Subvenciones a entidades para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder subvenciones a entidades para que desarrollen y mantengan programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades privadas de iniciativa social y universidades públicas.

Requisitos principales

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes.
  • Carecer de fin de lucro.
  • Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

Contacto en Servicios Centrales: 925 267 156 y 925 288 995. En Delegaciones Provinciales: Secciones de Mayores. Servicio de Personas Mayores.

Resumen

Este trámite permite a entidades privadas de iniciativa social y universidades públicas solicitar subvenciones para desarrollar y mantener programas y servicios dirigidos a personas mayores en Castilla-La Mancha.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades privadas de iniciativa social.
  • Universidades públicas.

Importante: El plazo de presentación de solicitudes está actualmente cerrado. Puedes suscribirte al <a href="https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas">Servicio de Alertas Informativas</a> para recibir notificaciones sobre futuras convocatorias.

Lo que necesitas

  • Requisitos:
    • Estar legalmente constituido e inscrito en los registros correspondientes, incluyendo el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
    • Carecer de ánimo de lucro.
    • Tener la capacidad y estructura necesaria para desarrollar las actividades subvencionadas.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    • No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.
    • Cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves en esta materia.
    • Disponer de las autorizaciones necesarias para los centros donde se desarrollen los programas.
    • No haber sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias.
  • Documentación:
    • Formulario del proyecto (disponible en la sede electrónica).
    • Documentación adicional que se solicitará si la propuesta de resolución provisional es favorable.

Cómo hacerlo

  1. Presentación telemática: Las solicitudes se presentan únicamente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM.
  2. Revisión de la solicitud: Si la solicitud no cumple los requisitos, se requerirá a la entidad para que subsane las deficiencias en un plazo de 10 días.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Silencio administrativo: Si no se recibe respuesta en el plazo indicado, la solicitud se entenderá desestimada.

Ayuda

  • Contacto:
    • Servicios Centrales: 925 267 156 y 925 288 995.
    • Delegaciones Provinciales: Secciones de Mayores. Servicio de Personas Mayores.
  • Marco legal:
    • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1641994401518640355">Orden 5/2022, de 12 de enero</a>
    • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1678798091084710159">Orden 49/2023, de 14 de marzo</a>
    • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1734524158966710088">Resolución de 17/12/2024</a>

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