Subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en Castilla-La Mancha
Información Rápida
Objetivo
Permitir a las asociaciones de ganaderos de Castilla-La Mancha solicitar subvenciones para el fomento de razas autóctonas.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos.
Requisitos principales
- Ser una organización o asociación de ganaderos reconocida por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Cumplir con los requisitos del artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.
- La persona representante de la entidad solicitante debe estar de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas.
Duración del trámite
6 MESES
Información adicional
Ayuda destinada únicamente a asociaciones de criadores de razas ganaderas puras que cumplan los requisitos, no a las personas titulares de las ganaderías.
Resumen
Este trámite permite a las organizaciones o asociaciones de ganaderos de Castilla-La Mancha solicitar ayudas para el fomento de las razas autóctonas españolas.
Quién puede usar este servicio: Organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que cumplan con los requisitos establecidos.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos.
- Prepara la documentación necesaria en formato electrónico.
- Si el trámite lo requiere, realiza el pago de tasas.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser una organización o asociación de ganaderos reconocida por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Cumplir con los requisitos del artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.
- La persona representante de la entidad solicitante debe estar de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas.
Documentos requeridos:
- Anexo I de la solicitud de ayuda.
- Anexo II cumplimentado por cada una de las explotaciones ganaderas.
- Documento de constitución de la entidad, sus estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente (si no consta oposición expresa a la consulta de datos por la Administración).
- Apoderamiento bastante del representante o documento acreditativo de la representación, en caso necesario.
- Memoria descriptiva y detallada de las actividades a realizar en el año en curso.
Cómo hacerlo
- Presenta la solicitud de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM.
Criterios de valoración
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El procedimiento de concesión será de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo a los siguientes criterios:
- Solicitudes de las asociaciones de 2º grado que agrupen a asociaciones de criadores de animales de razas autóctonas amenazadas: 3 puntos.
- Solicitudes de asociaciones que gestionan razas autóctonas amenazadas: 2 puntos.
- Capacidad de la organización o asociación de criadores para desarrollar las actuaciones a financiar, especialmente las actividades relacionadas con el programa de mejora, con la mayor eficacia, eficiencia y economía de medios personales y materiales, teniendo en cuenta los censos y explotaciones: 1 punto.
- Presentar informe de auditoría correspondiente al año anterior: 1 punto.
- Presentar un plan de ahorro y eficiencia económica, y en concreto, las actuaciones desarrolladas (servicios básicos) y ajustes económicos en comparación con otros años: 1,5 puntos.
- Solicitudes de asociaciones donde al menos el 90% de los titulares de las explotaciones estén dados de alta en la Unidad Ganadera Virtual de la C. Agri y D Rural: 1,5 puntos.
- Realización de actividades contempladas en el artículo 11 del RD 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los RD 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre: 5 puntos
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No obstante lo anterior, si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes para atender el importe total de las solicitudes, se efectuará un prorrateo del importe a conceder entre las mismas.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 6 meses.
- Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Ayuda
- Información adicional: Ayuda destinada únicamente a asociaciones de criadores de razas ganaderas puras que cumplan los requisitos, no a las personas titulares de las ganaderías.
- Subsanación: del 10/02/2025 al 30/04/2025, http://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=1259&conCertificado=1
- Justificaciones: del 01/01/2025 al 31/03/2025, http://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=2760&conCertificado=1