Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    120051 REINTEGRO DE GASTOS POR PRESTACIONES SOCIALES Y SANITARIAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SISV REINTEGRO DE GASTOS POR PRESTACION ORTOPROTESICA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto de forma permanente

    Objeto

    Regular el procedimiento para el reintegro de gastos de material ortoprotésico a favor de pacientes con tarjeta sanitaria individual en vigor del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Estos procedimientos resultan aplicables a todos los establecimientos que dispensen material ortoprotésico y a los beneficiarios que tengan tarjeta sanitaria individual en vigor del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    a) Que los productos estén incluidos en el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente que resulte de aplicación y en las condiciones e importes establecidos en el mismo.

    b) Que hayan sido prescritos por facultativos especialistas en la materia correspondiente a la clínica que justifique la prescripción del Sistema Nacional de Salud, o centros concertados con el SESCAM, a los que el paciente haya sido derivado desde el mismo.

    Excepcionalmente, los médicos de Atención Primaria del SESCAM podrán prescribir sillas de ruedas manuales, andadores, bastones y cojines antiescaras así como cualquier otro producto ortoprotésico que determine la Dirección General de Asistencia Sanitaria del SESCAM.

    c) Que la solicitud se presente dentro del plazo fijado en el art. 10.2 de la Orden por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam

    Documentación a aportar

    - Documento de prescripción, extendido por el facultativo especialista en la materia correspondiente.
    - Informe médico justificativo para artículos de especial prescripción.
    - Factura de adquisición del material ortoprotésico en la que figure de forma expresa el producto dispensado, el código que según Catálogo le corresponde y el importe abonado.
    La factura debe cumplir los requisitos legales a los que la empresa suministradora esté sujeta.

    Lugar de presentación

    En cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) o del SESCAM (http://sescam.jccm.es).
    Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica.
    Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
    DOCM: 13/09/18 Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
    DOCM: 28/09/18 Corrección de errores de la Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
    Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    120051 REINTEGRO DE GASTOS POR PRESTACIONES SOCIALES Y SANITARIAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJC3 REINTEGRO DE GASTOS POR SALUD BUCODENTAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    El objeto es establecer los criterios esenciales de actuación que deben regir la prestación sanitaria en materia de atención bucodental destinada a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años y a las personas con discapacidad que presenten, sin límite de edad, alguna de las condiciones clínicas que figuran en el artículo 9 del Decreto 273/2004, modificado por Decreto 34/2006.

    Destinatarios

    La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantiza a través de la implantación progresiva del Programa de Atención Dental Infanto-juvenil la asistencia dental básica y los tratamientos especiales a la población de Castilla-La Mancha con edades comprendidas entre 6 y 15 años, y asimismo garantiza la atención bucodental a la personas con discapacidad que, sin límite de edad, reúnan alguna de las condiciones clínicas previstas en el artículo 9 del mencionado Decreto, siempre que se tenga derecho a asistencia sanitaria con cargo al Servicio de Salud de Castilla- La Mancha.

    Requisitos

    -Tarjeta Sanitaria Individual en vigor
    -Edad comprendida entre los 6 y 15 años, o bien padecer alguna discapacidad física o psíquica (sin límite de edad) pero presentando alguna de las condiciones clínicas que se indican en el Decreto.
    -Indicación del tratamiento a efectuar por el correspondiente odontólogo de la Unidad de Salud Bucodental de Castilla-La Mancha (MITBE).

    Importe

    TARIFAS MÁXIMAS AUTORIZADAS (Resolución de 15/11/2017, DOCM.22/11/17)
    Endodoncia de incisivo o canino 100 euros
    Endodoncia de premolar 110 euros.
    Endodoncia de molar 150 euros.
    Apicoformación por sesión 35 euros.
    Ferulización del grupo anterior (incluidos reimplantes tras avulsión dentaria) 80 euros.
    Recubrimiento pulpar 25 euros.
    Perno prefabricado Intrarradicular 30 euros.
    Reconstrucción después de tratamiento pulpar, traumatismo o malformación (*) 50 euros.
    Ortodoncia: Estudio y plan de tratamiento 150 euros.
    Ortodoncia: Inicio de tratamiento con aparatología fija 500 euros.
    Ortodoncia: Inicio de tratamiento con aparatología removible 300 euros.
    Ortodoncia: Revisiones incluyendo reposición y compostura de arcos, brackets y bandas (Anual) 600 euros.
    Ortodoncia: Fase de retención (tratamiento completo) 200 euros.

    Documentación a aportar

    a) Solicitud debidamente cumplimentada, según modelo facilitado.
    b) Hoja de prescripción (MITBE).
    c) Factura acreditativa del tratamiento realizado.
    d) Informe clínico del dentista que ha realizado el tratamiento.

    Lugar de presentación

    En cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) o del SESCAM (http://sescam.jccm.es).
    DOCM: 08/05/07 Decreto 55/2007, de 8 de mayo, de modificación del Decreto 273, de 9 de noviembre, sobre la prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha, con edades comprendidas entre 6 y 15 años y a las personas con discapacidad que presentan determinadas condiciones clínicas.
    DOCM: 28/09/18 Corrección de errores de la Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
    DOCM: 28/03/06 Decreto 34/2006, de 28 de marzo, de modificación del Decreto 273/2004, de 9 de noviembre, sobre la prestación de atención dental a la población de Castilla-La Mancha, con edades comprendidas entre 6 y 15 años .
    Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Legislacion Estatal
    DOCM: 13/09/18 Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.
    DOCM: 12/11/04 Decreto 273/04, de 09/11/2004,SOBRE LA PRESTACION DE ATENCION DENTAL A LA POBLACION DE CASTILLA-LA MANCHA CON EDADES COMPRENDIDAS ENTRE 6 Y 15 AÑOS

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030688 REINTEGRO DE SUBVENCIONES EN EL AMBITO DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    12 MESES

    Efectos silencio

    Caducidad

    REINTEGRO DE SUBVENCIONES EN EL AMBITO DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Según convocatoria

    Objeto

    Reintegro de subvenciones concedidas por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

    Destinatarios

    Las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

    Requisitos

    Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

    Lugar de presentación

    según convocatoria
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Ley 38/2003, General de Subvenciones

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040167 DECLARACIONES OBLIGATORIAS EN EL SECTOR VITIVINICOLA DE CASTILLA - LA MANCHA

    Plazo de resolución

    DJIN RELACION DE PROVEEDORES Y JUSTIFICANTE DE COMPRA-VENTA DE PRODUCTOS VITIVINICOLAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    ENTRE EL 26 DE NOVIEMBRE Y EL 10 DE DICIEMBRE DE CADA CAMPAÑA VITÍCOLA.

    Objeto

    Recoger información sobre la producción de vino y mosto en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Todos los productores situados dentro del territorio de Castilla-La Mancha que hayan elaborado mosto o vino de la cosecha de la campaña en curso, debiendo utilizar un único ejemplar del Anexo III junto con los necesarios del Anexo III-A y III-B

    Lugar de presentación

    SE PRESENTARÁN A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN OFICIAL WEB DE DECLARACIONES EN EL SECTOR VITIVINÍCOLA http://decovi.jccm.es/decovi/inicio.action
    Reglamento 436/2009 de la Comisión, de 26/05/2009, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008, del Consejo, en lo que respecta al registro vitícola, a las declaraciones obligatorias y a la recopilación de información para el seguimiento del mercado, a los documentos que acompañan al transporte de productos y los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.
    Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola.
    Ley 24/2003, de 10 de julio de la Viña y el Vino.
    DOCM: 11/09/15 Orden de 01/09/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la presentación de solicitudes y declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola de Castilla-La Mancha.
    Reglamento (CE) nº 555/2008, de 27/06/2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 479/2008, del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040288 REMISION DE INFORMACION DE INSTALACIONES DE PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA CON REGIMEN RETRIBUTIVO ESPECIFICO

    Plazo de resolución

    SKE6 REMISION DE INFORMACION DE INSTALACIONES DE PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA CON REGIMEN RETRIBUTIVO ESPECIFICO

    Plazo de presentación de solicitudes

    La documentación relativa al año inmediatamente anterior se deberá remitir durante el primer trimestre de cada año.

    Objeto

    Definir el procedimiento de entrega de la documentación prevista en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

    Destinatarios

    Titulares y explotadores de las instalaciones de producción de energía eléctrica con régimen retributivo específico a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Estas instalaciones, en función de la clasificación que estable dicho real decreto en su artículo 2, son:
    - Instalaciones de cogeneración.
    - Instalaciones que utilicen biomasa y/o biogás considerado en los grupos b.6, b.7, b.8 y c.2
    - Instalaciones de la categoría c) del artículo 2.1.
    - Instalaciones híbridas
    - Instalaciones del subgrupo b.1.2 del artículo 2.1 b)

    Documentación a aportar

    - Modelo de solicitud normalizado.
    - Certificados o memorias, debidamente firmadas por el titular o explotador (o su representante legal), que establece la disposición transitoria tercera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, en función de la instalación de que se trate.

    Lugar de presentación

    Presencial, en los lugares indicados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o telemáticamente.

    No obstante, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
    Las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente - art. 14.2 de la Ley 39/2015 -.
    Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
    Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010399 REMISION DEL INFORME PRELIMINAR DE SITUACION DEL SUELO E INFORME PERIODICO DE SEGUIMIENTO

    Plazo de resolución

    Efectos silencio

    Actividad de control

    BJVL REMISION DEL INFORME PRELIMINAR DE SITUACION DEL SUELO E INFORME PERIODICO DE SEGUIMIENTO

    Plazo de presentación de solicitudes

    El Informe Preliminar de Situación del Suelo debe presentarse en un plazo no superior a 2 años a partir del inicio de la actividad y el Informe Periódico de Seguimiento se deberá presentar en el plazo que requiera la Administración.

    Objeto

    Tramitar y evaluar la documentación relativa al estado del suelo en el emplazamiento donde se situa una actividad potencialmente contaminante, establecida en la reglamentación vigente.

    Destinatarios

    Todas las personas físicas o jurídicas que realicen alguna actividad potencialmente contaminante en emplazamientos ubicados en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla - La Mancha

    Requisitos

    Realizar alguna de las actividades recogidas en el Anexo I del R.D 9/2005, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, o encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 3.2 de esta misma norma.

    Documentación a aportar

    Deberá presentarse: - Documento de entrega del Informe de Situación del Suelo - Anexo I: Formulario para la tramitación del Informe de Situación del Suelo, en formato digital. Todo ello dirigido a la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ubicada en: C/ Quintanar de la Orden 45071 de Toledo

    Lugar de presentación

    Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica.

    Información Adicional

    Para realizar consultas relacionadas puede dirigirse a la Oficina Virtual de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en el siguiente enlace:Pinchar aquí seleccionando la opción de contactar "suelos contaminados" en el desplegable habilitado.
    Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
    Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados
    Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
    Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010381 AUTORIZACION DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS

    Plazo de resolución

    10 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    REMISION DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA AL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA REALIZAR OPERACIONES DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Remitir la documentación que le sea requerido por el órgano gestor necesaria para la correcta tramitación del expediente de autorización de actividades de residuos.

    Destinatarios

    - Personas físicas o jurídicas con sede en Castilla-La Mancha que realicen una o varias operaciones de tratamiento de residuos y que hayan presentado solicitud de autorización de actividades de residuos. - Personas físicas o jurídicas titulares de una instalación donde se desarrollen una o varias operaciones de tratamiento de residuos y que hayan presentado solicitud de autorización de actividades de residuos.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Para cualquier duda puede ponerse en contacto en: Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental C/ Quintanar de la Orden, s/n Tfno: 925 24 87 49 Fax: 925 24 85 32

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040222 REMISIÓN ELECTRÓNICA DE ACTOS Y ACUERDOS DE LAS ENTIDADES LOCALES A LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    SJUX REMISION ELECTRONICA DE ACTOS Y ACUERDOS DE LAS ENTIDADES LOCALES A LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Regular la remisión electrónica de actos y acuerdos de las Entidades Locales a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que se realizará mediante la aplicación denominada Remisión Electrónica de Documentos de Entidades Locales ¿Redel¿, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es.

    Destinatarios

    Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    1. Para la remisión de los actos y acuerdos por vía electrónica, las Entidades Locales deberán disponer de un certificado digital reconocido: certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, o Documento Nacional de Identidad Electrónico. Asimismo, se podrán admitir otros sistemas de firma electrónica mediante su aprobación por resolución de la Consejería competente en el procedimiento.
    2. El formato del documento electrónico admitido será el PDF.

    Documentación a aportar

    - Deberán remitir copia de:
    a) Decretos.
    b) Presupuestos y modificaciones y liquidaciones.
    c) Ordenanzas, reglamentos y modificaciones.
    d) Inventarios y rectificaciones.
    e) Plantillas y relaciones de puestos de trabajo, y sus modificaciones.
    - Deberán remitirse copia o extracto de:
    a) Actas de sesión.
    b) Acuerdos y resoluciones.
    - En caso de remitirse un extracto, éste deberá tener el siguiente contenido mínimo:
    a) Cuando se trate de resoluciones: día, mes y año en que se dicten y parte dispositiva de estas.
    b) Cuando se trate de acuerdos: día, mes y año de la sesión en que se adopten, nombre y apellidos de la persona titular de la presidencia, secretaría y demás miembros asistentes a esta, carácter ordinario o extraordinario de la sesión, parte dispositiva de los acuerdos y votaciones que se verifiquen, haciendo constar el número de votos afirmativos, de los negativos y de las abstenciones.

    Lugar de presentación

    Sólo por medio electrónicos, disponibles en el apartado Tramitación On line.
    DOCM: 13-JUN-12 Orden de 16/05/2012, por la que se regula la remisión electrónica de actos y acuerdos de las entidades locales a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020228 RENDICION DE CUENTAS POR ASOCIACIONES DECLARADAS DE UTILIDAD PUBLICA

    Plazo de resolución

    SKDF RENDICION DE CUENTAS POR ASOCIACIONES DECLARADAS DE UTILIDAD PUBLICA

    Plazo de presentación de solicitudes

    En el plazo de los 6 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico.

    Objeto

    Verificación por el Registro de Asociaciones de Castilla-La Mancha del cumplimiento por las asociaciones declaradas de utilidad pública de su obligación de rendir cuentas, mediante el examen de la documentación presentada y la comprobación de su adecuación a la normativa vigente.

    Destinatarios

    Asociaciones declaradas de utilidad pública.

    Requisitos

    Las asociaciones declaradas de utilidad pública están obligadas a presentar anualmente las cuentas anuales del ejercicio anterior y una memoria descriptiva de las actividades realizadas durante aquél. Dicha documentación se deberá presentar ante el Registro de Asociaciones de Castilla-La Mancha en el plazo de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio económico correspondiente.

    Documentación a aportar

    - Memoria de actividades.
    - Memoria económica.
    - Balance de situación.
    - Cuentas de resultados.
    - Auditoria de cuentas, en su caso.
    - Certificación del acuerdo de la asamblea general de socios que contenga la aprobación de las cuentas anuales.

    Lugar de presentación

    1- En los registros de los órganos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    2- En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezcan a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las CCAA o a la de cualquier entidad local, siempre que, en este último caso, se haya suscrito el oportuno convenio.
    3- En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.

    Información Adicional

    1- Correo electrónico: coordinacionjuridica@jccm.es.
    2- Teléfono: 925248424.
    Para más información http://ejuridicas.castillalamancha.es/

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010337 RENOVACION DE AUTORIZACION DE ESTACIONES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) FIJAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ6F RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE ESTACIONES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) FIJAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    La solicitud de renovación de la autorización administrativa se deberá presentar como mínimo 3 meses antes de la fecha de finalización de la vigencia de la misma.

    Objeto

    La renovación de las autorizaciones de estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) fijas.

    Destinatarios

    Empresas titulares de estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) fijas.

    Importe

    Este procedimiento conlleva una tasa de 60,18 euros. (Tarifa 15.1. Inscripción registral y control administrativo de organismos de control en materia de seguridad industrial)

    Documentación a aportar

    Solicitud, acompañada de una memoria económico financiera sometida a auditoría externa, según las normas vigentes. Asimismo se acreditará el mantenimiento de los requisitos indicados en el capítulo II del presente Decreto, con excepción de lo dispuesto en el artículo 11.

    Lugar de presentación

    A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

    Información Adicional

    La Dirección General competente en materia de industria podrá desestimar la solicitud de renovación, mediante resolución expresa, de aquellas estaciones de ITV que se encuentren autorizadas con una antigüedad de más de 10 años y que puedan ocasionar en zonas urbanas graves riesgos en el flujo rodado y dificultades de acceso a las mismas. Tales circunstancias se acreditarán mediante informe del Ayuntamiento en cuyo término municipal se encuentre ubicada la ITV.

    En los mencionados supuestos, la estación de ITV dispondrá de un plazo de 3 años para realizr el traslado de la misma a lugares y terrenos del mismo municipio, previa autorizaicón y cumplimiento de los requisitos previstos en el presente Decreto. A tal fin se podrá conceder renovación provisional por el plazo máximo previsto para el traslado.
    DOCM: 29/05/09 Decreto 63/2009, de 26/05/2009, por el que se regula la prestación del servicio de inspección técnica de vhículos en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.