AUTORIZACION DE PRORROGAS DE DERECHOS MINEROS | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
010132 AUTORIZACION DE PRORROGAS DE DERECHOS MINEROS
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
DesestimatorioSJ91 AUTORIZACION DE PRORROGAS DE DERECHOS MINEROS
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Autorización de la prórroga de derechos mineros de las secciones C) y D): Permisos de Investigación, Concesiones Directas y Derivadas.Destinatarios
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos mineros.Requisitos
Ser titular de derecho minero.Importe
Tasa: en función de presupuesto tarifa 4Documentación a aportar
1.- Fotocopia del DNI o escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica.2.- Información ambiental básica.
3.- Justificante del pago de tasas.
4.- Declaración responsable de los técnicos competentes proyectistas y Director de la ejecución de trabajos/obras, en los casos en > los que no es obligatorio el visado del Colegio Oficial correspondiente.
5.- Permisos de Investigación: a) Memoria firmada por el director facultativo correspondiente, con detalle de los trabajos realizados y los necesarios para completar la investigación, inversiones efectuadas y programa para el desarrollo de la investigación. b) Documento ambiental.
6.- Concesiones: a) Informe detallado suscrito por el director facultativo, en el que deberá demostrarse la continuidad del recurso explotado o el descubrimiento de uno nuevo, cálculo de reservas, proyecto general de explotación para el siguiente periodo y técnicas de explotación, tratamiento y beneficio adecuadas al progreso técnico. b) Documento ambiental.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.Marco legal
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo.
DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla-La Mancha
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro