ENAJENACION O PERMUTA DE FINCAS DE MASA COMUN EN ZONAS DE CONCENTRACION PARCELARIA | Sede Electrónica
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
PROCEDIMIENTO
010410 ENAJENACION O PERMUTA DE FINCAS DE MASA COMUN EN ZONAS DE CONCENTRACION PARCELARIA
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
EstimatorioS871 ENAJENACION O PERMUTA DE FINCAS DE MASA COMUN EN ZONAS DE CONCENTRACION PARCELARIA
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Venta o permuta de fincas sobrantes de la concentración parcelaria (masa común) adjudicadas una vez transcurridos los tres años desde la declaración de firmeza administrativa del acuerdo de concentración.Destinatarios
Entidades locales, comunidades de regantes, sociedades agrarias de transformación (SAT) y entidades asociativas agrarias a las que previamente se les haya adjudicado dichas fincas.Requisitos
La enajenación deberá llevarse a cabo mediante subasta pública conforme a pliego aprobado por la administración.Documentación a aportar
- Copia de la Resolución de la Dirección General correspondiente por la que se adjudican las tierras sobrantes de la concentración parcelaria.- Copia de la aceptación de la adjudicación, por parte de la entidad, de las anteriores tierras sobrantes.
- Copia de la/s Hoja/s de características de cada una de la/s parcela/s a enajenar o permutar y cuyo propietario debe ser la entidad local, comunidad de regantes, sociedad agraria de transformación (SAT) o entidad asociativa agraria a quien se le adjudicó inicialmente.
- Plano/s catastral o SIGPAC de cada una de la/s parcela/s a enajenar o permutar.
- En el caso de enajenación de parcela/s, modelo de pliego de condiciones económico-administrativas para contratar en procedimiento abierto mediante subasta pública la enajenación de la/s parcela/s.
- Compromiso oficial de que el beneficio obtenido en la venta o el bien adquirido en la permuta se destinará a los fines previstos para la finca inicialmente adjudicada.
- Correspondencia del valor de la finca a vender con el precio solicitado o correspondencia entre los valores de los bienes a permutar.
Lugar de presentación
Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.
Información Adicional
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)Marco legal
Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro
Oficinas de la administración
Oficina Empleo Daimiel
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo
Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas
Oficina Empleo Villacañas
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete
Oficina Empleo Cifuentes
En esta página
- PROCEDIMIENTO
- Plazo de resolución
- Efectos silencio
- S871 ENAJENACION O PERMUTA DE FINCAS DE MASA COMUN EN ZONAS DE CONCENTRACION PARCELARIA
- Plazo de presentación de solicitudes
- Objeto
- Destinatarios
- Requisitos
- Documentación a aportar
- Lugar de presentación
- Información Adicional
- Marco legal
- Oficinas de la administración