HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

010316 HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SJNV HABILITACION PARA EJERCER COMO INFORMADOR TURISTICO DE AMBITO LOCAL

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Objeto

La habilitación como informador turístico local, así como la ampliación a otros municipios, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha en los términos establecidos en el Decreto 96/2006, de 17 de Julio, de ordenación de las profesiones turísticas en Castilla-La Mancha (Diario oficial de Castilla-La Mancha, 21 de Julio de 2006) y su posterior inscripción en el Registro General del Decreto 5/2007.

Destinatarios

Aquellas personas físicas que cumplen los requisitos para solicitar la habilitación como informador turístico local.

Requisitos

a) Tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, de un pais asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o bien de un páis con convenio de reciprocidad con España en este ámbito. b) Estar en posesión del titulo de educación secundaria obligatoria. en el caso de títulos académicos extranjeros obtenidos por los nacionales de un estado miembro de la Unión europea, del Espacio Económico Europeo o de un país con convenio de reciprocidad con España en este ámbito, deberá acreditarse el reconocimeinto, la convalidación o la homologación del mismo por el órgano competente. c) Realizar y aprobar con la calificación de apto, el curso de formación profesional ocupacional que a tal efecto convoque el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, dentro del programa de Formación Profesional Ocupacional.

Importe

Tasa: 10,90 euros

Documentación a aportar

-DNI (sólo en el caso de no otorgar la autorización para su comprobación) -Copia del título de Educación Secundaria Obligatoria o superior (sólo en el caso de no otorgar la autorización para su comprobación) -Acreditación de la realización del curso específico contemplado en el apartado c) del artículo 16 del Decreto 96/2006, de 17 de julio, de Ordenación de las Profesiones Turísticas en Castilla-La Mancha, con la calificación de Apto (sólo en el caso de no otorgar la autorización para su comprobación). -Memoria sobre los recursos turísticos del municipio en el que se pretende ejercer la actividad.

Lugar de presentación

La solicitud se formalizará en el modelo que figura más abajo, y podrá presentarse: a) Preferentemente, de forma telemática mediante el envío de dicho modelo a través del apartado "tramitación on line"mediante D.N.I. electrónico o certificado electrónico de la FNMT. b) En el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha, en las Direcciones Provinciales de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAPAC.

Información Adicional

Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos se considerarán los certificados de profesionalidad y otros cursos superiores a 90 horas, siempre y cuando en su temario se aborden los puntos que señala el Decreto vigente,así como a las personas con títulos oficiales de Diplomados o Licenciados en carreras de la rama de Turismo a efectos de entender cumplido el requisito establecido en el art. 16.1 c) del Decreto 96/2006. Con la notificación de la Resolución favorable a la habilitación se le requerirá la aportación de: - Una foto tamaño carnet. - Justificante del pago de la correspondiente tasa. (10,90 ¿) La habilitación como informador turístico local tendrá una vigencia de cinco años, trascurridos los cuales se producirá la caducidad de la misma, pudiendo, no obstante, solicitar una nueva habilitación. No obstante, será susceptible de renovación por el titular de la misma, siempre que lo solicite antes de la finalización de los cinco años.
DOCM: 12/06/99 Ley 8/1999, de 26/05/1999, , DE ORDENACION DEL TURISMO DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 26/01/07 Decreto 5/2007, de 22/01/2007, , REGULADOR DEL REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS, ESTABLECIMIENTOS, ASOCIACIONES DE EMPRESARIOS TURISTICOS Y ENTIDADES TURISTICAS NO EMPRESARIALES DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 21/07/06 Decreto 96/2006, de 17/07/2006, DE ORDENACION DE LAS PROFESIONES TURISTICAS EN CASTILLA-LA MANCHA

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