Subvenciones dirigidas al aumento de la oferta de vivienda rural en núcleos de población en riesgo, intensa o extrema despoblación, Programa RetoD

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer subvenciones para aumentar la disponibilidad de viviendas en áreas rurales con riesgo de despoblación, con el objetivo de atraer y retener población.

¿Quién puede solicitarlo?

- personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, propietarias de viviendas o edificios de viviendas. - entidades locales, - el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas (artículo 2.2 de la Ley 40/2015) - agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones subvencionables

Requisitos principales

  • Tener residencia fiscal en España
  • Cuando se trate de personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran debidamente constituidas, conforme a la normativa que les resulte de aplicación.
  • En el caso de entidades que carezcan de personalidad jurídica propia, deberá constar expresamente en la solicitud la composición y porcentajes de participación de cada una de las personas que conforman dicha entidad.
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de ser entidad obligada
  • No haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales
  • No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente

Plazos

Del 31/12/2024 al 28/11/2025

Duración del trámite

un mes

Información adicional

En el portal web de vivienda: https://vivienda.castillalamancha.es/

Resumen

Este trámite ofrece subvenciones para aumentar la disponibilidad de viviendas en áreas rurales con riesgo de despoblación, con el objetivo de atraer y retener población.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas o edificios.
  • Entidades locales.
  • El sector público institucional.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.

Plazo de presentación: Del 31/12/2024 al 28/11/2025.

Antes de empezar

  • Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos.
  • Prepara la documentación necesaria en formato electrónico.
  • Si el trámite lo requiere, realiza el pago de tasas.

Cómo hacerlo

Las solicitudes se presentan telemáticamente con firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM.

Documentación a aportar

  • Documentación acreditativa de la personalidad.
  • Copia de la escritura pública, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales y titularidad del inmueble.
  • Proyecto de las actuaciones o memoria justificativa.
  • Licencia urbanística o autorización municipal análoga.
  • Documento que acredite el acuerdo entre los copropietarios del inmueble (Anexo III).
  • Declaraciones responsables en el formulario de solicitud.

Ayuda

Marco legal

Modelos del trámite


Preguntas frecuentes


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