Autorización administrativa previa y de construcción de nueva instalación o modificación sustancial de instalación eléctrica del grupo segundo

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite obtener la autorización para construir o modificar instalaciones eléctricas del grupo segundo, según la normativa de Castilla-La Mancha.

¿Quién puede solicitarlo?

Dueños de instalaciones eléctricas de alta tensión incluidas en el grupo segundo, definido en el Decreto 80/2007.

Requisitos principales

  • Acreditar capacidad legal, técnica y económica.
  • Cumplir los requisitos del artículo 53 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y los artículos 37 y 121 del Real Decreto 1955/2000.

Plazos

Plazo abierto todo el año

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La tramitación de la autorización administrativa previa y la de construcción debe realizarse de forma conjunta.

Resumen

Este trámite permite obtener la autorización para construir nuevas instalaciones eléctricas o modificar sustancialmente las existentes, siempre que estén clasificadas en el grupo segundo según el Decreto 80/2007 de Castilla-La Mancha.

Quién puede usar este servicio:

Los dueños de instalaciones eléctricas de alta tensión que se encuentren en el grupo segundo, tal como lo define el artículo 3 del Decreto 80/2007.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de autorización administrativa previa y de construcción.
  • Justificación de tu capacidad legal, técnica y económica.
  • Proyecto técnico de la instalación, firmado por un técnico competente y visado por su colegio oficial. Este proyecto debe incluir:
    • Memoria descriptiva con ubicación, finalidad y características de la instalación.
    • Planos a escala mínima 1:50.000.
    • Pliego de condiciones.
    • Estudio de seguridad y salud.
  • Separatas del proyecto que afecten a otras administraciones, organismos o empresas de servicios públicos.
  • Declaración responsable del técnico que firma el proyecto (si no está visado).
  • Declaración responsable que acredite el cumplimiento de la normativa.
  • Acreditación de la conformidad de la empresa de transporte o distribución para conectar la instalación a su red (si aplica).
  • Acreditación de la constitución y depósito de la fianza correspondiente (si aplica).
  • Justificante de pago de las tasas.

Costes:

  • Tasas por la solicitud de autorización administrativa previa (tarifa 3.2).
  • Tasas por la solicitud de autorización administrativa de construcción (tarifa 3.3).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne toda la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud y la documentación de forma online a través de la sede electrónica de la JCCM o presencialmente en los lugares habilitados.
  3. Realiza el pago de las tasas correspondientes.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La Dirección General competente en materia de energía o las Delegaciones Provinciales (dependiendo del tipo de instalación) revisarán tu solicitud.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Sentido del silencio administrativo:

Si no recibes respuesta en 3 meses, se considera que la solicitud ha sido denegada.

Ayuda

Información adicional:

Marco legal:


Preguntas frecuentes


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