NOTIFICACION Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS | Sede Electrónica
Actualizado el 21 de mayo de 2020
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PROCEDIMIENTO
020152 NOTIFICACIÓN Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS
Plazo de resolución
SJBF NOTIFICACION Y REGISTRO DE CENTROS EMISORES DE COVS
Plazo de presentación de solicitudes
Previo a la puesta en funcionamiento.Objeto
Registro de centros emisores de COVs.Destinatarios
Actividades incluidas en el anexo I del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades; umbrales indicados en el anexo II.Requisitos
Los indicados en el Real Decreto 117/2003.Criterios
Según Real Decreto 117/2003.Documentación a aportar
Datos sobre la actividad indicados en el formulario, fichas de seguridad de productos químicos que contenen disolventes y en su caso plan de gestión de disolventes e informes de emisión.Lugar de presentación
A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro