Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030305 DECLARACIÓN/MODIFICACIÓN/PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE MONTE PROTECTOR

    Plazo de resolución

    1 AÑO

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S496 REGULACION DEL REGIMEN DE LOS MONTES PROTECTORES

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Regular la tramitación de los expedientes de declaración, modificación o pérdida de la condición de montes protectores.

    Destinatarios

    Principalmente , propietarios de montes de naturaleza patrimonial o privada

    Requisitos

    Acreditación de su propiedad

    Criterios

    Podrán ser declarados Montes o terreno forestales de titularidad pública o privada que se hallen comprendidos en alguno de los supuestos enumerados en el art. 18.1 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    Cuando proceda, la documentación a aportar junto a la solicitud, será:
    a) Copia del documento acreditativo de la identidad o autorización expresa para su obtención en el Sistema de Validación de datos
    b) Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación del solicitante
    c) Copia de la escritura pública de constitución y/o estatutos debidamente legalizados, inscritos en el registro correspondiente.
    d) Documentos acreditativos o situaciones de posesión cualificada que acrediten la titularidad del monte, donde se establezcan sus límites con cabidas y plano, debiendo concretarse igualmente los gravámenes existentes.
    e) Acuerdo del Pleno, si el propietario es una entidad local, donde se acuerde realizar la solicitud
    f) Acuerdo de la Junta Directiva o del Consejo de Dirección, si el propietario no es persona física ni una entidad local, donde se acuerde realizar la solicitud.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Asimismo las solicitudes podrán presentarse:
    a) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la Web institucional de la Junta de Comunidades de C-LM (www.jccm.es).
    b) A través de fax siguiente dirección
    DOCM: 13/04/11 - Orden de 28/03/2011, por la que se establece el Registro de los Montes Protectores y Montes Singulares de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 26/06/08 - Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla La Mancha

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030516 DECLARACIÓN/MODIFICACIÓN/PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE MONTE SINGULAR

    Plazo de resolución

    1 AÑO

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJJJ REGULACION DEL REGIMEN DE LOS MONTES SINGULARES

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Regular la tramitación de los expedientes de declaración, modificación o pérdida de la condición de montes singulares

    Destinatarios

    Propietarios de montes de naturaleza patrimonial o privada

    Requisitos

    Acreditación de su propiedad

    Criterios

    Montes o terrenos forestales de titularidad pública

    Documentación a aportar

    Cuando proceda, la documentación a aportar junto a la solicitud, será:
    a) Copia del documento acreditativo de la identidad o autorización expresa para su obtención en el Sistema de Validación de datos
    b) Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación del solicitante
    c) Copia de la escritura pública de constitución y/o estatutos debidamente legalizados, inscritos en el registro correspondiente.
    d) Documentos acreditativos o situaciones de posesión cualificada que acrediten la titularidad del monte, donde se establezcan sus límites con cabidas y plano, debiendo concretarse igualmente los gravámenes existentes.
    e) Acuerdo del Pleno, si el propietario es una entidad local, donde se acuerde realizar la solicitud
    f) Acuerdo de la Junta Directiva o del Consejo de Dirección, si el propietario no es persona física ni una entidad local, donde se acuerde realizar la solicitud.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Asimismos las solicitudes podrán presentarse:
    a) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la Web institucional de la Junta de Comunidades de C-LM (www.jccm.es).
    b) A través de fax, siguiente dirección
    DOCM: 23/06/08 - Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha
    DOCM: 13/04/11 - Orden de 28/03/2011, por la que se establece el Registro de los Montes Protectores y Montes Singulares de Castilla-La Mancha

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010529 REGULARIZACION ADMINISTRATIVA DE INSTALACIONES ELECTRICAS EN ALTA TENSION

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    MKID REGULARIZACION ADMINISTRATIVA DE INSTALACIONES ELECTRICAS EN ALTA TENSION

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo finalizará el 9-06-2016

    Objeto

    Regularización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión a que se refieren la Disposición Transitoria Tercera y la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

    Destinatarios

    Titulares de las instalaciones eléctricas de alta tensión a que se refieren la Disposición Transitoria Tercera y la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

    Requisitos

    No disponer de acta de puesta en servicio, por su antigüedad, destrucción de archivos por causas de fuerza mayor, traspasos de activos entre empresas o por otras causas. Encontrarse en explotación el 19/03/2010, en el caso de líneas eléctricas, ó el 9/12/2014 cuando se trate de centros de transformación / seccionamiento y subestaciones.

    Criterios

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto 80/2007, de 19-06-2007, la resolución correspondiente será emitida por las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en el supuesto de instalaciones ubicadas íntegramente en la respectiva provincia, cualquiera que fuere su tensión, atribuyéndose la competencia a la Dirección General de Industria, Energía y Minería en caso contrario.

    Documentación a aportar

    - Certificado firmado por técnico titulado competente, según modelo normalizado. - Memoria y planos, con el contenido mínimo establecido - Acta de inspección favorable en vigor realizada por un organismo de control habilitado en el campo, o acta de verificación en vigor de la instalación realizada por la empresa titular de la misma si se trata de empresas de producción, transporte o distribución de energía eléctrica. - Acreditación del cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento del propietario de la instalación mediante declaración responsable o copia del contrato de mantenimiento de la instalación suscrito con empresa instaladora para instalaciones de alta tensión de la categoría adecuada, según el caso

    Lugar de presentación

    Telemáticamente: a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es (Podrá acceder mediante el enlace de Tramitación Online proporcionado en esta página). Presencialmente: en los registros de los órganos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

    Información Adicional

    El procedimiento no es de aplicación a las instalaciones que, de acuerdo con la normativa sobre evaluación ambiental de aplicación en la fecha de puesta en servicio, precisarán someterse a evaluación de impacto ambiental. No pueden acogerse a este procedimiento las instalaciones, o modificaciones de estas, en explotación que se pretendan regularizar cuando en la fecha de presentación de la solicitud no hubiera transcurrido el plazo de 4 años desde su puesta en funcionamiento previsto para la prescripción de las infracciones muy graves.
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
    Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
    Decreto 80/2007, de 19-06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180074 REGULARIZACION DE ANTIGUEDAD

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    NF32 REGULARIZACION DE ANTIGUEDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    - Funcionarios de carrera
    - Funcionarios interinos
    - Personal laboral fijo
    - Personal laboral no fijo

    Requisitos

    Estar en activo como funcionario de carrera, funcionario interino o personal laboral.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 22/03/11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. BOE núm. 185, de 03/08/1984.
    Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE num. 89, de 13 de abril de 2007
    Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180031 REINGRESO A SERVICIO ACTIVO CON RESERVA DE PLAZA PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SF33 REINGRESO A SERVICIO ACTIVO CON RESERVA DE PLAZA PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario

    Requisitos

    Servicios especiales: deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo de un mes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
    Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo y de asignación de puestos de trabajo. BOE núm. 47, de 23 de febrero de 1996
    Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. BOE núm. 85, de 10 de abril de 1995
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180065 REINGRESO A SERVICIO ACTIVO SIN RESERVA DE PLAZA PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJSL REINGRESO A SERVICIO ACTIVO SIN RESERVA DE PLAZA PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario

    Requisitos

    Servicios especiales: deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo de un mes.
    Excedencia por prestación de servicios en el sector público: deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo máximo de un mes.
    Suspensión firme funciones: deberá solicitar el reingreso al servicio activo con un mes de antelación a la finalización del período de duración de la suspensión.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora

    Documentación a aportar

    Si procede de la situación de servicios especiales sin reserva de plaza: documentación acreditativa del cese en el puesto o finalización de la causa que dió lugar al pase a dicha situación.
    Si procede de excedencia por prestación de servicios en el sector público documentación acreditativa del cese en el puesto que dió lugar al pase a la situación de excedencia.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
    Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaria de Estado para la Administración Pública y de la Secretaria de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo y de asignación de puestos de trabajo
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180050 REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO SESCAM

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJPL REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO SESCAM

    Plazo de presentación de solicitudes

    Permanente

    Objeto

    Informe de la gerencia en la que se solicite el reingreso sobre existencia de vacantes en la correspondiente categoría y especialidad; resolución de la dirección general de recursos humanos del Sescam

    Destinatarios

    Profesional al que se autoriza el reingreso al servicio activo.

    Requisitos

    Existencia de una plaza vacante de la correspondiente categoría y especialidad en la misma área de salud, en su correspondiente modalidad de atención primaria o atención especializada, en la que fue concedida la excedencia.

    Criterios

    Plaza vacante de la correspondiente categoría y especialidad en la misma área de salud, en su correspondiente modalidad de atención primaria o atención especializada.

    Documentación a aportar

    Documentación relativa a la situación de excedencia.
    Documentación relativa a su nombramiento como personal estatutario.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Información Adicional

    Unidades de personal de la gerencia de la que depende el centro de trabajo en el que se quiere reingresar
    SSCC del Sescam. Dirección General de Recursos Humanos. Servicio de provisión movilidad y promoción de personal de IISS. del Sescam.
    Jefe de sección Jerónimo Heredero
    jheredero@sescam.org
    925274293.

    Tramitación

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180137 REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO DE PERSONAL LABORAL CON RESERVA DE PUESTO PROCEDENTE DE EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES, EXCEDENCIA FORZOSA O EXCEDENCIA VOLUNTARIA ESPECIAL.

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    REINGRESO DE PERSONAL LABORAL CON RESERVA DE PUESTO

    Plazo de presentación de solicitudes

    En cualquier momento

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral en excedencia por cuidado de familiares, excedencia forzosa o excedencia voluntaria especial.

    Requisitos

    Personal laboral en excedencia por cuidado de familiares, excedencia forzosa o excedencia voluntaria especial.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170009 REINTEGRO DE GASTOS POR APORTACIONES EN LA PRESTACION FARMACEUTICA AMBULATORIA

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJCY REINTEGRO DE GASTOS POR APORTACIONES EN LA PRESTACION FARMACEUTICA AMBULATORIA

    Plazo de presentación de solicitudes

    5 años

    Objeto

    Reintegro de gastos a instancia de parte para los supuestos en que la aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria efectuada por los pensionistas y sus beneficiarios, así como resto de usuarios de acuerdo con lo previsto en la Disp.Adicional 2ª de la Orden, exceda la cantidad correspondiente de acuerdo con la normativa de aplicación.

    Destinatarios

    Pensionistas, otros usuarios y los beneficiarios de ambos.

    Requisitos

    -Errores en el porcentaje de aportación o el tope máximo mensual que le corresponda en el momento de la dispensación del medicamento.
    -Aportaciones indebidas efectuadas por cambio de tipo de aportación.
    -Dispensación de recetas en otra Comunidad Autónoma a pacientes desplazados con tarjeta sanitaria individual del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, cuando dicha aportación aislada o conjuntamente sea superior al máximo fijado legalmente.
    -Cualquier otro supuesto en que se considere que la aportación efectuada excede de la cantidad que corresponde de acuerdo con la normativa de aplicación.

    Criterios

    Encontrarse en alguno de los supuestos mencionados.

    Documentación a aportar

    -Copia de recetas médicas o volante de instrucciones al paciente sellados por la oficina de farmacia, en la que conste el producto prescrito. En caso de receta electrónica, copia de la hoja de medicación o documento equivalente.
    -Tickets/ facturas emitidas por la/s Oficina/s de Farmacia.
    -Otra documentación.

    Lugar de presentación

    En formato papel: en todos los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    En formato electrónico: en la dirección web http://sescam.jccm.es o bien www.jccm.es
    Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. «BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2006, páginas 32650 a 32679
    Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de las prestaciones. BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2012, páginas 31278 a 31312
    Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
    Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
    DOCM: 27/04/16 Orden de 21/04/2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para el reintegro de gastos por aportaciones de los pensionistas y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Reembolso de los gastos derivados de una asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital que haya sido atendida fuera del Sistema Nacional de Salud

    Criterios

    Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los dos requisitos señalados en el apartado correspondiente

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.