Autorización administrativa para la transmisión de instalaciones gasistas de competencia autonómica

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener la autorización para transferir la titularidad de instalaciones de gas cuya competencia recae en la Comunidad Autónoma.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de instalaciones de transporte secundario de gas natural o distribución de combustibles gaseosos.

Requisitos principales

  • Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 5 ó 9 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, o del artículo 11 del real decreto 1085/1992, de 11 de septiembre.
  • Acreditar la capacidad legal, técnica y económica del solicitante.

Plazos

Plazo abierto todo el año.

Duración del trámite

3 MESES

Información adicional

Una vez otorgada la autorización, el solicitante deberá comunicar la transmisión a la Dirección Transición Energética en el plazo de un mes desde que se haga efectiva.

Resumen

Este trámite permite obtener la autorización administrativa necesaria para transferir la titularidad de instalaciones de gas que son competencia de la Comunidad Autónoma.

Destinatarios

Este trámite está dirigido a los titulares de instalaciones de transporte secundario de gas natural o distribución de combustibles gaseosos que deseen transferir la titularidad de dichas instalaciones.

Requisitos

Los solicitantes (tanto el actual titular como el nuevo) deben cumplir con los requisitos legales y técnicos para operar este tipo de instalaciones, según lo establecido en la normativa vigente (Real Decreto 1434/2002 y Real Decreto 1085/1992).

Cómo hacerlo

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios para acreditar la capacidad legal, técnica y económica del solicitante.
  2. Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM o de forma presencial en los lugares de presentación habilitados.
  3. Comunicar la transmisión: Una vez obtenida la autorización y realizada la transmisión, debes comunicarlo a la Dirección Transición Energética en el plazo de un mes.

Plazos

  • Plazo de presentación: Abierto todo el año.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio (si no hay respuesta en 3 meses, se entiende que la solicitud ha sido denegada).

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

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