Autorización de enajenación de bienes inmuebles y derechos cuando su valor exceda del 25 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación Local
Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Objetivo
Permite a las entidades locales solicitar permiso para vender propiedades o derechos cuando el valor de la venta supera el 25% de sus ingresos anuales.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades Locales con personalidad jurídica.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos de legalidad para la enajenación de bienes.
- Que el valor de los bienes supere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto.
Plazos
Abierto permanentemente
Duración del trámite
6 MESES
Resumen
Este trámite permite a las entidades locales solicitar autorización para vender propiedades o derechos cuando el valor de la venta supera el 25% de sus ingresos anuales.
Lo que necesitas
- Documentación a aportar:
- Providencia de Alcaldía.
- Certificado de Inventario de Bienes.
- Certificado de Registro de la Propiedad.
- Informe técnico de valoración.
- Informe de Secretaría.
- Copia diligenciada del Pliego de Cláusulas.
- Informe de Intervención.
- Certificación sobre la calificación y clasificación urbanística de los terrenos.
- Certificación del acuerdo de pleno de aprobación del expediente de enajenación.
Cómo hacerlo
- Preparación: Reúne toda la documentación necesaria en formato electrónico.
- Tramitación Online: Accede a la sede electrónica de la JCCM a través de este enlace, utilizando certificado digital o Clave de firma.
- Tramitación Presencial: Presenta la documentación en los lugares de presentación habilitados.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 6 meses.
- Sentido del silencio administrativo: Estimatorio (si no hay respuesta en 6 meses, se entiende que la solicitud ha sido aprobada).
Ayuda
- Servicio de Alertas Informativas para recibir actualizaciones sobre este trámite.