a limitadores de velocidad). - Copia de concesión. (Sólo para las empresas incluidas en las opciones b y d).

    Lugar de presentación

    A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

    Información Adicional

    La autorización tendrá carácter renovable con periodicidad anual.
    Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria, modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, (Ley Omnibus)
    Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • Definir el procedimiento de autorización, modificación de datos registrales, renovación y baja de taller de tacógrafos y centro técnico de tacógrafos digitales.

    Criterios

    El procedimiento de autorización, modificación de datos registrales, renovación y baja se realizará conforme a lo establecido en el artículo 6 (Autorización de los centros técnicos) del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril. Al conceder la autorización correspondiente, la Dirección General de Industria, Energía y Minas originará una contraseña identificativa del centro técnico.

  • PROCEDIMIENTO

    180117 PRESTACION DE SERVICIOS EN REGIMEN DE TELETRABAJO POR EL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SK38 AUTORIZACION DE TELETRABAJO PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente.

    Objeto

    La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha autoriza/deniega la prestación de servicios mediante teletrabajo al personal funcionario, de tal forma que, cuando lo permiten las necesidades del servicio, puede desarrollar su jornada de trabajo de forma complementaria mediante servicios presenciales en el centro de trabajo y fuera de los lugares de trabajo a través de la utilización de las tecnologías de la información y comunicación.

    Destinatarios

    Personal funcionario al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Los establecidos en el artículo 5 del Decreto 57/2013, de 12 de agosto, por el que se regula la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2013/08/16/pdf/2013_10117.pdf&tipo=rutaDocm

    Documentación a aportar

    Protocolo firmado de autocomprobación del puesto de trabajo para la prevención de riesgos laborales en teletrabajo.

    Lugar de presentación

    La solicitud deberá presentarse por medios electrónicos en los formularios o modelos habilitados al efecto en la sede electrónica (Portal del Empleado Público).

    Información Adicional

    Para cualquier duda el personal funcionario o laboral puede ponerse en contacto con la Jefatura de Personal de los Servicios Centrales o Servicios Periféricos a la que se encuentre adscrito el puesto de trabajo.
    DOCM: 16/08/13 Decreto 57/2013, de 12/08/2013, por el que se regula la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo en la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 22/03/11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180119 PRESTACION DE SERVICIOS EN REGIMEN DE TELETRABAJO POR EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK3A AUTORIZACION DE TELETRABAJO PERSONAL LABORAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente.

    Objeto

    La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha autoriza/deniega la prestación de servicios mediante teletrabajo al personal laboral, de tal forma que, cuando lo permiten las necesidades del servicio, puede desarrollar su jornada de trabajo de forma complementaria mediante servicios presenciales en el centro de trabajo y fuera de los lugares de trabajo a través de la utilización de las tecnologías de la información y comunicación.

    Destinatarios

    Personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Los establecidos en el artículo 5 del Decreto 57/2013, de 12 de agosto, por el que se regula la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2013/08/16/pdf/2013_10117.pdf&tipo=rutaDocm

    Documentación a aportar

    Protocolo firmado de autocomprobación del puesto de trabajo para la prevención de riesgos laborales en teletrabajo.

    Lugar de presentación

    La solicitud deberá presentarse por medios electrónicos en los formularios o modelos habilitados al efecto en la sede electrónica (Portal del Empleado Público).

    Información Adicional

    Para cualquier duda el personal laboral puede ponerse en contacto con la Unidad de Personal de los Servicios Centrales o Servicios Periféricos a la que se encuentre adscrito el puesto de trabajo.
    DOCM: 16/08/13 Decreto 57/2013, de 12/08/2013, por el que se regula la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo en la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010320 AUTORIZACION DE TRANSMISION DE CONCESION DE SERVICIO PUBLICO REGULAR DE TRANSPORTE DE VIAJEROS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    S059 AUTORIZACION DE TRANSMISION DE CONCESION DE SERVICIO PUBLICO REGULAR DE TRANSPORTE DE VIAJEROS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    El objeto de este proceso es autorizar la transmisión de la concesión de un servicio público regular de transporte de viajeros.

    Destinatarios

    Empresas transmitente y adquirente.

    Requisitos

    Los interesado tienen que acreditar el cumplimiento de los requisitos de índole personal para el ejercicio profesional, contemplado en el art. 42 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

    Importe

    TASA: 36,41 euros PAGO DE LA TASA
    a) Por Internet: 1. Entre en el módulo de Pago de Tasas que aparece en la Oficina Virtual de Fomento directamente accediendo a la siguiente dirección http://indu1.jccm.es/pagoTasas/ o a través del portal corporativo www.castillalamancha.es - Gobierno - Fomento - Pago de Tasas y Sanciones - Pago de Tasas 2. Seleccione la opción Autoliquidación de Tasas y, dentro de la pestaña Transportes, acceder a ¿Tarifa 4. Transmisión de autorización de transporte, en cualquier clase de vehículos¿. Elegir y rellenar la información de las 3 pestañas: Tasas, Solicitante y Pago. 3. Puede encontrar toda la ayuda necesaria sobre el proceso de autoliquidación en el apartado Información. 4. Si decide realizar el pago telemático debe indicar en la solicitud el nº de referencia de la autoliquidación. b) Presencialmente, mediante ingreso en cuenta o con tarjeta de crédito en las Oficinas de Registro de C-LM (adjuntar copia de autoliquidación)

    Documentación a aportar

    Solicitud de transferencia de la concesión, formalizada por ambas empresas. Además deberán presentar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento del requisito de honorabilidad, capacitación profesional y económica.

    Lugar de presentación

    La presentación se realizará de forma telemática en la siguiente dirección web: https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=059
    R.D 1211/1990, de 28 de septiembre,dictado en desarrollo de la ley de ordenación del transporte terrestre (BOE de 8 de octubre), principalmente su artículo 94 .

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Obtenci?n de la autorizaci?n de transmisi?n de la titularidad de instalaciones de parques e?licos.

  • PROCEDIMIENTO

    010112 AUTORIZACION DE TRANSMISION DE INSTALACIONES ELECTRICAS AUTORIZADAS

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIZ4 AUTORIZACION DE TRANSMISION DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE ALTA TENSION

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Obtención de la autorización administrativa previa de transmisión de la titularidad de las instalaciones eléctricas de alta tensión incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 80/2007, de 19 de junio

    Destinatarios

    Los titulares de las instalaciones eléctricas de alta tensión clasificadas dentro de los grupos primero y segundo definidos en el artículo 3 del Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

    Requisitos

    Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento para el ejercicio de la actividad de los requisitos establecidos en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y 37 y 121 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

    Criterios

    La Dirección General competente en materia de energía resolverá para las instalaciones:
    - De producción de energía eléctrica.
    - De transporte y distribución y el resto de instalaciones reguladas en el Decreto 80/2007 de 19 de junio, de tensión >= 132 kV.
    - Interprovinciales, cualquiera que sea su tensión.
    Las Direcciones Provinciales de la Consejería competente en materia de energía resolverán en el resto de los casos.

    Documentación a aportar

    - Solicitud de autorización de transmisión.
    - Documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica del solicitante, de acuerdo con lo establecido en la Ley 24/2013 y el Real Decreto 1955/2000.
    - Declaración del titular de la instalación de la voluntad de transmitir dicha titularidad.

    En caso de CESIÓN A LA EMPRESA DISTRIBUIDORA:
    - Solicitud de autorización de transmisión.
    - Declaración del titular de la instalación de la voluntad de transmitir dicha titularidad.
    - Comunicación del acuerdo de cesión con la empresa distribuidora.
    - Convenio de resarcimiento frente a terceros, en caso de que se haya suscrito

    Lugar de presentación

    Presencial, en los lugares indicados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o telemáticamente.

    No obstante, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente - art. 14.2 de la Ley 39/2015 -.

    Información Adicional

    Al ser la autorización de la transmisión previa a la realización de la misma, a partir del otorgamiento el solicitante contará con un plazo de seis meses desde la notificación de la resolución para transmitir la titularidad de la instalación, produciéndose la caducidad si transcurrido el plazo, aquella no ha tenido lugar.

    El adquiriente deberá comunicar al órgano competente la transmisión en el plazo de un mes desde que se haga efectiva..
    DOCM: 22/06/07 Decreto 80/2007, de 19-06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y su régimen de revisión e inspección.
    Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
    Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2000, páginas 45988 a 46040
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.