Ayudas a hijas e hijos en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Proporcionar apoyo económico a hijas e hijos que han perdido a sus madres a causa de la violencia de género.

¿Quién puede solicitarlo?

Hijas e hijos en situación de orfandad por homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género.

Requisitos principales

  • Ser menor de 21 años, o menor de 25 si se tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tener domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha, o que la última residencia de la madre estuviera en algún municipio de la región.
  • Si es mayor de 14 años y extranjero, poseer el Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
  • No estar incurso en causas que impidan ser beneficiario de subvenciones, aunque se permite no estar al corriente de obligaciones de reintegro, tributarias o con la Seguridad Social.

Plazos

Del 01/01/2025 al 31/12/2025

Duración del trámite

Tres meses

Resumen

Este trámite ofrece ayudas económicas directas a hijas e hijos que han quedado huérfanos debido a la violencia de género, específicamente cuando sus madres han sido víctimas mortales.

Destinatarios

Hijas e hijos en situación de orfandad por homicidio o asesinato de sus madres a causa de la violencia de género.

Requisitos

  • Ser menor de 21 años, o menor de 25 si se tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tener domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha, o que la última residencia de la madre estuviera en algún municipio de la región.
  • Si es mayor de 14 años y extranjero, poseer el Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
  • No estar incurso en causas que impidan ser beneficiario de subvenciones, aunque se permite no estar al corriente de obligaciones de reintegro, tributarias o con la Seguridad Social.

Cómo solicitarlo

La solicitud se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) con firma electrónica.

Documentación necesaria

La documentación requerida está especificada en el artículo 7 de la Orden que establece las bases reguladoras de estas ayudas.

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver la solicitud es de tres meses.


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