Autorización de actividades de acondiciónamiento de grano destinado a la siembra y registro de transformadores de Castilla-La Mancha.

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas o empresas obtener la autorización para acondicionar grano destinado a la siembra y registrarse como transformadores en Castilla-La Mancha.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas interesadas en ejercer la actividad como servicio a terceros y cooperativas y S.A.T. para sus asociados.

Requisitos principales

  • Disponer de instalaciones adecuadas
  • Someterse a los controles establecidos

Plazos

Abierto permanentemente

Duración del trámite

3 MESES

Información adicional

Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: <a href="https://notifica.jccm.es/Notificador">https://notifica.jccm.es/Notificador</a>)

Resumen

Este trámite permite a las personas o empresas obtener la autorización para acondicionar grano destinado a la siembra y registrarse como transformadores en Castilla-La Mancha.

Lo que necesitas

  • Requisitos: Disponer de instalaciones adecuadas y cumplir con los controles establecidos.
  • Documentación a aportar:
    • Fotocopia del NIF del solicitante (si no autoriza la consulta).
    • Estatutos de la cooperativa o escrituras de constitución de la sociedad (si aplica).
    • Memoria explicativa de la actividad.
    • Croquis acotados de las instalaciones y almacenes.
    • Modelo 046 de pago de tasas.

Cómo hacerlo

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria.
  2. Tramitación: Puedes realizar el trámite online a través de la sede electrónica de la JCCM (con certificado digital o Clave de firma) o de forma presencial en los lugares de presentación indicados: Tramitar
  3. Pago de tasas: Cumplimenta el modelo 046 y realiza el pago en una entidad de crédito colaboradora, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o de forma electrónica.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Sentido del silencio administrativo: Estimatorio (si no hay respuesta en 3 meses, se entiende que la solicitud ha sido aprobada).

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