Gobierno de Cantabria

  • Procedimiento sancionador para el control de los animales de compañí­a.

    Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Asegurar el bienestar de los animales de compañí­a.

    Tipo procedimiento:

    Sancionador

    Tipo de Inicio:

    De oficio

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Denuncia

    Documentación:

    Acta de inspección o denuncia.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    23 de julio del 2010

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal/ Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación / Real Decreto de Transferencias 3114/1982, de 24 de julio, Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca.

    Plazo de resolución:

    6 meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes / Consejo de Gobierno.

    Normativa:

    Ley 32/2007, de 7 de noviembre, pra el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de protección de los animales. Decreto 46/1992, de 30 de abril, Reglamento para la protección de los animales. Orden GAN/2/2006, de 16 de enero, identificación y registro de animales de compañí­a identificados de Cantabria.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3788408

  • Procedimiento sancionador para el control y protección de los animales.

    Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Asegurar el bienestar de los animales.

    Tipo procedimiento:

    Sancionador

    Tipo de Inicio:

    De oficio

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Denuncia

    Documentación:

    Acta de inspección o denuncia.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    23 de julio del 2010

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal. / Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Consejero/a de de Medio Rural, Pesca y Alimentación para sanciones leves y Consejo de Gobierno para graves y muy graves / Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

    Plazo de resolución:

    6 meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Para leves: Recurso de Alzada; Para graves y muy graves: Recurso potestativo de reposición / 1 mes / Consejo de Gobierno.

    Normativa:

    Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sustancias indeseables en alimentación animal.Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, normas de ordenación de explotaciones apí­colas.Decreto 87/2007, de 19 de julio, ordenación explotaciones apí­colas en Cantabria.Real Decreto 479/2004, de 26 de mayo, establece y regula registro general de explotaciones ganaderas.Orden Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca, de 11 de abril de 2001, establece el sistema de identificación y registro especie bovina en Cantabria.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3788398

  • Procedimiento sancionador para la protección de la Sanidad y Bienestar animal.

    Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Instrucción de las infracciones detectadas en inspecciones oficiales en materia de Sanidad y Bienestar animal.

    Tipo procedimiento:

    Sancionador

    Tipo de Inicio:

    De oficio

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Acta de inspección veternario oficial, o denuncia de la Guardia Civil o policias locales, en la que se ponga de manifiesto una presunta infracción en materia de sanidad y bienestar animal.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    23 de julio del 2010

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Ganaderí­a / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27 de marzo de 2000).

    Plazo de resolución:

    6 meses desde la firma de acuerdo de inicio de expediente.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada, Recurso de Reposición, Recurso Extraordinario de Revisión.

    Normativa:

    Ley de Sanidad Animal 8/2003, de 24 de abril, (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003) y normativa de desarrollo.Ley de 32/200, 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio (BOE Nº 268 de 8 de noviembre de 2007) y normativa de desarrollo.Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de protección de los animales (BOC nº63 de 27 de marzo de 1992 y BOE nº124 de 23 de mayo de 1992).Real Decreto 1749/1998, de 31 de julio, por el que se establecen las medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos (BOE nº 188 de 7 de agosto de 1998).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3788348

  • Procedimiento sancionador por incumplimiento normativa ambiental.

    Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

    Dirección General:

    Dirección General Medio Ambiente

    Descripción:

    Sancionar al responsable de una infracción ambiental así­ como restaurar, en su caso, el espacio objeto de la infracción.

    Tipo procedimiento:

    Sancionador

    Tipo de Inicio:

    De oficio

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Realizar conducta tipificada como infracción en la legislación en materia ambiental.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    27 de julio del 2010

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Medio Ambiente / Artí­culo 48 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, artí­culo 12.4.e) y 45 y siguientes de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, artí­culo 26 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Dirección General de Medio Ambiente. Consejero/a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social o Consejo de Gobierno en función del tipo de infracción / Artí­culo 48 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, artí­culo 12.4.e) y 45 y siguientes de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, artí­culo 26 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

    Plazo de resolución:

    6 meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de alzada / 1 mes / órgano jerárquico superior. Si la sanción se impone por el Consejo de Gobierno agota la ví­a administrativa y cabe recurso de reposición en el plazo de un mes ante ese mismo órgano.

    Normativa:

    Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3784101

  • Procedmiento sancionador en materia de Sanidad Ambiental.

    Consejería:

    Consejerí­a de Sanidad

    Dirección General:

    Dirección General Salud Pública

    Descripción:

    Imposición de sanciones por incumplimientos de la normativa en materia de sanidad ambiental.

    Tipo procedimiento:

    Sancionador

    Tipo de Inicio:

    De oficio

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Acta de inspección.

    Documentación:

    Acuerdo de inciciación por el órgano competente.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    14 de julio del 2010

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Salud Pública / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director General de Salud Publica / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad y artí­culo 12.3 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Plazo de resolución:

    6 meses: artí­culo 20 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada en el plazo de un mes, contado a partir del dí­a siguiente a aquel en que se produzca la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artí­culo 128, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artí­culo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común/ante el Consejero/a de Sanidad.

    Normativa:

    Ley 14/1986,de 25 de abril, General de Sanidad.Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higi énico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.Real Decreto 3349/1983,de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación t écnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas.Decreto 72/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificado por Decreto 56/2009, de 2 de julio, y resto de normativa vigente.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

      3786708

    • Prolongación de la escolaridad para alumnos con necesidades educativas especiales. Solicitud de permanencia de un año más en educación infantil.

      Sin certificado Con certificado Presencial 012

      Consejería:

      Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

      Dirección General:

      Dirección General de Innovación y Centros Educativos

      Descripción:

      Permitir que los alumnos con necesidades educativas especiales puedan prolongar su estancia en los centros.

      Tipo procedimiento:

      Autorizaciones permisos y licencias

      Tipo de Inicio:

      Instancia de parte

      Tipo de destinatario:

      Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

      Requisitos:

      Petición de la Dirección del Centro, con conformidad de la familia, previo informe motivado del tutor e informe del EOEP.

      Documentación:

      Se deberán aportar los siguientes documentos:Solicitud de la dirección del Centro, evaluación psicopedagógica (dictamen) y acuerdo de los padres o representantes legales.

      Tasa/Precio público:

      No

      Plazo presentación:

      Durante todo el año.

      Fecha:

      17 de abril del 2008

      Lugar presentación :

      Registro Auxiliar de la Consejerí­a de Educación, calle Vargas 53, 7ª 39010, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Órgano instructor / Norma atributiva:

      Dirección General de Innovación y Centros Educativos /Decreto por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerí­as del Gobierno de Cantabria.

      í?rgano resuelve / Norma atributiva:

      Dirección General de Innovación y Centros Educativos / Orden EDU/54/2007, de 22 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación y promoción en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 30 de noviembre) y la Orden EDU/56/2007, de 28 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación, promoción y titulación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de diciembre)

      Plazo de resolución:

      Tres meses

      Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

      Desestimatorios

      Vía administrativa:

      No agota la ví­a administrativa.

      Recursos:

      Recurso de Alzada / un mes si la resolución es expresa y tres si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.

      Normativa:

      Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación de la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares, la educación preescolar en Cantabria (BOC de 29 de agosto). Artí­culo 5.5 de la Orden EDU/54/2007, de 22 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación y promoción en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 30 de noviembre) y artí­culo 9.12 de la Orden EDU/56/2007, de 28 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación, promoción y titulación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de diciembre)

      Información al ciudadano:

      Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

      3784784

    • Protección de menores.

      Presencial 012

      Consejería:

      Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

      Dirección General:

      Instituto Cántabro de Servicios Sociales

      Descripción:

      Valorar la situación del menor y adoptar la medida pertinente: riesgo, guarda, acogimiento, desamparo. Realizar seguimiento de los menores. Conceder ayudas que sean necesarias para la protección del menor y la remuneración de los acogimientos.

      Tipo procedimiento:

      Otros

      Tipo de Inicio:

      De oficio

      Tipo de destinatario:

      Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

      Tasa/Precio público:

      No

      Fecha:

      30 de julio del 2010

      Órgano instructor / Norma atributiva:

      Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia / Artí­culo 18 Decreto 58/2002.

      í?rgano resuelve / Norma atributiva:

      Director/aa del Instituto Cántabro de Servicios Sociales / Artí­culo 65 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre. Artí­culo 84 del Decreto 58/2002.

      Plazo de resolución:

      Seis meses.

      Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

      Caducidad

      Recursos:

      Medida de tutela, desamparo, guarda o riesgo. Juez de Primera Instancia / Plazo de 3 meses para tutela y 2 meses para resto de medidas. Medidas de Prestaciones / 1 mes/ Consejero/a de Sanidad y Servicios Sociales.

      Normativa:

      Código Civil.Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurí­dica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de grantí­a de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de r égimen jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales .Decreto 58/2002, de 30 de mayo,por el que se desarrollan los procedimientos relativos a la protección de menores y la adopción y se regula el Registro de Protección a la Infancia y Adolescencia.

      Información al ciudadano:

      Es posible acordar la comparecencia obligatoria para la práctia de trámites de audiencia o de notificaciones.Muchas notificaciones se practican de manera presencial.Todos los actos del procedimiento se notifican al Ministerio Fiscal.Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

      3783609

    • Proyecto de descontaminación de suelos declarados contaminados.

      Sin certificado Con certificado Presencial 012

      Consejería:

      Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

      Dirección General:

      Dirección General Medio Ambiente

      Descripción:

      Es una consecuencia de la declaración de un suelo como contaminado. Dicha declaración obliga a la realización de las actuaciones necesarias para proceder a su recuperación ambiental en los t érminos y plazos dictados por el órgano competente.

      Tipo procedimiento:

      Comunicaciones

      Tipo de Inicio:

      Comunicaciones

      Tipo de destinatario:

      Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

      Requisitos:

      Cuando un suelo sea declarado contaminado obligará a los responsables a la realización de las actuaciones necesarias para proceder a su recuperación ambiental en los t érminos y plazos dictados por el órgano competente.

      Documentación:

      El alcance y ejecución de las actuaciones de recuperación será tal que garantice que la contaminación remanente, si la hubiera, se traduzca en niveles de riesgo aceptables de acuerdo con el uso del suelo. La recuperación de un suelo contaminado se llevará a cabo aplicando las mejores t écnicas disponibles en función de las caracterí­sticas de cada caso. Las actuaciones de recuperación deben garantizar que materializan soluciones permanentes, priorizando, en la medida de lo posible, las t écnicas de tratamiento in situ que eviten la generación, traslado y eliminación de residuos.

      Tasa/Precio público:

      No

      Fecha:

      30 de julio del 2010

      Lugar presentación :

      Registro auxiliar de la Consejerí­a; C/ Lealtad nº 24 Santander o en cualquiera de los lugares previstos en el artí­culo 105 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Órgano instructor / Norma atributiva:

      Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social. Dirección General de Medio Ambiente / Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminado. Artí­culo 3 Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE nº 15 de 18 de enero de 2005) y Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

      Normativa:

      Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relacion de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estandares para la declaración de suelos contaminados (BOE nº 15 de 18 de enero de 2005).

      Información al ciudadano:

      Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

      3784415

    • Pruebas libres para la obtención directa del tí­tulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Consejería:

      Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

      Dirección General:

      Dirección General Formación Profesional y Educación Permanente

      Descripción:

      Regular las pruebas libres para la obtención directa del tí­tulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Tipo procedimiento:

      Otros

      Tipo de Inicio:

      Instancia de parte

      Tipo de destinatario:

      Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

      Impresos:

      Sí­.

      Requisitos:

      Personas mayores de 18 años, siempre que no est én cursando enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Educación Secundaria para Personas Adultas o módulos voluntarios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial, salvo renuncia expresa a su derecho a la evaluación en la enseñanza correspondiente.

      Documentación:

      Solicitud (Anexo I).Fotocopia DNI o NIE.En su caso, acreditación de discapacidad para adaptación en la realización de la prueba.En su caso, copia de la renuncia al derecho a ser evaluado (Anexo II).En el caso de que se soliciten exenciones: libro de escolaridad o hitorial acad émico, Certificado de calificaciones de áreas o materias susceptibles de exención.

      Tasa/Precio público:

      No

      Plazo presentación:

      Sujeto a convocatoria.

      Fecha:

      27 de marzo del 2013

      Lugar presentación :

      En el centro donde se vaya a realizar la prueba.

      Órgano instructor / Norma atributiva:

      Centros Docentes donde se realice la prueba/Orden ECD/116/2012, de 12 de didiembre, que regula las pruebas libres para la obtención directa del tí­tulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      í?rgano resuelve / Norma atributiva:

      Tribunales calificadores consituidos al efecto./Orden ECD/116/2012, de 12 de diciembre (BOC de 19 de diciembre).

      Plazo de resolución:

      Establecido en convocatoria anual.

      Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

      Desestimatorios.

      Vía administrativa:

      No agota la ví­a admnistrativa.

      Recursos:

      Recurso de alzada / 1 mes a partir del dí­a siguiente a la notificación que resuleva la reclamación presentada ante el tribunal calificador / Director de Formación Profesional y Educación Permanente.

      Normativa:

      Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. Decreto 57/2007, de 10 de mayo, por el que se establece el currí­culo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        3785284

      • Pruebas para la obtención de los tí­tulos de t écnico y t écnico superior de formación profesional inicial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Presencial 012

        Consejería:

        Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

        Dirección General:

        Dirección General Formación Profesional y Educación Permanente

        Descripción:

        Obtención de los tí­tulos de T écnico y T écnico Superior de Formación Profesional Inicial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Tipo procedimiento:

        Otros

        Tipo de Inicio:

        Instancia de parte

        Tipo de destinatario:

        Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

        Impresos:

        Anexos que se determinen en cada resolución por la que se proceda a la convocatoria de las pruebas para la obtención de los Tí­tulos de T écnico y T écnico Superior de Formación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Requisitos:

        1.Tener nacionalidad española o ser residente.2.a) Para la obtención del tí­tulo de T écnico se requiere tener dieciocho años de edad o cumplirlos en el año natural en el que se realizaron las pruebas.b) Para la obtención del tí­tulo de T écnico Superior el requisito de edad es de veinte años o cumplirlos en el año natural en el que se realizan las pruebas, o de diecinueve para quienes est én en posesión del tí­tulo de T écnico.3.Además de lo requerido en los apartados anteriores, los candidatos deben reunir alguno de los requisitos acad émicos para la obtención del tí­tulo de t écnico o t écnico superior establecidos en el apartado 2.3 de la Orden EDU/23/2008, de 2 de abril, sin perjuicio de las excepciones previstas en el artí­culo 3 de la misma Orden.

        Documentación:

        Solicitud matricula. Fotocopia DNI, pasaporte en vigor o documento oficial que permita la identificación personal. Declaración jurada de no estar matriculado en el presente curso acad émico en el mismo módulo profesional y/o unidad formativa en más de una modalidad y r égimen, ni en las pruebas para la obtención del mismo. Fotocopia compulsada tí­tulo de T écnico, en el caso de las personas que tengan 19 años y deseen inscribirse en la prueba para la obtención del tí­tulo de T écnico Superior. Copia compulsada del tí­tulo o certificación que acredite que reúne los requisitos generales, que se establecen en el artí­culo 2.3 de la Orden EDU/23/2008, de 2 de abril, o sus equivalentes. n su caso, certificado de admisión. Certificado acad émico oficial en el caso de las personas que hayan cursado un ciclo formativo y hayan agotado las convocatorias establecidas por la normativa vigente en algún módulo profesional. Ejemplar para la administración del impreso 046 justificativo del pago y, cuando proceda, acreditación de la condición de Familia Numerosa de categorí­a general o bien de la condición de Familia Numerosa de categorí­a especial.

        Tasa/Precio público:

        Plazo presentación:

        La solicitud de matrí­cula se presentará en los diez dí­as hábiles siguientes al de la publicación del a resolución de convocatoria en el Boletí­n Oficial de Cantabria.

        Fecha:

        04 de agosto del 2009

        Lugar presentación :

        Secretarí­as de los Centros Públicos que se determinen en cada resolución de convocatoria, en los ciclos formativos y centros educativos que se convoquen.

        Órgano instructor / Norma atributiva:

        Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente/Decreto 197/2003, de 18 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejerí­a de Educación. Decreto 6/2004, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura básica de la Consejerí­a de Educación. Decreto 116/2007, de 9 de agosto, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejerí­a de Educación. Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerí­as del Gobierno de Cantabria.

        í?rgano resuelve / Norma atributiva:

        Comisiones de Evaluación/Orden EDU/23/2008, de 2 de abril, por la que se regula la organización de pruebas para la obtención de los Tí­tulos de T écnico y T écnico Superior de Formación Profesional Inicial para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Plazo de resolución:

        Tres meses

        Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

        Desestimatorios.

        Correo:

        www.educantabria.es

        Tel éfono:

        942207464

        Vía administrativa:

        No agota la ví­a administrativa.

        Recursos:

        Recurso de alzada/ 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

        Normativa:

        Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo. Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional en el sitema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden EDU/23/2008, de 2 de abril, por la que se regula la organización de las pruebas para la Obtención de los Tí­tulos de T écnico y T écnico Superior de Formación Profesional Inicial para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Resolución de 30 de enero de 2012, por la que se procede a la convocatoria para el año 2012 de las pruebas para la obtención de los tí­tulos de T écnico y T écnico Superior de Formación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Información al ciudadano:

        Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

        3784928

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      Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.