AUTORIZACION EXCEPCIONAL DE CAPTURA DE ESPECIES CINEGETICAS. | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
PROCEDIMIENTO
010199 AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES DE METODOS PROHIBIDOS
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
DesestimatorioSK0V AUTORIZACION EXCEPCIONAL DE CAPTURA DE ESPECIES CINEGETICAS.
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el año.Objeto
Autorizar, de forma excepcional, la captura de especies cinegéticasDestinatarios
Titulares de terrenos cinegéticos.Propietarios de fincas no incluidas en terrenos cinegéticos
Requisitos
Notificación previa a los Órganos Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y al puesto de la Guardia Civil de la demarcación de su uso, en el plazo mínimo de 10 días antes de su inicio.Documentación a aportar
Solicitud según modelo Anexo I. Justificante del pago de tasa.Lugar de presentación
Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática mediante firma electrónica
Información Adicional
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifas 11 y 18).Para más información pinche aquí: TASA_007
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@
Marco legal
Decreto 141/1996, de 09/12/1996, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE APLICACION DE LA LEY 2/1993, DE 15 DE JULIO, DE CAZA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 12/03/15 Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro