PASAPORTES FITOSANITARIOS - DECLARACIONES DE PRODUCCION | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

010253 AUTORIZACION PARA EXPEDICION DE PASAPORTES FITOSANITARIOS

Plazo de resolución

6 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SJ6T PASAPORTES FITOSANITARIOS - DECLARACIONES DE PRODUCCION

Plazo de presentación de solicitudes

Caso general: Hasta el 28 de febrero: Viveros productores de planteles hortícolas Hasta 31 de mayo de cada año: Resto de viveros productores y comerciantes En caso de solicitar pasaporte de sustitución (RP): Todo el año

Objeto

Regular los modelos para solicitar las autorizaciones para emitir pasaportes fitosanitarios relacionado con el movimiento de determinados materiales vegetales dentro de la UE
Regular los modelos y plazos para la presentación de las declaraciones de producción obligatorias para los productores y/o comerciantes de planta de viveros y otros materiales vegetales

Destinatarios

Estar inscrito en el/ los Registro/s:
Registro oficial de productores, comerciantes e importadores de productos vegetales en Castilla-La Mancha (ROPCIV)
Registro de productores de semillas y plantas de vivero

Requisitos

Obligaciones
1. Los materiales vegetales serán de origen conocido, debiendo conservar documentación acreditativa de las mismas (facturas, autorizaciones, etc..)
2. Deberán comunicar la presencia de los organismos nocivos contemplados en el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero,
3. Deberán disponer de un PLAN DE AUTOCONTROL de los puntos críticos de su proceso, tanto desde el punto de vista de la sanidad, como de la identidad y pureza varietal
4 Mantendrán un registro de la producción y de la comercialización del material vegetal, que mantendrán al menos durante 3 años.
5. Las partidas de material vegetal deberán estar debidamente identificadas durante todos los procesos
6. Deberán declarar cualquier modificación que se produzca en los establecimientos, almacenes, laboratorios, parcelas de producción, etc.
7.Deberán colaborar con la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en cuanto se refiere a su actividad y al control oficial correspondiente

Importe

TASA POR PASAPORTE FITOSANITARIO:
Pago de las tasas correspondientes según el modelo 046 ,
a. ORGANO GESTOR: Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de ......
b. DENOMINACION DEL CONCEPTO: TASA 1014 Tasa por gestión técnico-facultativa de los servicios agrícolas
c. DESCRIPCION DE INGRESO: Pasaporte fitosanitario
d. TOTAL A INGRESAR: 51¿.

Lugar de presentación

La presentación de las solicitudes y documentación deberá realizarse utilizando un sistema de firma electrónica, a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Información Adicional

Para la sustitución de un pasaporte fitosanitario por otro, que sólo podrá efectuarse en caso de división de partidas, combinación de varias partidas o de modificación del estado fitosanitario de las mismas.
En este caso, en el pasaporte sustitutivo deberá figurar el código del productor o importador (nombre o código del país, más nombre o código del Organismo oficial responsable, más número de registro) del o los pasaportes sustituidos, junto al distintivo RP (pasaporte de reemplazo) que indica que este pasaporte sustituye a otro.
No obstante, si necesita alguna aclaración adicional se puede contactar con la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de su provincia (Sección de Sanidad Vegetal).
Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.
Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
DOCM: 01/08/17 Orden 131/2017, de 18 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula el Registro oficial de productores, comerciantes e importadores de productos vegetales en Castilla-La Mancha.
Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos. Reglamentos técnicos de control y certificación que desarrollan la normativa de semillas y plantas de vivero

Tramitación

Online

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