NOTIFICACION Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS | Sede Electrónica

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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PROCEDIMIENTO

020152 NOTIFICACIÓN Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS

Plazo de resolución

SJBF NOTIFICACION Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS

Plazo de presentación de solicitudes

Previo a la puesta en funcionamiento.

Objeto

Registro de centros emisores de COVs.

Destinatarios

Actividades incluidas en el anexo I del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades; umbrales indicados en el anexo II.

Requisitos

Los indicados en el Real Decreto 117/2003.

Criterios

Según Real Decreto 117/2003.

Documentación a aportar

Datos sobre la actividad indicados en el formulario, fichas de seguridad de productos químicos que contenen disolventes y en su caso plan de gestión de disolventes e informes de emisión.

Lugar de presentación

A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

Ventanilla Única

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