LICENCIA DE CAZA Y PESCA | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
010519 LICENCIA DE CAZA Y PESCA
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
EstimatorioSKEE LICENCIA DE CAZA Y PESCA
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Tramitar las correspondientes licencias de caza y/o pescaDestinatarios
Licencia de caza: Personas físicas mayores de 14 añosLicencia de pesca: Personas físicas mayores de 14 años o menos de 14 cuyo tutor legal disponga de autorización para realizar prácticas de pesca con el menor en aguas libre y tramos sin muerte de Castilla-La Mancha
Requisitos
Licencias de caza:-Tener cumplidos los 14 años (los menores de 18 años y mayores de 14 deben contar con autorización de quien ejerza la patria potestad)
- Seguro de responsabilidad civil, en caso de cazar con armas - En caso de nuevo cazador, estar en posesión del certificado de aptitud para la práctica de la caza o certificados equivalentes
- No estar inhabilitado para la obtención de la licencia de caza por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
Licencias de pesca:
- Los menores de 18 años deben contar con autorización del tutor legal.
- No estar inhabilitado para la obtención de la licencia de pesca por sanción administrativa firme o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal.
Importe
Para ver los importes de las licencias de caza pinche aquí: http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_007.pdfPara ver los importes de las licencias de pesca pinche aquí: http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_003.pdf
Documentación a aportar
Si presenta su solicitud en papel, ésta deberá de ir acompañada de la documentación siguiente:- Resguardo del ingreso de la tasa
- En caso de actuar mediante representante, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación
- Para licencias gratuitas, la solicitud deberá ir acompañada del documento que acredite la condición de jubilado y del certificado de empadronamiento
Lugar de presentación
a) Presencialmente, conforme al modelo normalizado (Anexo I), en los siguientes lugares: Registros de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.b) Telemáticamente a través del formulario incluido en esta sede electrónica (sólo licencias no gratuitas)
Información Adicional
Para más información sobre la obtención de la licencia y otros aspectos Pinche aquíMarco legal
DOCM: 05/03/15 Orden de 16/02/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se modifica la Orden de 01/02/2013, por la que se establece el modelo y los tipos de licencias de caza, pesca fluvial y matrículas de embarcación y aparatos flotantes en Castilla-La Mancha.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro