Subvención a Entidades Locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.

Actualizado el 20 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Atención directa y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual a través de apoyos personalizados en centros.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades Locales de la Región

Requisitos principales

  • Disponer de estructura,capacidad y solvencia técnica y económica.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • No incurrir en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Disponer de autorización de funcionamiento del centro.

Plazos

Inicio:13/12/2024. Fin:19/02/2025

Duración del trámite

3 meses,desde la finalización del plazo de presentación.

Información adicional

En caso de propuesta de resolución provisional con importe inferior,se puede reformular la solicitud.

Subvención a Entidades Locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha

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Tramitación Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma Tramitar

Plazos

Inicio 13/12/2024

Fin 19/02/2025

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,<a href="https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos">requisitos técnicos</a> así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica.

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los <a href="https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos">Sistemas de identificación y firma admitidos</a> y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Información del trámite

Objeto

Constituyen objetivos de esta orden,la atención directa y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual,a través de la prestación de apoyos personalizados en el funcionamiento de los centros vinculados a la atención temprana,a la capacitación e integración sociolaboral,a la atención residencial y en centro de día.

Destinatarios

Entidades Locales de la Región

Requisitos

a) Disponer de la estructura,capacidad y solvencias técnica y económica suficientes para garantizar la ejecución de los programas a desarrollar en los centros a subvencionar.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes,en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,y en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) No encontrarse la persona que desempeñe la representación legal de la entidad local en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003,de 25 de septiembre,del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha,así como no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que,habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,así como en los organismos y entidades de su sector público,incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003,de 25 de septiembre,durante el plazo de dos años desde el cese,de conformidad todo ello con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

e) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada,en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme,por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales,durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente,salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. El órgano competente en materia de igualdad deberá dar su conformidad a dichas medidas.

h) Disponer de la correspondiente autorización de funcionamiento para el centro respecto del que se solicita la subvención.

Criterios

La valoración de las solicitudes presentadas será realizada por el órgano colegiado regulado en la base décima. Se efectuará según una escala de 0 a 30 puntos tal y como se refleja en la base novena punto 1 de la Orden de Bases.

Plazo de resolución

3 meses,contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Sentido del silencio

Desestimatorio

Documentación a aportar

Las entidades solicitantes no tendrán la obligación de presentar documentación acompañando al formulario de solicitud,salvo el proyecto técnico.

En el caso de programas de atención temprana,o de aquellos cuyas personas destinatarias sean menores de edad,se presentará declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante cumple el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio,de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia,conforme al modelo que figura en la sede electrónica.

Información adicional

Una vez notificada la propuesta de resolución provisional y cuando en ella figure un importe de subvención inferior al reflejado en la solicitud presentada,la entidad podrá reformular su solicitud mediante modelo habilitado.

Para más información puede dirigirse a las siguientes direcciones de correo:

<a href="https://www.jccm.es/tramites/convocatoriadiscapacidad@jccm.es">convocatoriadiscapacidad@jccm.es</a>

Marco legal

  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1662970358443000146">Orden 172/2022,de 12 de septiembre,de la Consejería de Bienestar Social,por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.</a>
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1293103056476530260">Ley 14/2010,de 16 de diciembre,de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.</a>
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1733738864269020092">Resolución de 03/12/2024,de la Dirección General de Discapacidad,por la que se convocan para el año 2025,las subvenciones a entidades locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.):801271.</a>

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