Comunicación de misión inversa de la ayuda a la promoción del vino en mercados de terceros países
Información Rápida
Objetivo
Recibir la comunicación de la misión inversa relacionada con las ayudas a la promoción del vino en mercados de terceros países y, si es necesario, realizar un control en el lugar.
¿Quién puede solicitarlo?
Beneficiarios que han aceptado la resolución de concesión del Director General de Alimentación de su programa de promoción del vino en mercados de terceros países y vayan a realizar en dicho programa una misión inversa.
Requisitos principales
- Ser beneficiario de las ayudas a la promoción del vino en mercados de terceros países.
- Haber aceptado la resolución de concesión del Director General de Alimentación para su programa de promoción.
- Estar realizando una misión inversa dentro de dicho programa.
Plazos
Abierto permanentemente.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El silencio administrativo es desestimatorio.
Resumen
Este trámite permite a los beneficiarios de las ayudas a la promoción del vino en mercados de terceros países comunicar la realización de una misión inversa. También permite, si es necesario, realizar un control en el lugar de la misión.
Quién puede usar este servicio:
- Beneficiarios que han aceptado la resolución de concesión del Director General de Alimentación de su programa de promoción del vino en mercados de terceros países.
- Beneficiarios que vayan a realizar una misión inversa dentro de dicho programa.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos.
- Prepara la documentación necesaria en formato electrónico.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Relación de asistentes (Anexo IX).
Requisitos previos:
- Estar dentro de los plazos establecidos.
- Cumplir con los requisitos técnicos y administrativos.
- Disponer de certificado electrónico admitido.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de resolución es de seis meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica de la JCCM.
- Identifícate mediante certificado digital o Clave de firma.
- Completa el formulario de comunicación.
- Adjunta la relación de asistentes (Anexo IX).
- Firma y presenta la comunicación de forma telemática.
Información sobre cada etapa:
- La presentación de la comunicación se realiza únicamente de forma telemática.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la comunicación.
- Si es necesario, se realizará un control en el lugar de la misión inversa.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de seis meses.
- El silencio administrativo se considera desestimatorio.
Siguientes pasos:
- Estar atento a las notificaciones de la administración.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Recursos adicionales:
Marco Legal
- Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
- Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Orden 251/2022, de 27 de diciembre, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países, dentro de la intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el período 2024-2027 y se establece su convocatoria para todo el período. Extracto BDNS (Identif.): 667124.