Reclamación de controversias gasísticas
Información Rápida
Objetivo
Resolver reclamaciones o discrepancias relacionadas con el suministro de gas, acceso a redes, facturación, extensión de redes o conexión a la red de transporte o distribución.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona interesada en la resolución de la discrepancia.
Requisitos principales
- Presentar una solicitud motivada.
- Identificar el suministro o instalación.
- Acreditar la representación, si aplica.
- Adjuntar la factura, contrato o documento que origine la discrepancia.
- Aportar cualquier otro documento relevante.
Plazos
Abierto todo el año.
Duración del trámite
3 meses, y 20 días las relativas a acometidas demás actuaciones necesarias para atender el suministro
Información adicional
El órgano competente en materia de energía resolverá administrativamente, independientemente de las actuaciones en vía jurisdiccional que pudieran producirse a instancia de cualquiera de las partes.
Resumen
Este trámite permite resolver reclamaciones o desacuerdos relacionados con el suministro de gas, el acceso a las redes, las facturas, la extensión de las redes o la conexión a la red de transporte o distribución.
Quién puede usar este servicio:
Cualquier persona interesada en la resolución de la discrepancia.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud motivada que identifique el suministro o la instalación.
- Acreditación de la representación, si aplica.
- Factura, contrato o documento que origine la discrepancia.
- Cualquier otro documento relevante.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud online o presencialmente en los lugares de presentación.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 3 meses (general).
- 20 días para reclamaciones sobre acometidas y actuaciones necesarias para el suministro.
Qué sucede después:
El órgano competente en materia de energía resolverá administrativamente, independientemente de las acciones judiciales que puedan iniciar las partes.
Ayuda
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite, accede al Servicio de Alertas Informativas.
Marco legal:
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.