Autorización de explotación de instalaciones eléctricas
Información Rápida
Objetivo
Permite obtener la autorización para operar nuevas instalaciones eléctricas o modificaciones de las existentes.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de instalaciones eléctricas de alta tensión.
Requisitos principales
- En general, se debe haber obtenido previamente la autorización administrativa de construcción, excepto para modificaciones no sustanciales.
Plazos
Plazo de solicitud abierto todo el año. Debe presentarse en el plazo establecido en las autorizaciones administrativas previas o de construcción, si aplica.
Duración del trámite
1 MES
Información adicional
Una vez presentada la solicitud y el certificado, las instalaciones pueden ponerse en marcha provisionalmente bajo la responsabilidad del titular y el director de obra, hasta que se emita la autorización de explotación (según el Decreto 80/2007).
Resumen
Este trámite permite obtener la autorización para poner en marcha y operar nuevas instalaciones eléctricas o modificaciones de las existentes, una vez que el proyecto ha sido ejecutado.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de instalaciones eléctricas de alta tensión que requieran esta autorización, según el artículo 53 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
Lo que necesitas
Requisitos:
- En general, se debe haber obtenido previamente la autorización administrativa de construcción, excepto para modificaciones no sustanciales.
Documentación a aportar:
- Certificado de dirección de obra firmado por un técnico competente, que confirme que la instalación se realizó según el proyecto aprobado y cumple la normativa.
- Declaración responsable del técnico que firma la dirección de obra.
- Certificado de instalación de la empresa instaladora (si es necesario según la normativa).
- Certificado de inspección inicial por un organismo de control (si es necesario según la normativa).
- Certificado que acredite un contrato de mantenimiento con una empresa instaladora para instalaciones de alta tensión, o el compromiso de realizarlo con medios propios.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Ejecutar el proyecto de la instalación eléctrica.
- Reunir la documentación necesaria (certificados, declaraciones, etc.).
- Presentar la solicitud y la documentación.
Dónde presentar la solicitud:
- Online: A través de la sede electrónica de la JCCM, utilizando certificado digital o Clave de firma: Tramitar
- Presencial: En los lugares de presentación indicados: lugares de presentación
Plazo de presentación:
- Abierto todo el año. Debe presentarse en el plazo establecido en las autorizaciones administrativas previas o de construcción, si aplica.
Después de hacerlo
- Una vez presentada la solicitud y el certificado, las instalaciones pueden ponerse en marcha provisionalmente bajo la responsabilidad del titular y el director de obra, hasta que se emita la autorización de explotación (según el Decreto 80/2007).
Plazo de resolución: 1 mes.
Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Ayuda
Información adicional:
- En el caso de instalaciones que deban ser cedidas a una empresa distribuidora, la autorización de explotación se extenderá a favor de la misma. Se debe solicitar la cesión a la empresa distribuidora (ver ficha "AUTORIZACIÓN DE TRANSMISIÓN DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE ALTA TENSIÓN").
Marco legal
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/2008, de 13/11/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE REGULACION DE TASAS EN MATERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Decreto 80/2007, de 19/06/2007, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION DE INSTALACIONES DE ENERGIA ELECTRICA A TRAMITAR POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SU REGIMEN DE REVISION E INSPECCION