ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION. | Sede Electrónica
Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO
190019 ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION.
Plazo de resolución
3 MESESEfectos silencio
DesestimatorioSKYM ADQUISICION A TITULO GRATUITO POR HERENCIA, LEGADO O DONACION.
Plazo de presentación de solicitudes
La Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha puede adquirir por herencia, legado o donación, en cualquier momento.Objeto
Ya se adquiera por actos intervivos o mortis causa, se analizará la situación física y jurídica del bien o derecho afectado y se procederá a su tasación pericial, que incluirá las cargas que le afecten, si las hubiere. En caso de herencia, se adquiere siempre a beneficio de inventario.La tramitación corresponde a la Consejería competente en materia de patrimonio, resolviendo el Consejero, salvo que se trate de bienes de interés cultural, artístico o histórico.
Destinatarios
El testador, legatario o donante, pueden ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.Requisitos
- Acreditación de la personalidad y capacidad del testador, legatario o donante con arreglo a las normas civiles y su voluntad fehaciente de llevar a cabo el acto de libre disposición.- Cuando la disposición se efectúe para un fin concreto, la Administración analizará la conveniencia y oportunidad de aceptar y se solicitará previamente informe a la Consejería competente en atención al destino previsto, con objeto de que confirme su interés en la adquisición y el posible cumplimiento del fin señalado.
- Se llevará a cabo la tasación del bien o derecho y, en su caso, las cargas de los mismos si las hubiere, si se trata de herencias se aceptará siempre a beneficio de inventario.
- El órgano competente para la aceptación es el Consejero en materia de patrimonio, salvo que se trate de bienes de interés cultural, artístico o histórico, en cuyo caso lo será el de Cultura.
Importe
Los bienes o derechos afectados, con carácter previo a la aceptación, deben ser tasados por los servicios técnicos de valoración de la Junta de Comunidades o, en su caso, por quien ostente la competencia en función del tipo de bien de que se trate. También deben tasarse las cargas y gravámenes, si los hubiere.Criterios
La adquisición está supeditada a que el bien o derecho sea de interés para el ejercicio de las competencias de la Administración regional, o pueda reportar beneficio o interés económico.- Si el testador, legatario o donante establecen que se debe establecer un fin concreto, de aceptarse la disposición, la administración debe dar cumplimiento al fin señalado.
Documentación a aportar
- La adquisición gratuita intervivos de bienes y derechos requerirá la aportación al expediente de la documentación que acredite la personalidad y capacidad del donante, su voluntad fehaciente de donar (si es persona jurídica el acuerdo se adoptará por el órgano competente y con los requisitos previstos para este negocio en su normativa propia) y la titularidad del sobre el bien o derecho ofrecido - registral y catastral, en su caso - , con expresión de las cargas y gravámenes que le afectan.- Si se actúa mediante representante, se deberá acreditar la representación, en los términos previstos en el art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las adquisiciones por causa de muerte, además de lo anterior, se aportará al expediente el certificado de defunción, el testamento, el certificado de actos de últimas voluntades y el del servicio de índices de Colegio de Registradores y Mercantiles de España.
Lugar de presentación
En el registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, y en cualesquiera lugares de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Información Adicional
Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
Teléfono: 925-266500.
Marco legal
DOCM: 03/12/85 Ley 6/1985, de 13/11/1985, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DEL PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.
Tramitación
Oficinas de la administración
Consultorio Local Carrizosa
Calle Encomienda 9, 13329, Carrizosa
Tel. 926369029
Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara
Cuesta San Miguel 1, 19071, Guadalajara
Tel. 949888800
Oficina Comarcal Agraria Belmonte
Calle Recaredo Baillo 3, 16640, Villamayor de Santiago
Tel. 969176889
Oficina Empleo Daimiel
Calle Prim 24, 13250, Daimiel
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo
Calle Duque de Lerma 3, 45071, Toledo
Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas
Carretera Aguas Nuevas KM 6,7, 02049, Albacete
Oficina Empleo Villacañas
Plaza De España 16, 45860, Villacañas
Direccion Enfermeria
Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real
Tel. 926646000
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete
Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete
Oficina Comarcal Agraria Tarancon
Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón
Tel. 969176886
Oficina Empleo Cifuentes
Calle Del Remedio 19, 19420, Cifuentes
Consultorio Local Aliaguilla
Calle Casa del Medico S/N, 16313, Aliaguilla
Tel. 969364017
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