RECONOCIMIENTO/MODIFICACION DE AREA DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA-LA MANCHA // TALLER DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA- LA MANCHA | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

040277 RECONOCIMIENTO/MODIFICACION DE AREA DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA-LA MANCHA // TALLER DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA- LA MANCHA

Plazo de resolución

6 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SJGW RECONOCIMIENTO/MODIFICACION DE AREA DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA-LA MANCHA // TALLER DE ESPECIAL INTERES ARTESANAL DE CASTILLA- LA MANCHA

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Objeto

Promocionar la artesanía para conseguir equiparar el nivel de renta en este sector con el del resto de sectores de la economía regional. Además, se pretende mantener y fortalecer el nivel de calidad de los oficios y productos artesanos, conseguir que los artesanos y sus oficios permanezcan en su zona de origen y, por último, que pervivan las técnicas, diseños y modos de trabajo artesanal que se encuentran en peligro de desaparición.

Destinatarios

En el caso de reconocimiento de Área de especial interés artesanal, aquellas entidades que conformen una zona de especial interés artesano, y que estando delimitada geográficamente, destaque por la existencia de una artesanía activa y distinguible en lo referente a un producto, oficio o técnica artesana, y que cuente con una tradición histórica diferenciada o que constituya un foco dinámico y relevante en el campo del fomento de la artesanía. En el caso de reconocimiento de Taller de especial interés artesanal, el titular de una actividad económica que posea el Carné de Artesano o el Título de empresa artesana y que cuente con una destacada relevancia artesanal, por su valor histórico, de fomento, o de conservación del oficio.

Requisitos

-El área geográfica, que vaya a ser reconocida como Área de especial interés artesanal, deberá afectar a varios municipios de Castilla- La Mancha, salvo que, por razones excepcionales de peculiaridad de la artesanía o de los oficios artesanos, se justifique un ámbito territorial inferior. -La actividad económica para la que se quiera obtener el reconocimiento de Taller de especial interés artesanal deberá estar clasificada en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha, regulado en el artículo 5 de la Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla-La Mancha y deberá haberse desempeñado durante, al menos, quince años.

Documentación a aportar

Junto con la solicitud no existirá obligación de presentar documentación alguna,pero sí la siguiente información, incluida dentro del formulario de solicitud, y que se relaciona en el artículo 4.3 y 8.3 del Decreto 1/2010.

Lugar de presentación

a) Preferentemente, de forma telemática mediante el envío de dicho modelo a través del apartado "tramitación online" mediante D.N.I. electrónico o certificado electrónico de la FNMT. b) En el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha, en las Direcciones Provinciales de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAPAC.

Información Adicional

El reconocimiento de Áreas y Talleres de especial interés artesanal tendrá una validez de 5 años, renovables por iguales períodos a solicitud del interesado, previa comprobación del mantenimiento de las circunstancias que motivaron el mismo. En caso de modificación se deberá comunicar cualquier variación de los datos que se hubieran tenido en cuenta para la obtención del reconocimiento en el plazo de tres meses. El procedimiento, en este caso, es el mismo que para la obtención del reconocimiento. La resolución de los procedimiento de reconocimiento, una vez firme en vía administrativa, se publicará el reconocimiento en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y seguidamente se inscribirá de oficio en el Registro de actividades artesanas previsto en el artículo 9 de la Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla-La Mancha.
DOCM: 24/07/02 Ley 14/2002, de 11/07/2002, ORDENACION Y FOMENTO DE LA ARTESANIA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 22/01/10 Decreto 1/2010, de 19/01/2010, por el que se regula el reconocimiento de áreas y talleres de especial interés artesanal de Castilla-La Mancha.
DOCM: 26/02/10 Decreto 9/2010, de 23/02/2010, por el que se establece el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha.

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

Alertas informativas


Oficinas de la administración

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Calle Encomienda 9, 13329, Carrizosa

Tel. 926369029

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Tel. 949888800

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Calle Recaredo Baillo 3, 16640, Villamayor de Santiago

Tel. 969176889

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Calle Duque de Lerma 3, 45071, Toledo

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Carretera Aguas Nuevas KM 6,7, 02049, Albacete

Oficina Empleo Villacañas

Plaza De España 16, 45860, Villacañas

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Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real

Tel. 926646000

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete

Oficina Comarcal Agraria Tarancon

Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón

Tel. 969176886

Oficina Empleo Cifuentes

Calle Del Remedio 19, 19420, Cifuentes

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Calle Casa del Medico S/N, 16313, Aliaguilla

Tel. 969364017

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