Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    110011 SELECCIÓN PARA LISTA DE ESPERA DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACION LOCAL CON HABILITACION DE CARÁCTER ESTATAL: SUBESCALA DE SECRETARIA-INTERVENCION

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ8U NOMBRAMIENTO INTERINO DE LISTA DE ESPERA PARA DESEMPEÑAR PUESTO DE TRABAJO RESERVADO A FUNCIONARIO/A CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Durante todo el año.

    Objeto

    Sistema de provisión no definitiva de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Destinatarios

    Corporación local con puesto vacante, o sin desempeñar efectivamente por su titular, de funcionario/a con habilitación de carácter estatal.

    Requisitos

    Solicitud de nombramiento de un funcionario/a interino/a de la lista de espera de aspirantes, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en Entidades locales de Castilla-La Mancha.

    Importe

    Es gratuito.

    Documentación a aportar

    Solicitud de nombramiento por Corporación local interesada.

    Lugar de presentación

    De forma Telematíca www.jccm.es
    DOCM: 22/04/05 Decreto 40/2005, de 19 de abril de 2005, sobre nombramientos de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional .

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040079 NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACION LOCAL CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL (PROVISIONALES, INTERINOS, ACUMULACIONES Y COMISIONES DE SERVICIO)

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ8O NOMBRAMIENTO PROVISIONAL EN PUESTOS RESERVADOS A FUNCIONARIOS/AS CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Sistema de provisión no definitiva de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Destinatarios

    Funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Requisitos

    Solicitud del nombramiento provisional en puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal que estén vacantes o en aquellos otros que no estén desempeñados efectivamente por sus titulares por encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes:
    a. Comisión de servicios.
    b. Suspensión provisional.
    c. Excedencias durante el período de reserva del puesto por su titular.
    d. Enfermedad.
    e. Otros supuestos de ausencia.

    Importe

    Es gratuito.

    Documentación a aportar

    Informes favorables de la entidad de origen y de destino para el nombramiento en el mismo.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010274 NOTIFICACION ADHESION A LA DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 11/1997 DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

    Plazo de resolución

    NJAR NOTIFICACION ADHESION DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 11/1997, DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Notificar a la Comunidad Autónoma que los agentes económicos se acogen a las excepciones establecidas en el Disposición Adicional Primera de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

    Destinatarios

    Los envasadores y los comerciantes o, cuando no sea posible identificar a los anteriores, los responsables de la primera puesta en el mercado, responsables de residuos industriales o comerciales, salvo que decidan someterse de forma voluntaria a un sistema de depósito, devolución y retorno o a un sistema integrado de gestión de envases y residuos de envases.

    Requisitos

    Los agentes económicos que se acojan a alguna de las excepciones reguladas en la disposición adicional primera, notificarán esta circunstancia a la Comunidad Autónoma de donde comercialice sus productos, desde la primera puesta en el mercado hasta su venta final. Todos los agentes económicos intervinientes en la cadena de comercialización de envases industriales y comerciales, desde el momento mismo de su primera puesta en el mercado, explicitarán documentalmente en todas las operaciones de compraventa o transmisión que el responsable e la entrega del residuo de envase o envase usado, para su correcta gestión ambiental, será el poseedor final. Presentar cumplimentado el formulario de notificación de adhesión a la Disposición Adicional Primera de la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases.

    Criterios

    No hay Resolución. Se comprobará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación de aplicación.

    Documentación a aportar

    Formulario RNP-08 cumplimentado.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede
    Real-Decreto 782/1998, de 30 de abril por la que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. BOE» núm. 104, de 1 de mayo de 1998, páginas 14701 a 14716
    Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. BOE» núm. 181, de 29 de julio de 2011, páginas 85650 a 85705
    Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. BOE» núm. 99, de 25 de abril de 1997, páginas 13270 a 13277

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020149 NOTIFICACIÓN ANUAL DE DATOS AL REGISTRO PRTR DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    SJB9 NOTIFICACION ANUAL DE DATOS AL REGISTRO PRTR DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Hasta el 31 de marzo

    Objeto

    Dar cumplimiento al articulo 3 del Real Decreto 508/2007, por el que los titulares de los complejos incluidos en el ambito de aplicacion deberan comunicar anualmente a la autoridad competente las emisiones a la atmosfera, al agua y al suelo asi como las transferencias de residuos.
    Todos los complejos deben contar con un numero de registro, este deberan solicitarlo al iniciar la actividad.

    Destinatarios

    El titular de cada complejo que realice una o varias actividades de las incluidas en el anexo I, por encima de los umbrales de capacidad recogidos en el mismo.

    Requisitos

    Indicados en el Real Decreto 508/2007.

    Criterios

    No se hace resolucion.

    Documentación a aportar

    Al objeto de facilitar el calculo de los datos a notificar, podran utilizar como soporte los formularios de granjas, ceramicas, combustion, cementeras y general que podran encontrar en el area de descargas.

    Lugar de presentación

    La notificacion anual se realizara a traves de la aplicacion telematica INDA (Intercambio de Datos Ambientales):
    https://agricultura.jccm.es/comunes/
    Para acceder a la aplicacion INDA, deberan solicitar usuario y contrasena a traves del "contactar- area Registro PRTR" de la oficina virtual: https://agricultura.jccm.es/ova/

    Información Adicional

    Correo electronico: residuosclm@jccm.es
    Telefono: 925 26 68 46
    Contactar-area Registro PRTR de la Oficina Virtual: https://agricultura.jccm.es/ova/
    Direccion:
    Viceconsejería de Medio Ambiente
    c/ Quintanar de la Orden s/n
    45071 Toledo
    Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de informacion sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas. BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2007, páginas 17686 a 17703
    Reglamento (CE) 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo.
    Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevencion y Control Integrados de la Contaminacion. BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2002, páginas 23910 a 23927

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010441 NOTIFICACION DE ACTIVIDADES POTENCIAMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMOSFERA PERTENECIENTES AL GRUPO C

    Plazo de resolución

    NJYS NOTIFICACION DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMOSFERA DEL GRUPO C

    Plazo de presentación de solicitudes

    Previo al inicio de la actividad y antes de la realización de las primeras mediciones

    Objeto

    Cumplir las obligaciones previstas en el art 13.3 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, para las instalaciones sometidas al régimen de notificación.

    Destinatarios

    Instalaciones en las que se desarrollen actividades pertenecientes al grupo C del catálogo incluido en el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen disposiciones básicas para su aplicación

    Requisitos

    La instalación y/o actividad debe estar incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera, y la misma debe tener asignado el Grupo C, según el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera vigente (actualmente se encuentra recogido en el Anexo del Real Decreto 100/2011).

    Criterios

    Se comunica al titular el cumplimiento del trámite de su notificación como actividad incluida dentro del grupo C del Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera

    Documentación a aportar

    En función del tipo de actividad desarrollada, se establecen los siguientes modelos de notificación:

    - Mod general aplicable a cualquier industria perteneciente al Grupo C.
    - Mod para instalaciones con sólo emisiones difusas de partículas (ej. canteras, plantas tratamiento áridos)
    - Mod para talleres reparación vehículo.
    - Mod para limpieza en seco (tintorerías).

    En todos los casos la notificación deberá ir acompañada de la documentación siguiente:
    - NIF del solicitante o del representante, en caso de no autorizar a la Administración a consultar los datos de identidad
    - Documentación que acredite la capacidad del representante
    - Diagrama del proceso de fabricación
    - Plano de Planta a escala apropiada, en el cual se identifiquen los focos canalizados

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

    B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede.

    Información Adicional

    Para cualquier consulta puede ponerse en contacto en: https://agricultura.jccm.es/ova/ Apartado Contactar Área: Calidad del aire
    Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. (BOE)
    Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE)

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010515 NOTIFICACION DE CAMBIOS EN LA CAPACIDAD, EL NIVEL DE ACTIVIDAD Y EL FUNCIONAMIENTO DE UNA INSTALACION AUTORIZADA PARA LA EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.

    Plazo de resolución

    NKDG NOTIFICACION DE CAMBIOS EN LA CAPACIDAD, EL NIVEL DE ACTIVIDAD Y EL FUNCIONAMIENTO DE UNA INSTALACION AUTORIZADA PARA LA EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Antes del 31 de diciembre del año en que hayan tenido lugar los cambios.

    Objeto

    Informar a la Administración sobre cambios de capacidad, de actividad o de funcionamiento en una Instalación, sometida al Régimen Europeo de Derechos de Emisión, conforme con el artículo 6 de la ley 1/2005.

    Destinatarios

    Instalaciones sometidas al régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (según el anexo I de la ley 1/2005) que hayan experimentado o vayan a experimentar cambios de capacidad, en el nivel de actividad o de funcionamiento de la instalación.

    Requisitos

    - Presentar la información necesaria sobre cambios de capacidad, de actividad o de funcionamiento en una Instalación a través de los modelos de 'recogida de datos' e 'informe metodológico' impuestos por la Comisión, cuya versión en Español puede descargarse en la página del MAGRAMA:
    http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/el-comercio-de-derechos-de-emision-en-espana/asignacion-de-derechos-de-emision/Periodo_13_20.aspx (se podrá cumplimentar el modelo simplificado, en el caso de que dichos cambios no comporten una variación de la asignación)
    - Los cambios de capacidad y de funcionamiento de las instalaciones podrán requerir la presentación de una nueva versión del Plan de Seguimiento, ver el procedimiento de MODIFICACIÓN DEL PLAN DE SEGUIMIENTO DE EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.Pinche aquí

    Criterios

    Los cambios notificados podrán comportar las siguientes actuaciones por parte de la Administración:
    - Modificación de la resolución de autorización de emisiones que se llevará a cabo en el plazo máx de 3 meses.
    - Variación de la asignación de Derechos de Emisión por ceses, totales o parciales o por cambios de capacidad, en cuyo caso, el órgano competente remitirá la información presentada a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente en un plazo máx de 10 días desde su recepción

    Documentación a aportar

    - Formulario para la recogida de datos. (según plantilla CE): http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/NE%26C_data_file_COM_es_corrSCUF_tcm7-230178.XLS
    - Modelo de informe metodológico. (según plantilla CE): Pinche aquí
    - Cambios que NO conllevan ajustes en la Asignación: todas aquellas instalaciones que presenten cambios efectivos o previstos de capacidad, del nivel de actividad o del funcionamiento que no supongan modificación en el nivel de asignación de conformidad con el artículo 4.2 del RD 1722/2012, deberán de notificar dichos cambios cumplimentando solo la plantilla simplificada, que puede descargarse en el siguiente enlace:
    Pinche aquí
    - Nueva versión del Plan de Seguimiento de la instalación (cuando se vea afectado por el cambio).

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Más información en la página web del Ministerio: Pinche aquí
    Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, tras su modificación por la Ley 13/2010, de 5 de julio.
    Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación de derechos de emisión en el marco de la Ley 1/2005
    Decisión de la Comisión 2011/278/UE, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010468 NOTIFICACION DE COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SK21 NOTIFICACION DE COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Mantener actualizado el censo nacional de complementos con la finalidad de proteger la salud pública y los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas y el cumplimiento de los requisitos de composición y etiquetado aplicables a estos productos.

    Destinatarios

    Titulares de empresas de producción, transformación, envasado, almacenamiento, distribución, importación y comercialización de complementos alimenticios responsables de la notificación en el mercado nacional.

    Requisitos

    1. El responsable de la comercialización en España del producto, deberá notificar su puesta en el mercado nacional a las autoridades competentes, enviándoles un ejemplar de la etiqueta del producto con carácter previo o simultaneo a la primera puesta en el mercado.

    Dicha notificación obligatoria deberá ser realizada por el fabricante, o el responsable de la primera puesta en el mercado o el importador, en el caso de terceros países.

    2. Cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa en vigor para las actividades y productos objeto de esta notificación.

    Importe

    Se aplicarán las tasas indicadas en la Sección 7ª, artículo 273, de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias (Corrección de errores de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, DOCM Nº 45, de 5 de marzo de 2013).

    Documentación a aportar

    Formulario de notificación de complemento alimenticio (se deberá notificar tanto la puesta en el mercado, como el cambio de la empresa responsable de la comercialización del producto, el cambio de la etiqueta o el cese de la comercialización).

    Un ejemplar de la etiqueta del producto.

    Lugar de presentación

    Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) presentarán la comunicación de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la JCCM (https://www.jccm.es).

    Las personas físicas restantes podrán también presentarla en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    Reglamento (CE) N° 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación ali¬mentaria, se crea la Autoridad europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
    Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios.
    Reglamento (CE) N° 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
    Reglamento (CE) Nº 1925/2006, de 20 de diciembre, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos (modificado por el Reglamento (CE) Nº 1179/2009 y por el Reglamento (UE) Nº 1161/2011).
    Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios.
    Reglamento (CE) Nº 1924/2006, de 20 de diciembre, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos y sus posteriores modificaciones.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010402 NOTIFICACION DE ENSAYOS CON PRODUCTOS FITOSANITARIOS

    Plazo de resolución

    NJW7 NOTIFICACION DE ENSAYOS CON PRODUCTOS FITOSANITARIOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Todo el año

    Objeto

    Control de notificaciones de ensayos y experiencias autorizadas por el MAPAMA.

    a) Con fines de investigación o desarrollo, impliquen fitosanitarios que contengan sustancias activas no autorizadas.
    b) Destinados a obtener datos relativos a la eficacia y demás aspectos, que hayan que utilizarse como pruebas para la autorización de un producto fitosanitario.
    c) Para obtener información sobre peligrosidad para personas, medio ambiente y animales

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas y organismos oficiales que dispongan de centros, instalaciones o equipos y que cumplan los requisitos establecidos.

    Requisitos

    a) El personal responsable de la planificación y ejecución de los ensayos deberá poseer los conocimientos y experiencia necesarios para realizar dichas operaciones.

    b) Los medios y, en su caso, las instalaciones disponibles serán adecuados para la realización de cada uno de los tipos de ensayo previstos. c) El procedimiento de trabajo garantizará la consideración previa de la, peligrosidad en cada ensayo y que su realización no implique riesgos para las personas, los animales o el medio ambiente.

    Lugar de presentación

    Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática mediante firma electrónica.

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@.

    Orden de 11 de diciembre de 1995 de la Dirección General de Producción Agraria (BOE número 302)

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010446 NOTIFICACIÓN DE INICIO DE ACTUACIÓN DE ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADOS EN EL ÁREA DE ATMÓSFERA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de resolución

    Efectos silencio

    Actividad de control

    NJZD NOTIFICACION DE INICIO DE ACTUACION DE ORGANISMO DE CONTROL AUTORIZADOS EN EL AREA DE ATMOSFERA EN EL AMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Notificación previa de actuación en Castilla-La Mancha por parte de los Organismos de Control Autorizados en el área de atmósfera para actuar en Castilla- La Mancha y su inscripción en el Registro.

    Destinatarios

    Entidades que quieren actuar en el área de atmósfera en Castilla- La Mancha.

    Requisitos

    1) Acreditación de ENAC como Entidad de Inspección. 2) Resolución como Organismo de Control por parte de la Comunicada Autónoma correspondiente. 3) Disposición de equipos, procedimientos, y/o instrucciones técnicas y medios humanos.

    Criterios

    Una vez comprobada la documentación indicada en el Anexo I de la Orden de 30-04-2002 se procede a incluir a la Entidad solicitante en el Registro.

    Documentación a aportar

    1) Certificados y anexos técnicos extendidos por ENAC como Entidad de Inspección. 2) Resolución como Organismo de control por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente. 3) Datos de sede central y de las oficinas en Castilla- La Mancha, nombre del responsable. 4) Relación y tipo de actuaciones que van a desarrollar en Castilla- La Mancha. 5) Relación de instalaciones y de medios materiales, incluyendo fichas de características técnicas y certificados de verificación/ calibración de medios de muestreo y equipos. 6) Relación de medios humanos. 7) Signos de identificación (sellos) que sean utilizados en sus actuaciones. 8) Relación actualizada de tarifas que se propone aplicar. 9) Copia de los procedimientos normalizados e instrucciones técnicas.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Atención continuada para dudas a través de la Oficina Virtual, servicio "Contactar" y área "Calidad del aire": Pinche aquí
    DOCM: 20/05/02 Orden de 30-04-2002, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el trámite de notificación y determinados aspectos de las actuaciones de los organismos de control autorizados en el ámbito de la calidad ambiental, área de atmósfera, en Castilla- La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • El Decreto 65/2008, de 6 de mayo, sobre inspección sanitaria de piezas de caza silvestre, establece que, anualmente, la Consejería competente en la materia, previo al inicio de la temporada de caza, publicará los locales destinados a la inspección de las piezas de caza para autoconsumo. Al objeto de realizar la inspección de aquellas piezas que se vayan a destinar al autoconsumo, deberá notificarse la celebración de la cacería.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.