RECONOCIMIENTO DE FIRMAS DE TITULOS Y CERTIFICACIONES ACADEMICAS DE ESTUDIOS NO UNIVERSITARIOS | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

040194 RECONOCIMIENTO DE FIRMAS DE TITULOS Y CERTIFICACIONES ACADEMICAS DE ESTUDIOS NO UNIVERSITARIOS

Plazo de resolución

3 MESES.

Efectos silencio

Estimatorio

SI8C RECONOCIMIENTO DE FIRMAS DE TITULOS Y CERTIFICACIONES ACADEMICAS DE ESTUDIOS NO UNIVERSITARIOS

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Objeto

Reconocimiento de firmas de documentos académicos que se desea que surtan efectos en el extranjero

Destinatarios

Todas las personas que quieran que, sus documentos académicos que tengan carácter oficial, surtan efectos en el extranjero.

Requisitos

- Que los estudios hayan sido cursados en cualquier Centro Educativo de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.
- Aportar la documentación académica original.

Documentación a aportar

-Reconocimiento de firmas de Títulos de estudios no universitarios:
- Solicitud (Anexo I).
- Título original.
- Copia del Documento de Identidad en vigor del solicitante, salvo que autorice a la Administración a la comprobación de los datos de identidad.
- Cuando el interesado actúe por medio de representante, se deberá aportar una autorización del titular de los documentos y una copia del documento de identificación en vigor del representante, salvo que autorice a la Administración a comprobar sus datos de identidad.
Reconocimiento de firmas de certificaciones académicas oficiales de estudios no universitarios:
- Solicitud (Anexo II).
- Certificación académica oficial original, expedida por el Centro Educativo donde se hayan cursado los estudios.
- Copia del Documento de Identidad en vigor del solicitante, salvo que autorice a la Administración a la comprobación de los datos de identidad.
- Cuando el interesado actúe por medio de representante, se deberá aportar una autorización del titular de los documentos y una copia del documento de identificación en vigor del representante, salvo que autorice a la Administración a comprobar sus datos de identidad.

Lugar de presentación

Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

Información Adicional

Los documentos académicos que podrán ser objeto de reconocimiento de firma son:
- Títulos expedidos por la Consejería de Educación y Cultura de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Específica y Enseñanzas Artísticas, así como Certificados de Aptitud del Ciclo Superior de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Certificaciones académicas oficiales de estudios conducentes a la obtención de los títulos mencionados en el apartado anterior, así como documentos básicos de evaluación individualizada, en su caso.
- Libros de Escolaridad de Enseñanza General Básica.
Para el procedimiento de legalización posterior al reconocimiento de firmas consultar archivo adicional.
DOCM: 29-JUN-01 Orden de 12-06-2001, sobre legalización de documentos académicos que han de surtir efectos en el extranjero, expedidos por centros docentes situados en el ámbito de Castilla-La Mancha, y asignación de atribuciones en materia de reconocimiento de firmas. D.O.C.M. nº 75, de 29 de junio.
DOCM: 12-JUN-14 Orden de 23/05/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el procedimiento y atribución de competencias de reconocimiento de firmas de documentos académicos no universitarios, expedidos por la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que han de surtir efectos en el extranjero.
Orden de 16 de abril de 1990 sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero. B.O.E. Núm. 94 de 19 de abril de 1990.
DOCM: 09-JUL-11 Decreto 124/2011, de 07/07/2011, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Modificado por Decreto 269/2011, de 08/09/2011, D.O.C.M. núm. 180 de 13 de septiembre.

Tramitación

Presencial: Oficinas de Registro

Alertas informativas


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Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real

Tel. 926646000

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete

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Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón

Tel. 969176886

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