TRASLADOS DE CENTROS DE ATENCION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
120012 TRASLADOS EN CENTROS DE ATENCIÓN PERSONAS DISCAPACIDAD INTELECTUAL
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
DesestimatorioSIL4 TRASLADOS DE CENTROS DE ATENCION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Autorizar el traslado en centros de atención a personas con discapacidad intelectual de la red pública.Destinatarios
Residentes que hayan permanecido al menos un año en el mismo centro.Requisitos
Residir al menos un año en un centro de atención a personas con discapacidad intelectual de la red pública de Castilla-La Mancha.Documentación a aportar
SolicitudDocumentación acreditativa de los motivos por los que solicita el traslado.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.Marco legal
DOCM: 26/02/99 Decreto 13/1999, de 16/02/1999, por el que se regula el procedimiento de acceso a centros de atención a personas con discapacidad psíquica.
DOCM: 22/07/02 Orden de 8-07-2002, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento de traslados en los Centros de Atención a Personas con Discapacidad Psíquica integrados en la red pública de Castilla-La Mancha y se aprueba el baremo de traslados (DOCM de 22 de julio, nº 89)
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro