Cooperativas y sociedades laborales: arbitraje, conciliación y mediación.
Información Rápida
Objetivo
Permite a socios, cooperativas y sociedades laborales solicitar arbitraje, conciliación o mediación para resolver conflictos.
¿Quién puede solicitarlo?
Socios, cooperativas, sociedades laborales, uniones, federaciones y asociaciones de cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha.
Requisitos principales
- Ser socio de una cooperativa o sociedad laboral de Castilla-La Mancha, o haber perdido esa condición por los hechos que se sometan a arbitraje, conciliación o mediación.
- La cooperativa o sociedad laboral debe estar inscrita en el registro correspondiente de Castilla-La Mancha.
- Suscripción del convenio arbitral si no consta ninguna cláusula compromisoria en los estatutos de la persona demandada.
Plazos
Abierto permanentemente
Duración del trámite
En arbitraje, 3 meses desde la aceptación del nombramiento. En los otros procedimientos no hay plazo.
Resumen
Este trámite permite a socios, cooperativas y sociedades laborales solicitar arbitraje, conciliación o mediación en Castilla-La Mancha. El objetivo es resolver conflictos internos o con terceros de manera extrajudicial.
Quién puede usar este servicio:
- Socios de cooperativas y sociedades laborales.
- Cooperativas y sociedades laborales.
- Uniones, Federaciones y Asociaciones de cooperativas y sociedades laborales.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Escrito de demanda.
- Convenio arbitral (si no hay cláusula compromisoria en los estatutos).
- Documentos que justifiquen tu solicitud.
- Acreditación de representación (si aplica).
- Cualquier otro documento relevante.
Requisitos previos:
- Ser socio de una cooperativa o sociedad laboral de Castilla-La Mancha, o haber perdido esa condición por los hechos que se someten a arbitraje, conciliación o mediación.
- La cooperativa o sociedad laboral debe estar inscrita en el registro correspondiente de Castilla-La Mancha.
- Si no hay una cláusula de compromiso en los estatutos, se necesita un convenio arbitral firmado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación requerida.
- Presenta la solicitud online a través de la sede electrónica de la JCCM o presencialmente en los lugares de presentación.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- Arbitraje: 3 meses desde la aceptación del nombramiento del árbitro.
- Conciliación y mediación: No hay un plazo definido.
Ayuda
Contacto:
Comisión de Arbitraje, Conciliación y Mediación (Servicio de Economía Social en Toledo):
- cooperativas.sscc@jccm.es
- 925288000
Recursos adicionales:
Marco legal: