REGISTRO DE DECLARACION INDIVIDUALIZADA DE GRUA MOVIL AUTOPROPULSADA | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

020054 REGISTRO DE DECLARACION DE ADECUACION INDIVIDUALIZADA DE UNA GRUA MOVIL AUTOPROPULSADA

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SJEC REGISTRO DE DECLARACION INDIVIDUALIZADA DE GRUA MOVIL AUTOPROPULSADA

Plazo de presentación de solicitudes

Antes de que se realice la primera utilización de la grúa móvil autopropulsada o si cambia de domicilio social a otra comunidad autónoma

Objeto

Definir el procedimiento de registro de la declaración individualizada de grúa móvil autopropulsada

Destinatarios

Empresas titulares (Personas físicas o jurídicas) de grúas móviles autopropulsadas

Importe

Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.

TARIFA 5.1

Criterios

El titular deberá presentar, por duplicado, ante la Dirección Provincial una declaración de adecuación individualizada del parque de grúas móviles autopropulsadas que integren la empresa.

El órgano competente registrará la declaración CE de conformidad o la declaración de adecuación de cada grúa, asignándole un nº en el Registro, sellando una copia en la que se incluirá el nº asignado, copia que devolverá a la empresa propietaria, la cual deberá conservarla.

Documentación a aportar

- Modelo de solicitud
- Descripción/Planos/Fotografías necesarios para la definición de la grúa
- Justificante de la liquidación de las tasas correspondientes
En el caso en que la grúa disponga de marcado "CE":
- Declaración y marcado CE
En el caso de que la grúa NO disponga de marcado "CE":
- Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas correspondientes del anexo I del Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, firmado por el organismo de control, con indicación de las soluciones adoptadas para su cumplimiento.
- Manual de Instrucciones de la grúa.

Lugar de presentación

A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

Información Adicional

Este procedimiento es de aplicación a las grúas móviles autopropulsadas (aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción propios o que formen parte de un conjunto con dichos medios que posibilitan su desplazamiento por vías públicas o terrenos).

Exclusiones: no será de aplicación a las grúas pórticos que se desplacen sobre neumáticos o sobre carriles, ni a las grúas autocargantes.
Ley 21/1992, de 16 de junio, de Industria
RD 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas
RD 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

Alertas informativas


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