Autorización de espectáculos taurinos en plaza de toros no permanente o portátil
Información Rápida
Objetivo
Permite a empresas y organizadores obtener la autorización para celebrar espectáculos taurinos en plazas no permanentes o portátiles dentro de Castilla-La Mancha.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y organizadores de espectáculos taurinos.
Requisitos principales
- Cumplir con el artículo 28 del RD 145/1996 (Reglamento de Espectáculos Taurinos).
- Cumplimiento de los requisitos reglamentarios.
Plazos
La solicitud debe presentarse con una antelación de al menos cinco días hábiles a la celebración del espectáculo.
Duración del trámite
48 horas siguientes a la fecha en la que documentación quede completada
Información adicional
Los certificados de los/las profesionales intervinientes que estén colegiados, y de las personas jurídicas, deberán presentarse con firma electrónica, de conformidad con el art. 14.2 de la Ley 39/2015. El Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, establece que las reses sangradas se trasladarán obligatoriamente a un matadero, que: - Si está ubicado dentro de la Comunidad Autónoma CLM debe ser previamente comunicado a la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad: [https://www.jccm.es/tramites/1005160](https://www.jccm.es/tramites/1005160) - Si está ubicado fuera de CLM debe ser autorizado por la Comunidad Autónoma de destino: [https://www.jccm.es/tramites/1005161](https://www.jccm.es/tramites/1005161)
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para celebrar espectáculos taurinos en plazas de toros no permanentes o portátiles en Castilla-La Mancha.
Quién puede usar este servicio: Empresas y organizadores de espectáculos taurinos.
Plazo de presentación: La solicitud debe presentarse al menos cinco días hábiles antes del evento.
Lo que necesitas
- Tasas: El importe varía según el tipo de espectáculo (ver detalle en la sección de Tasas).
- Documentación: Consulta la lista completa en la sección 'Documentación a aportar'.
Cómo hacerlo
- Online: A través de la sede electrónica de la JCCM, utilizando certificado digital o Clave de firma: Tramitar
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 48 horas una vez que la documentación esté completa.
- Sentido del silencio administrativo: Estimatorio (si no hay respuesta en el plazo, se entiende que la solicitud ha sido aprobada).
Ayuda
- Contacto:
- Delegación Provincial de Albacete: autorizacionesdelegacion.ab@jccm.es
- Delegación Provincial de Ciudad Real: proteccionciudadanacr@jccm.es
- Delegación Provincial de Cuenca: aapp.cu.autorizaciones@jccm.es
- Delegación Provincial de Guadalajara: dpgu.espectaculos@jccm.es
- Delegación Provincial de Toledo: torostoledo@jccm.es
- Marco Legal:
- Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
- Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
- Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.
- Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.