Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    090010 PARTICIPACION CIUDADANA

    Plazo de resolución

    PARTICIPACION CIUDADANA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Permanente desde el 08 de enero de 2018.

    Objeto

    La Dirección General de Participación Ciudadana desarrollará y coordinará programas, procesos y procedimientos de participación ciudadana que facilitarán y recogerán debates, propuestas y consultas ciudadanas que afectarán al diseño, desarrollo y evaluación de normativas, políticas públicas y procedimientos administrativos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dentro del marco constitucional y autonómico de nuestro ordenamiento jurídico vigente.

    Destinatarios

    - Ciudadanos/as empadronados/as. - Nacidos en Castilla-La Mancha - Castellano manchegos en el exterior.

    Lugar de presentación

    Telemática y presencial. La vía telemática estará centralizada en el Portal Virtual de Participación Ciudadana. Los procedimientos presenciales tendrán varios espacios y canales ajustados a los distintos programas de participación ciudadana de la Dirección General; sus resultados estarán también sistematizados en el portal virtual.
    DOCM: 24/08/17 Decreto 56/ 2017, de 23 de Agosto, por el que se modifica el Decreto 80/ 2015, que establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (DOCM de 24 de Agosto),

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    210009 PARTICIPACION DE LOS CENTROS DOCENTES EN EL PROYECTO FORMACION EN COMPETENCIA (STEAM) EN PRIMARIA Y SECUNDARIA

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    PARTICIPACION DE LOS CENTROS DOCENTES EN EL PROYECTO FORMACION EN COMPETENCIA (STEAM) EN PRIMARIA Y SECUNDARIA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 21 Mayo 2019 al Jue, 20 Jun 2019

    Objeto

    El objeto de la convocatoria es convocar a los centros públicos y concertados de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para participar en el proyecto ?Formación en competencias STEAM (Science,Technology, Engineering, Art & Maths)?, durante el curso 2019-2020.

    Destinatarios

    Podrán participar todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    La participación de docentes del claustro en el proyecto será como mínimo:
    a. De un 25% en los centros de Educación Infantil y Primaria. Además, deben participar el menos cinco docentes por centro.
    b. En los centros de Educación Secundaria, deberán participar al menos cuatro departamentos diferentes y no menos de siete docentes del centro educativo.

    Criterios

    a. Los centros que participaron en el proyecto ¿Formación en competencias Steam¿ o ¿Iniciarse en la competencia Steam¿ en el curso 2018/2019 y deseen continuar en el proyecto, estarán seleccionados automáticamente.
    b. Para los centros que deseen incorporarse al proyecto, se utilizara el criterio del porcentaje de participación de docentes definitivo del centro.
    c. En caso de empate se seleccionará a aquel que contenga mayor número de actuaciones relacionadas con las competencias Steam.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes de los centros interesados se presentarán ante el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha, únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la dirección de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//)

    Información Adicional

    Las personas interesadas que deseen obtener más información sobre la presente convocatoria podrán contactar con el CRFP a través del correo crfp@jccm.es o en el teléfono 925266944.
    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
    DOCM: 28/07/10 Ley 7/2010, de 20/07/2010, de Educación de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 20/05/19 Resolución de 14/05/2019, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula la participación de los centros educativos sostenidos con fondos públicos no universitarios en el proyecto: Formación en Competencia Steam para el diseño y desarrollo de acciones formativas para el curso 2019/2020.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010214 CONCESION DE COTOS DE PESCA A SOCIEDADES COLABORADORAS

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJKV PARTICIPACION EN EL CONCURSO PARA LA CONCESION DE COTOS DE PESCA A SOCIEDADES COLABORADORAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Dos meses desde la publicación del anuncio en el DOCM

    Objeto

    Concesión administrativa de aprovechamiento de cotos de pesca.

    Destinatarios

    Sociedades de pescadores declaradas colaboradoras en Castilla-La Mancha

    Requisitos

    Nombramiento como Sociedad colaboradora de pesca de Castilla-La Mancha, según lo establecido en el artículo 63 del Decreto 91/1994, de 13 septiembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley 1/1992, de pesca fluvial.

    Criterios

    La valoración para la adjudicación de los cotos de pesca se basará en los criterios recogidos en el pliego de condiciones disponible en la sede electrónica y en las oficinas de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución del anuncio de publicación del concurso.

    Documentación a aportar

    De acuerdo con el artículo 71 del Decreto 91/1994:
    - Documento que acredite la constitución de la fianza provisional, con las cuantías expresadas en el Anexo II.
    - Plan Técnico para el aprovechamiento del coto.
    -Listado de miembros de la asociación, especificando el número de ellos incluidos en las categorías de ribereños, provinciales, regionales y nacionales para dicho tramo, y certificado en que figuren las cuotas que abonan actualmente los socios.
    - Acuerdo de la Junta Rectora aceptando las facilidades para ingreso en la sociedad de nuevos pescadores ribereños que exige el presente Pliego, así como el compromiso expreso de prestar correctamente los servicios de expedición, información y control a los pescadores adjudicatarios de permisos de la oferta pública.
    - Proposición sobre cuantía y precio de los permisos de pesca destinados a su oferta pública por la Administración, para los cotos de objetivo 1) y 2), según el Plan Técnico presentado.
    - Proposición sobre programas educativo y precios de los cursos, para los cotos de objetivo 3).
    - Proposición de mejoras sobre los mínimos requeridos en el pliego que la sociedad se compromete a realizar.

    Lugar de presentación

    De forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    La fianza se depositará en las Direcciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas a favor de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de acuerdo con la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. También será admitida la fianza mediante aval, debiendo ajustarse al modelo aprobado reglamentariamente.

    Tanto el número de permisos que se cede para su oferta pública como su precio deberán mejorar, o al menos igualar, las condiciones establecidas en el Anexo II.

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa8) y previo a la adjudicación definitiva de la concesión del coto de pesca conlleva el pago de la tasa (tarifa 13), Para mas informacion pinche aqui
    DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 16/09/94 Decreto 91/1994, de 13/09/1994, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE DESARROLLA LOS TITULOS I, II, IV, V, VI Y PARCIALMENTE EL TITULO VII DE LA LEY 1/1992, DE 7 DE MAYO DE PESCA FLUVIAL
    DOCM: 24/07/92 Ley 1/1992, de 07/05/1992, de pesca fluvial
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Aprobar las bases , convocar y seleccionar a los centros educativos interesados en participar en el "Plan Escuela Extendida: Mochila Digital" en el curso 2015-2016.

    Criterios

    Se seleccionarán los centros que cumpliendo los requisitos de participación, reúnan mayor puntuación concedida conforme al apartado 3 de la Base Séptima de la Orden.

  • Ser seleccionadas por el órgano concedente como entidades colaboradoras para participar en la gestión de ayudas para la sustitución de calderas individuales de Castilla-La Mancha, al objeto de facilitar la gestión y el acceso de los ciudadanos a las citadas ayudas.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos y aportar la documentación prevista en en la Orden por la que se establecen las bases reguladoras.

  • PROCEDIMIENTO

    010453 SELECCION DE ENTIDADES COLABORADORAS Y ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS AYUDAS PLAN DE INSTALACION DE DETECTORES DE PRESENCIA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK03 PARTICIPACION EN LA GESTION DE LA CONCESION DE AYUDAS DEL PLAN DE INSTALACION DE DETECTORES DE PRESENCIA CASTILLA-LA MANCHA COMO ENTIDAD COLABORADORA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 21 Abr 2015 al Sáb, 25 Abr 2015

    Objeto

    Ser seleccionadas por el órgano concedente como entidades colaboradoras para participar en la gestión de ayudas del Plan de instalación de detectores de presencia Castilla-La Mancha, al objeto de facilitar la gestión y el acceso de los ciudadanos a las citadas ayudas.

    Destinatarios

    Asociaciones o agrupaciones del sector de la venta de detectores de presencia, de técnicos electricistas o técnicos del sector telecomunicaciones que cumplan los requisitos previstos en la Orden de convocatoria.

    Requisitos

    Los establecidos con carácter general en el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. Además, deberán acreditar que cuentan con implantación suficiente en todas las provincias de Castilla-La Mancha, en el sector de instalaciones eléctricas de baja tensión, experiencia en programas públicos similares en la gestión de expedientes de ayudas como entidad colaboradora de la Administración así como suficiencia en la capacidad de gestión masiva de expedientes de ayudas vía telemática.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos y aportar la documentación prevista en la Orden de convocatoria.

    Documentación a aportar

    a) Solicitud de participación como entidad colaboradora al respectivo programa de ayudas. b) Documentación acreditativa de reconocimiento de la representación de la entidad por parte del firmante de la solicitud. c) Copia de los estatutos de la entidad. d) Una memoria de actividades acreditativa de su nivel de implantación provincial en Castilla-La Mancha. e) Documentación acreditativa de la experiencia como entidad colaboradora de la Administración en planes o programas de ayudas y suficiencia en la capacidad de gestión masiva de expedientes de ayudas vía telemática. f) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero. En su defecto, certificación justificativa de estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social, o autorización expresa a la Consejería de Fomento para la comprobación y verificación estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social conforme al modelo normalizado establecido en la presente convocatoria.

    Lugar de presentación

    Mediante alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y el Procedimiento Administrativo Común, bien mediante su presentación vía telemática a través del registro electrónico, en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es.
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha,
    DOCM: 20/04/15 Orden de 15/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales, sustitución de salas de calderas, instalación de detectores de presencia y se convocan las mismas.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010449 SELECCION ENTIDADES COLABORADORAS Y ADHESION DE ESTABLECIMIENTOS AYUDAS PLAN RENOVE DE SALAS DE CALDERAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJZN PARTICIPACION EN LA GESTION DE LA CONCESION DE AYUDAS PARA LA SUSTITUCION DE SALAS DE CALDERAS EN CASTILLA-LA MANCHA COMO ENTIDAD COLABORADORA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 21 Abr 2015 al Sáb, 25 Abr 2015

    Objeto

    Ser seleccionadas por el órgano concedente como entidades colaboradoras para participar en la gestión de ayudas del Plan Renove de salas de calderas de Castilla-La Mancha, al objeto de facilitar la gestión y el acceso de los ciudadanos a las citadas ayudas.

    Destinatarios

    Asociaciones o agrupaciones del sector de la venta de calderas de alta potencia, así como instaladoras y mantenedoras de fluidos y energía, que cumplan los requisitos previstos en la Orden de convocatoria.

    Requisitos

    Los establecidos con carácter general en el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. Además, deberán acreditar que cuentan con una implantación suficiente en todas las provincias de Castilla-La Mancha, en el sector de instalación de calderas, así como suficiencia en la capacidad de la gestión masiva de expedientes de ayuda vía telematica, a la fecha de publicación de la convocatoria, como entidad colaboradora de la Administración.

    Criterios

    Cumplir los requisitos establecidos y aportar la documentación prevista en la Orden de convocatoria.

    Documentación a aportar

    a) Solicitud de participación como entidad colaboradora al respectivo programa de ayudas. b) Documentación acreditativa de reconocimiento de la representación de la entidad por parte del firmante de la solicitud. c) Copia de los estatutos de la entidad. d) Una memoria de actividades acreditativa de su nivel de implantación provincial en Castilla-La Mancha. e) Documentación acreditativa de la experiencia como entidad colaboradora de la Administración en planes o programas de ayudas y suficiencia en la capacidad de gestión masiva de expedientes de ayudas vía telemática. f) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero. En su defecto, certificación justificativa de estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social, o autorización expresa a la Consejería de Fomento para la comprobación y verificación estar al corriente de las obligaciones sobre reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social conforme al modelo normalizado establecido en la presente convocatoria.

    Lugar de presentación

    Mediante alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y el Procedimiento Administrativo Común, o mediante su presentación vía telemática a través del registro electrónico, en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la página web www.jccm.es, mediante firma electrónica.
    DOCM: 13/02/08 Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
    DOCM: 29/11/02 Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre;
    DOCM: 20/04/15 Orden de 15/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales, sustitución de salas de calderas, instalación de detectores de presencia y se convocan las mismas.
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Establecer las condiciones de normalización, expedición y sustitución del pasaporte fitosanitario determinado en el artículo 7 del Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de órganos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.

  • PROCEDIMIENTO

    010253 AUTORIZACION PARA EXPEDICION DE PASAPORTES FITOSANITARIOS

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ6T PASAPORTES FITOSANITARIOS - DECLARACIONES DE PRODUCCION

    Plazo de presentación de solicitudes

    Caso general: Hasta el 28 de febrero: Viveros productores de planteles hortícolas Hasta 31 de mayo de cada año: Resto de viveros productores y comerciantes En caso de solicitar pasaporte de sustitución (RP): Todo el año

    Objeto

    Regular los modelos para solicitar las autorizaciones para emitir pasaportes fitosanitarios relacionado con el movimiento de determinados materiales vegetales dentro de la UE
    Regular los modelos y plazos para la presentación de las declaraciones de producción obligatorias para los productores y/o comerciantes de planta de viveros y otros materiales vegetales

    Destinatarios

    Estar inscrito en el/ los Registro/s:
    Registro oficial de productores, comerciantes e importadores de productos vegetales en Castilla-La Mancha (ROPCIV)
    Registro de productores de semillas y plantas de vivero

    Requisitos

    Obligaciones
    1. Los materiales vegetales serán de origen conocido, debiendo conservar documentación acreditativa de las mismas (facturas, autorizaciones, etc..)
    2. Deberán comunicar la presencia de los organismos nocivos contemplados en el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero,
    3. Deberán disponer de un PLAN DE AUTOCONTROL de los puntos críticos de su proceso, tanto desde el punto de vista de la sanidad, como de la identidad y pureza varietal
    4 Mantendrán un registro de la producción y de la comercialización del material vegetal, que mantendrán al menos durante 3 años.
    5. Las partidas de material vegetal deberán estar debidamente identificadas durante todos los procesos
    6. Deberán declarar cualquier modificación que se produzca en los establecimientos, almacenes, laboratorios, parcelas de producción, etc.
    7.Deberán colaborar con la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en cuanto se refiere a su actividad y al control oficial correspondiente

    Importe

    TASA POR PASAPORTE FITOSANITARIO:
    Pago de las tasas correspondientes según el modelo 046 ,
    a. ORGANO GESTOR: Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de ......
    b. DENOMINACION DEL CONCEPTO: TASA 1014 Tasa por gestión técnico-facultativa de los servicios agrícolas
    c. DESCRIPCION DE INGRESO: Pasaporte fitosanitario
    d. TOTAL A INGRESAR: 51¿.

    Lugar de presentación

    La presentación de las solicitudes y documentación deberá realizarse utilizando un sistema de firma electrónica, a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

    Información Adicional

    Para la sustitución de un pasaporte fitosanitario por otro, que sólo podrá efectuarse en caso de división de partidas, combinación de varias partidas o de modificación del estado fitosanitario de las mismas.
    En este caso, en el pasaporte sustitutivo deberá figurar el código del productor o importador (nombre o código del país, más nombre o código del Organismo oficial responsable, más número de registro) del o los pasaportes sustituidos, junto al distintivo RP (pasaporte de reemplazo) que indica que este pasaporte sustituye a otro.
    No obstante, si necesita alguna aclaración adicional se puede contactar con la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de su provincia (Sección de Sanidad Vegetal).
    Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.
    Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
    DOCM: 01/08/17 Orden 131/2017, de 18 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula el Registro oficial de productores, comerciantes e importadores de productos vegetales en Castilla-La Mancha.
    Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos. Reglamentos técnicos de control y certificación que desarrollan la normativa de semillas y plantas de vivero

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    120024 RECONOCIMIENTO DE DERECHO A PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR INVALIDEZ Y A MAYORES DE 65 AÑOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S664 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR INVALIDEZ Y A MAYORES DE 65 AÑOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Permenente

    Objeto

    Ayudas sociales y económicas.

    Destinatarios

    Personas residentes en Castilla La Mancha con discapacidad superior o igual al 65% entre 18 a 64 años y personas con 65 o más años.

    Requisitos

    Jubilación:
    - Tener como mínimo 65 años.
    - Residir legalmente en territorio español o ser ciudadano comunitario residente en España, inscrito en el Registro que existe a tal efecto; y haberlo hecho durante diez años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
    - Carecer de rentas o ingresos en los importes señalados para cada año.

    Invalidez:
    - Mayor de 18 años y menor de 65.
    - Residir legalmente en territorio español o ser ciudadano comunitario residente en España, inscrito en el Registro que existe a tal efecto y haberlo hecho 5 años, de los cuales 2 deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
    - Estar afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
    - Carecer rentas o ingresos por los importes señalados para cada año.

    Importe

    PENSIÓN MÍNIMA: 98,00 euros mensuales (2019)
    PENSIÓN MÁXIMA: 392,00 euros mensuales (2019)
    COMPLEMENTO POR AYUDA DE TERCERA PERSONA: 196,00 euros mensuales (2019)

    Criterios

    Personas mayores de 65 años en situación de necesidad.
    Personas con al menos el 65% de discapacidad en situación de necesidad

    Documentación a aportar

    Copia auténtica de sentencia judicial en caso de incapacidad legal.
    Cualquier documento que considere que acredite los datos declarados.

    Lugar de presentación

    a) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.

    b) En el registro de los servicios centrales de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en el de sus direcciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    - Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, (B.O.E 31 de octubre) que aprueba el texto refundido Ley general de la Seguridad Social.
    - LEY 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
    - Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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