Modificación de la resolución de concesión de ayuda a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (FOCAL)

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los beneficiarios de las ayudas FOCAL solicitar modificaciones en la resolución de concesión de la ayuda.

¿Quién puede solicitarlo?

Beneficiarios que hayan recibido la resolución de concesión de la ayuda a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de calidad agroalimentaria (FOCAL).

Requisitos principales

  • Las modificaciones deben ser justificadas y no alterar el objetivo final del proyecto.
  • No se admitirán modificaciones que supongan una ejecución total inferior al 70% de la inversión inicialmente aprobada.
  • No se admitirán modificaciones que supongan un cambio de ubicación de las inversiones aprobadas.

Plazos

El plazo para comunicar modificaciones finalizará dos meses antes de la fecha límite de ejecución y justificación de las inversiones establecida en la resolución aprobatoria de concesión de la ayuda.

Duración del trámite

6 MESES

Resumen

Este trámite permite solicitar cambios en la resolución de concesión de ayudas FOCAL para inversiones en la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y fomento de la calidad agroalimentaria.

Quién puede usar este servicio

Beneficiarios que ya han recibido la resolución de concesión de la ayuda FOCAL.

Plazos

El plazo para comunicar modificaciones finaliza dos meses antes de la fecha límite de ejecución y justificación de las inversiones establecida en la resolución aprobatoria de concesión de la ayuda.

Cómo hacerlo

  1. Preparación: Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos técnicos y administrativos.
  2. Documentación: Revisa y prepara la documentación adicional en formato electrónico.
  3. Solicitud: Presenta la solicitud de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM.

Requisitos para las modificaciones

Las modificaciones que requieran autorización previa son:

  • Cambio de beneficiario.
  • Cambios en los plazos.
  • Variación de inversiones o gastos previstos.
  • Inclusión de nuevas inversiones.
  • Cambios de ubicación.
  • Variación de cualquier condición específica indicada en la resolución de concesión.
  • Cualquier modificación que suponga la necesidad de emitir un certificado de no inicio o que implique una necesidad de realizar nueva moderación de costes.

Modificaciones no admitidas

No se admitirán modificaciones que:

  • Alteren el objetivo final del proyecto o la puntuación cuando hubiera sido determinante del beneficiario.
  • Supongan una ejecución total inferior al 70% de la inversión inicialmente aprobada.
  • Supongan un cambio de ubicación de las inversiones aprobadas.
  • Impliquen sustitución de elementos subvencionados por otros nuevos si estos no cumplen los requisitos.
  • Amplíen el plazo de ejecución si no se ha ejecutado el 50% del presupuesto inicialmente aprobado.

Documentación a aportar

  • Solicitud de modificación.
  • Informe justificativo de la modificación.
  • Proformas de los gastos modificados o nuevos.

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