AUTORIZACION DE USOS COMPATIBLES/COMPLEMENTARIOS EN VIAS PECUARIAS | Sede Electrónica
Actualizado el 3 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO
040137 AUTORIZACION DE USOS COMPATIBLES/COMPLEMENTARIOS EN VIAS PECUARIAS
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
EstimatorioSJNK AUTORIZACION DE USOS COMPATIBLES/COMPLEMENTARIOS EN VIAS PECUARIAS
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Solicitud de la autorización para usos compatibles/complementarios en vías pecuariasDestinatarios
Organismos públicos, asociaciones o personas interesadas en la realización de algún uso compatible o complementarioLugar de presentación
A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sedeInformación Adicional
En caso de plantaciones lineales, cortavientos y ornamentales (cuando permitan y no dificulten el normal tránsito ganadero), éstas respetarán, con las fincas o bienes colindantes, las distancias establecidas en el Código Civil y las condiciones que reglamentariamente pudieran establecerse.Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 5).Para más información Pinche aquí
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Marco legal
DOCM: 08/04/03 - Ley 9/2003, de 20/03/2003, VIAS PECUARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. BOE» núm. 285, de 27 de noviembre de 1992, páginas 40300 a 40319
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro