AYUDAS A MANCOMUNIDADES CON CARGO AL FONDO REGIONAL DE COOPERACION LOCAL | Sede Electrónica

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

030096 AYUDAS A MANCOMUNIDADES CON CARGO AL FONDO REGIONAL DE COOPERACION LOCAL

Plazo de resolución

2 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SIUB AYUDAS A MANCOMUNIDADES CON CARGO AL FONDO REGIONAL DE COOPERACION LOCAL

Plazo de presentación de solicitudes


Del Sáb, 27 Feb 2010 al Vie, 26 Mar 2010

Objeto

Conceder ayudas a las mancomunidades de municipios de Castilla-La Mancha para la financiación de proyectos de inversión de obra o equipamiento con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local.

Destinatarios

Podrán optar a las ayudas contempladas en la presente Orden todas las mancomunidades de municipios de Castilla-la Mancha que tengan legalmente aprobados sus Estatutos a fecha de su publicación.

Requisitos

Pueden optar a la condición de beneficiarios de las ayudas convocadas todas las mancomunidades de municipios de Castilla-La Mancha que tengan legalmente aprobados sus Estatutos en la fecha de publicación de la Resolución por la que se convocan estas ayudas.

Las obligaciones de los beneficiarios serán las establecidas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cuanto a los requisitos de la inversión, las inversiones y equipamientos subvencionables son los necesarios para el cumplimiento de los fines contemplados en los Estatutos de cada mancomunidad o de los que, con arreglo al procedimiento previsto en los mismos, puedan ser atendidos por la mancomunidad aunque no estén expresamente recogidos en aquélllos.

Importe

La cuantía de las ayudas no podrá superar el límite del 80 por ciento del coste de la inversión subvencionada, sin que en ningún caso pueda ser de tal cuantía que, aisladamente, ingresos o recursos, superen el coste de la inversión o proyecto subvencionado, ni su importe máximo pueda exceder de 100.000 euros.

Criterios

- Necesidad de la inversión o equipamiento
- Capacidad económica de la mancomunidad para la realización de la inversión o equipamiento
- Relación de las inversiones y equipamientos solicitados respecto de las señaladas como preferentes en el art. 82 de la Ley 3/1991
- Contribución económica de la Mancomunidad para la financiación de la inversión o equipamiento
- Mejora que suponga, en su caso, la realización de la inversión o la implantación o mantenimiento del servicio

Documentación a aportar

Solicitud, cumplimentada en el modelo que se acompaña como anexo, que podrá presentarse por internet desde esta misma ficha, llamando al teléfono único de información 012 (902267090 para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha) o por fax.
Con posterioridad, en caso de ser estimatoria la resolución, habría que presentar la siguiente documentación (esta documentación no tendrá que presentarse por internet):
a) Memoria de la Presidencia de la Mancomunidad sobre el programa de inversión a financiar o el equipamiento necesario para el cumplimiento de sus fines estatutarios.
b) Certificación del acuerdo o resolución adoptada por el órgano de la mancomunidad competente, por el que se decida concurrir a la presente convocatoria, en el que se indicará el destino de la ayuda, el presupuesto de la inversión o equipamiento y el plan de financiación.
c) Copia de la liquidación del presupuesto de 2008, en caso de que no la haya remitido con anterioridad.
d) Memoria valorada, anteproyecto o proyecto básico de la inversión para la que se solicita la ayuda.
e) Memoria de la Presidencia sobre actividades realizadas durante el ejercicio 2009.
f) Declaración responsable de que la Mancomunidad se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
g) Para las Entidades que estén obligadas a ello, declaración responsable de que la Entidad dispone de un plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de la subvención.

Lugar de presentación

Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

Información Adicional

Las actuaciones objeto de las ayudas deberán justificarse antes del 15 de diciembre de 2010, con arreglo a las siguientes reglas:
a) Si se trata de obras se requerirá:
- Copia del contrato formalizado.
- Certificación de obras suscrita por técnico competente, aprobada por el órgano de la mancomunidad con competencia para ello, y su correspondiente factura.
- Relación certificada de facturas, en las obras ejecutadas por administración, aprobada por el órgano competente.
- Si se trata de obras cuyo presupuesto de contrato no supera los 50.000 euros, la mancomunidad podrá optar por remitir factura o relación de facturas, aprobada por el órgano de la mancomunidad con atribuciones para ello.
b) Si se trata de la adquisición de equipamiento:
- Factura de la adquisición o copia compulsada, aprobada por el órgano de la Mancomunidad con competencia para ello.
DOCM: 19/02/10 Decreto 7/2010, de 16/02/2010, por el que se modifica el porcentaje del Fondo Regional de Cooperación Local durante el año 2010, en la parte destinada a financiar gastos de carácter incondicionado, para los municipios de Castilla-La Mancha.
DOCM: 26/02/10 Resolución de 18/02/2010, por la que se convocan, para el año 2010, las ayudas a Mancomunidades con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local.
DOCM: 24/11/10 Resolución de 10/11/2010, por la que se modifica de forma puntual, la resolución por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a Mancomunidades con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local.
DOCM: 26/01/09 Orden de 20/01/2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, por la que se estabecen las bases reguladoras de las ayudas del Fondo Regional de Cooperación Local para Mancomunidades de municipios.

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