ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION. | Sede Electrónica

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

190019 ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION.

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SKYM ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION.

Plazo de presentación de solicitudes

La Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha puede adquirir por herencia, legado o donación, en cualquier momento.

Objeto

Ya se adquiera por actos intervivos o mortis causa, se analizará la situación física y jurídica del bien o derecho afectado y se procederá a su tasación pericial, que incluirá las cargas que le afecten, si las hubiere. En caso de herencia, se adquiere siempre a beneficio de inventario.
La tramitación corresponde a la Consejería competente en materia de patrimonio, resolviendo el Consejero, salvo que se trate de bienes de interés cultural, artístico o histórico.

Destinatarios

El testador, legatario o donante, pueden ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

Requisitos

- Acreditación de la personalidad y capacidad del testador, legatario o donante con arreglo a las normas civiles y su voluntad fehaciente de llevar a cabo el acto de libre disposición.

- Cuando la disposición se efectúe para un fin concreto, la Administración analizará la conveniencia y oportunidad de aceptar y se solicitará previamente informe a la Consejería competente en atención al destino previsto, con objeto de que confirme su interés en la adquisición y el posible cumplimiento del fin señalado.

- Se llevará a cabo la tasación del bien o derecho y, en su caso, las cargas de los mismos si las hubiere, si se trata de herencias se aceptará siempre a beneficio de inventario.

- El órgano competente para la aceptación es el Consejero en materia de patrimonio, salvo que se trate de bienes de interés cultural, artístico o histórico, en cuyo caso lo será el de Cultura.

Importe

Los bienes o derechos afectados, con carácter previo a la aceptación, deben ser tasados por los servicios técnicos de valoración de la Junta de Comunidades o, en su caso, por quien ostente la competencia en función del tipo de bien de que se trate. También deben tasarse las cargas y gravámenes, si los hubiere.

Criterios

La adquisición está supeditada a que el bien o derecho sea de interés para el ejercicio de las competencias de la Administración regional, o pueda reportar beneficio o interés económico.

- Si el testador, legatario o donante establecen que se debe establecer un fin concreto, de aceptarse la disposición, la administración debe dar cumplimiento al fin señalado.

Documentación a aportar

- La adquisición gratuita intervivos de bienes y derechos requerirá la aportación al expediente de la documentación que acredite la personalidad y capacidad del donante, su voluntad fehaciente de donar (si es persona jurídica el acuerdo se adoptará por el órgano competente y con los requisitos previstos para este negocio en su normativa propia) y la titularidad del sobre el bien o derecho ofrecido - registral y catastral, en su caso - , con expresión de las cargas y gravámenes que le afectan.

- Si se actúa mediante representante, se deberá acreditar la representación, en los términos previstos en el art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- En las adquisiciones por causa de muerte, además de lo anterior, se aportará al expediente el certificado de defunción, el testamento, el certificado de actos de últimas voluntades y el del servicio de índices de Colegio de Registradores y Mercantiles de España.

Lugar de presentación

En el registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, y en cualesquiera lugares de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información Adicional

Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:

Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
Teléfono: 925-266500.
DOCM: 03/12/85 Ley 6/1985, de 13/11/1985, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DEL PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.

Tramitación

Online

Alertas informativas


Oficinas de la administración

Consultorio Local Carrizosa

Calle Encomienda 9, 13329, Carrizosa

Tel. 926369029

Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara

Cuesta San Miguel 1, 19071, Guadalajara

Tel. 949888800

Oficina Comarcal Agraria Belmonte

Calle Recaredo Baillo 3, 16640, Villamayor de Santiago

Tel. 969176889

Oficina Empleo Daimiel

Calle Prim 24, 13250, Daimiel

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo

Calle Duque de Lerma 3, 45071, Toledo

Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas

Carretera Aguas Nuevas KM 6,7, 02049, Albacete

Oficina Empleo Villacañas

Plaza De España 16, 45860, Villacañas

Direccion Enfermeria

Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real

Tel. 926646000

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete

Oficina Comarcal Agraria Tarancon

Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón

Tel. 969176886

Oficina Empleo Cifuentes

Calle Del Remedio 19, 19420, Cifuentes

Consultorio Local Aliaguilla

Calle Casa del Medico S/N, 16313, Aliaguilla

Tel. 969364017

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