AYUDAS A FAMILIARES EN SITUACION DE DEPENDENCIA DE LA MUJER VICTIMA MORTAL POR VIOLENCIA DE GENERO | Sede Electrónica

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

030805 AYUDAS A MENORES DE EDAD EN SITUACION DE ORFANDAD COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GENERO Y A FAMILIARES EN SITUACION DE DEPENDENCIA DE LA MUJER VICTIMA MORTAL COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA DE GENERO

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SL52 AYUDAS A FAMILIARES EN SITUACION DE DEPENDENCIA DE LA MUJER VICTIMA MORTAL POR VIOLENCIA DE GENERO

Plazo de presentación de solicitudes


Del Vie, 31 Mayo 2019 al Mar, 31 Dic 2019

Objeto

Concesión directa de ayudas económicas destinadas a los familiares en situación de dependencia de mujeres víctimas mortales de la violencia machista cuya última vecindad administrativa fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha.

Destinatarios

Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda a familiares en situación de dependencia, de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género, los familiares en situación de dependencia que conviviesen en el mismo domicilio, cuando la última vecindad administrativa de la víctima fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha.

Requisitos

Para poder percibir la ayuda económica se deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud y mantenerlos durante todo el tiempo en que se perciban las ayudas:
a) Que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal.
b) Que sea familiar de primer grado de consanguinidad de la mujer víctima y que tenga más de 21 años.
c) Que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia establecidos en el artículo 26 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
d) Que tenga domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha.
e) Que esté en posesión del Número de Identificación de Extranjeros (N.I.E.), en caso de personas extranjeras.
f) Que no esté incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a excepción de lo previsto en su letra e) y g).

Importe

La cuantía máxima individual de la ayuda a familiares en situación de dependencia, de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género, en función del grado de dependencia, asciende a:
a) Por cada familiar en situación de dependencia, que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal, para el grado I: 4.000 euros.
b) Por cada familiar en situación de dependencia, que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal, para el grado II: 9.000 euros.
c) Por cada familiar en situación de dependencia, que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal, para el grado III: 15.000 euros.

Estas ayudas se financiará con cargo a la partida presupuestaria 7001.G.323B.48126.

Criterios

Las ayudas se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 75.2.b) de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, atendiendo al cumplimiento de los requisitos que justifican su otorgamiento.

Documentación a aportar

Para la ayuda a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género:
- Copia del libro de Familia.
- Certificación del padrón municipal en el que conste la última residencia de la mujer víctima mortal de la violencia de género.

Lugar de presentación

a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DOCM: 30/05/19 Decreto 44/2019, de 21 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género. Extracto BDNS (Identif.): 457518.
DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 01/08/03 Decreto 252/2003, de 29 de julio, modificado por Decreto 211/2015, de 20 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
DOCM: 04/12/02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
DOCM: 15/10/18 Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

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