REPOSICION DE MARRAS EN PARCELAS DE VIÑEDO | Sede Electrónica
Actualizado el 21 de mayo de 2020
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PROCEDIMIENTO
010531 SOLICITUD DE CONVERSION DE DERECHOS DE PLANTACION EN AUTORIZACION DE PLANTACION DE VIÑEDO
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
EstimatorioSKKB REPOSICION DE MARRAS EN PARCELAS DE VIÑEDO
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el añoObjeto
Solicitar la reposición de marras o de cepas improductivas por fallos de arraigo, injerto, accidentes físicos, biológicos o meteorológicos en plantaciones de más de cinco años en un porcentaje superior al 5% del número de cepas útiles existentes en cada parcela vitícola.Destinatarios
Explotadores de parcelas de viñedo inscritas en el Registro Vitícola de Castilla-La ManchaRequisitos
La reposición de marras o de cepas improductivas por fallos de arraigo, injerto, accidentes físicos, biológicos o meteorológicos no tendrá en ningún caso la consideración de replantación durante los cinco primeros años tras su plantación inicial.En plantaciones de más de cinco años solo se podrá reponer anualmente un máximo del 5% del número de cepas útiles existentes en cada parcela vitícola.
Documentación a aportar
- Fotocopia del NIF del solicitante, sólo en el caso de no autorizar a la Administración a su consulta- Fotocopia del NIF representante legal, si procede.
- Apoderamiento bastante del firmante.
- Estatutos/escritura de constitución (persona jurídica y comunidad de bienes).
- Croquis sobre la salida gráfica del SIGPAC donde se identifique la zona de la parcela afectada por las marras.
Lugar de presentación
a) De forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), por las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que representen a las anteriores.b) Las personas físicas, además de por medios telemáticos conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Información Adicional
Este trámite conlleva el pago de una tasa (tarifas 6, 7, 8), para más información pinche aquí (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_014.pdf)En el caso de que se esté obligado a la presentación telemática de la comunicación, el interesado o, en su caso el representante, deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha NOTIFICA.
Marco legal
DOCM: 07/01/19 Orden 202/2018, de 28 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro