REGISTRO DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION DE ENVASES DE GLP | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

020032 REGISTRO DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION DE ENVASES DE GLP

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SJDO REGISTRO DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION DE ENVASES DE GLP

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Objeto

Definir el procedimiento de registro de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP de 1ª, 2ª, 3ª, 4ª o 5ª categoría, en base a la comunicación realizada.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas titulares de centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP

Requisitos

Los establecidos en el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el RD 919/2006, de 28 de julio, y su ITC-IGC 02.

La documentación se presentará con anterioridad a la puesta en servicio y tras inspección favorable por OCA una vez ejecutado el centro.

Importe

A este procedimiento se le aplica la tarifa nº 8, correspondiente a la tasa en materia de industria, por un importe de:
Tarifa 8.1 Instalaciones sin proyecto: 36,33 euros
Tarifa 8.2. Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de:
a) En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 48,83 euros
b) Por cada 10.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 6,12 euros, con un límite máximo a abonar de 3000 euros.

Criterios

El titular o su representante legal deberá presentar documentación que se indica ante la Dirección Provincial:
- Los centros de 1ª categoría: si se considera completa, se remitirá al titular el justificante acreditativo de la presentación de la documentación, tras lo cual podrá proceder a la puesta en servicio.
- Los centros de 2ª, 3ª, 4ª y 5ª categorías podrán ponerse en servicio tras la presentación.
En todo caso, ello no supondrá la conformidad técnica por parte de la Administración.

Documentación a aportar

- Justificante del pago de las tasas correspondientes
- Proyecto y certificado final de obra (en el caso de centros de 1ª, 2ª y 3ª categoría)
- Plano descriptivo de detalle (en el caso de centros de 4ª y 5ª categoría)
- Certificado de inspección, por organismo de control autorizado.

Lugar de presentación

A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

Información Adicional

Este procedimiento se aplica a los centros destinados a la recepción y almacenamiento de los envases de G.L.P. (bombonas de butano, propano, etc.) para su posterior distribución y venta a los clientes finales en los mismos centros y a domicilio, que se clasifican en las siguientes categorías:

- 1.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 25.001 kg hasta 250.000 kg.
- 2.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 12.501 kg hasta 25.000 kg.
- 3.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 1.001 kg hasta 12.500 kg.
- 4.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total desde 501 kg hasta 1.000 kg
- 5.ª categoría: Con capacidad nominal de contenido total hasta 500 kg, en almacenamientos en estaciones de servicio o en almacenamientos en locales comerciales.
Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, modificado por el R.D. 560/2010, de 7 de mayo BOE» núm. 211, de 4 de septiembre de 2006, páginas 31576 a 31632
Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria, modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, (Ley Omnibus) BOE» núm. 176, de 23 de julio de 1992, páginas 25498 a 25506

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

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Tel. 926646000

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

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