RENOVACION DE LA HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL/EXPEDICION DE DUPLICADO DEL CARNET DE INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
010506 RENOVACION DE LA HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL/EXPEDICION DE DUPLICADO DEL CARNET DE INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
EstimatorioSKAJ RENOVACION DE LA HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL/EXPEDICION DE DUPLICADO DEL CARNET DE INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el año.Objeto
La renovación de la habilitación para ejercer como informador turístico local, así como la expedición de duplicado del carnet en caso de pérdida, robo o deterioro del original y su posterior inscripción en el Registro General del Decreto 5/2007.Destinatarios
Los informadores turísticos locales que deseen la renovación de la habilitación para ejercer como tales, así como aquéllos que, en caso de pérdida, robo o deterioro del carnet, deseen la obtención de un duplicado del mismo.Requisitos
En el caso de renovación de la habilitación para ejercer como informador turístico local, es necesario solicitarlo antes de que finalice la vigencia del anterior.Importe
Tasa: 11,12 eurosDocumentación a aportar
Una fotografía, tamaño carnet, en color, de no más de150 KB y en un archivo formato jpg. - Copia del carnet antiguo, en el caso de renovación. - Justificante del pago de la correspondiente tasa. - Firma escaneada en un archivo jpg.Lugar de presentación
La solicitud se formalizará en el modelo que figura más abajo, y podrá presentarse: a) Preferentemente, de forma telemática mediante el envío de dicho modelo a través del apartado "tramitación on line"mediante D.N.I. electrónico o certificado electrónico de la FNMT. b) En el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha, en las Direcciones Provinciales de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAPAC.Información Adicional
En caso de no solicitar la renovación antes de la finalización del plazo de cinco años, se producirá la caducidad de la habilitación concedida, previa audiencia del interesado, procediéndose por la Dirección General competente en materia de turismo a inscribir en el Registro de informadores turísticos de ámbito local el cese en el ejercicio de la actividad. En el supuesto de que se produzca la caducidad de la habilitación, el interesado podrá solicitar de nuevo la misma a través del procedimiento establecido para obtener la habilitación, si bien no será necesario realizar y aprobar el correspondiente curso de formación profesional ocupacional ya superado.Marco legal
DOCM: 21/07/06 Decreto 96/2006, de 17/07/2006, , DE ORDENACION DE LAS PROFESIONES TURISTICAS EN CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 12/06/99 Ley 8/1999, de 26/05/1999, , DE ORDENACION DEL TURISMO DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 26/01/07 Decreto 5/2007, de 22/01/2007, , REGULADOR DEL REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS, ESTABLECIMIENTOS, ASOCIACIONES DE EMPRESARIOS TURISTICOS Y ENTIDADES TURISTICAS NO EMPRESARIALES DE CASTILLA-LA MANCHA
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro
Oficinas de la administración
Oficina Empleo Daimiel
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo
Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas
Oficina Empleo Villacañas
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete
Oficina Empleo Cifuentes
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