Protección a las mujeres víctimas de violencia de género en el empleo público.

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empleadas públicas víctimas de violencia de género solicitar medidas de protección en su puesto de trabajo dentro de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

¿Quién puede solicitarlo?

Mujeres víctimas de violencia de género que sean empleadas públicas (personal funcionario o laboral) de la administración general de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Requisitos principales

  • Sentencia o resolución judicial que declare la existencia de una situación de violencia de género.
  • Informe del Ministerio Fiscal sobre la existencia de indicios de una situación de violencia de género.
  • Orden de protección o resolución que acuerde la adopción de medidas cautelares de protección.
  • Informe de las Direcciones Provinciales del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha o, en su caso, del organismo competente en materia de igualdad que lo sustituya.
  • Informe de los servicios sociales, de los servicios especializados o de los servicios de acogida de la Administración Pública.

Plazos

Abierto permanentemente

Duración del trámite

Dependerá del derecho o derechos que se pretendan ejercer mediante la solicitud.

Información adicional

En una única solicitud se pueden seleccionar uno o varios tipos de medidas o derechos simultáneamente. No obstante, solo se podrá seleccionar una de las tres opciones iniciales que figuran en la solicitud: el ejercicio de derechos, el desistimiento de solicitudes o la finalización de medidas.

Resumen

Este trámite permite a las mujeres víctimas de violencia de género que trabajan en la administración general de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha solicitar medidas de protección en su empleo.

Quién puede usar este servicio: Mujeres empleadas públicas (personal funcionario o laboral) de la administración general de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que sean víctimas de violencia de género.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir los requisitos.
  • Prepara la documentación necesaria en formato electrónico.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documentación que acredite la situación de violencia de género (sentencia judicial, informe del Ministerio Fiscal, orden de protección, informe del Instituto de la Mujer).
  • Documentación que acredite el cambio de domicilio o residencia, si aplica.

Requisitos:

Para acceder a las medidas de protección, debes presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Sentencia o resolución judicial que declare la existencia de violencia de género.
  • Informe del Ministerio Fiscal sobre indicios de violencia de género.
  • Orden de protección o resolución que acuerde medidas cautelares.
  • Informe de las Direcciones Provinciales del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
  • Informe de los servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida de la Administración Pública.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Accede a la sede electrónica de la JCCM o al Portal del Empleado (si eres personal funcionario o laboral de administración general).
  2. Identifícate con certificado digital o Clave de firma.
  3. Completa la solicitud única, seleccionando las medidas o derechos que deseas ejercer.
  4. Adjunta la documentación requerida.
  5. Presenta la solicitud de forma telemática.

Información sobre cada etapa:

En la solicitud, puedes elegir entre:

  • Ejercicio de derechos.
  • Desistimiento de solicitudes.
  • Finalización de medidas.

Solo puedes seleccionar una de estas opciones en cada solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La resolución dependerá del derecho o derechos solicitados.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución varía según el derecho solicitado.

Sentido del silencio administrativo:

Estimatorio.

Ayuda

Contacto:

Unidad de coordinación sectorial del protocolo para la protección de las mujeres víctimas de violencia de género en el empleo público de administración general (Dirección General de la Función Pública).

Teléfono: 682218282.

Recursos adicionales:

  • Portal del Empleado (para personal funcionario o laboral de administración general): <a href="https://portaldelempleado.jccm.es/"">https://portaldelempleado.jccm.es/
  • Servicio de Alertas Informativas: <a href="https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas"">https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas

Marco legal:

  • <a href="https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/5"">Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • <a href="https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2"">Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1300190092512180102"">Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1509361100454670848"">Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=123061815278610533"">Ley 3/1988, de 13/12/1988, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DE LA FUNCION PUBLICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=123061838198310978"">Decreto 22/1989, de 07/03/1989, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE ASIGNAN COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL A DIVERSOS ORGANOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
  • <a href="https://www.boe.es/eli/es/lo/2004/12/28/1"">Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • <a href="https://www.boe.es/eli/es/res/2018/11/16/(3)"">Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, por la que se aprueba el Acuerdo para favorecer la movilidad interadministrativa de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.
  • <a href="https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1721111244926400009"">Resolución de 15/07/2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al Protocolo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos para la protección de las mujeres víctimas de violencia de género en el empleo público de administración general.

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