Enajenación onerosa de vehículos mediante adjudicación directa.

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a la JCCM vender vehículos innecesarios,obsoletos o deteriorados mediante adjudicación directa.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica,pública o privada.

Requisitos principales

  • Acreditar la personalidad y capacidad.
  • Acreditar la representación,en su caso.
  • Acreditar el abono del precio.

Plazos

Abierto permanentemente

Duración del trámite

TRES MESES

Enajenación onerosa de vehículos mediante adjudicación directa

Consejería de Hacienda,Administraciones Públicas y Transformación Digital

Código de procedimiento:1004906

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¿Qué debes tener en cuenta antes de empezar?

  1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica.

  1. Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

  1. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Información del trámite

Objeto

La JCCM puede vender y dar de baja aquellos vehículos que sean innecesarios,sean obsoletos o estén deteriorados,por su valor de tasación. La adjudicación directa solo cabe en los supuestos de los arts. 87.2 y 117 de la Ley 9/2020,de 6 de noviembre,de Patrimonio de la JCCM.

Destinatarios

Cualquier persona física o jurídica,pùblica o privada.

Requisitos

Acreditar la personalidad y capacidad,y en su caso la representación,y acreditar el abono del precio.

Plazo de resolución

TRES MESES

Tasas

El importe de la venta,previa tasación pericial.

Sentido del silencio

Desestimatorio

Documentación a aportar

La solicitud motivada,la acreditación de los requisitos de capacidad que procedan,según el caso,la aceptación del precio o tasación y,tras la adjudicación,acreditar el abono del precio.

Modelos del trámite

Solicitud

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