Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General Cultura
Sancionar aquellas conductas constitutivas de infracción administrativa a tenor de lo dispuesto en el Título IV de la Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
No
07 de julio del 2010
Dirección General de Cultura. Servicio de Archivos y Bibliotecas / Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria ( BOC nº 131, de 9 de julio de 2002).
Consejo de Gobierno (sanciones superiores a 150.253,03 euros o inhabilitación de profesionales por 10 años), Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte (sanciones entre 30.050,61 euros 150.253,03 euros o inhabilitación de profesionales por 4 años ), Director/a General de Cultura (sanciones hasta 30.050,61 euros o inhabilitaciones por dos años) / Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria (BOC nº 131, de 9 de julio de 2002), que se remite a la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).
Seis meses ( artículo 20.6 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en relación con el art 42 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Caducidad
Resoluciones dictadas por el Director/a General de Cultura: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte. Resoluciones dictadas por el Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno de Cantabria. Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno: recurso potestativo de Reposición / 1 mes si el acto fuese expreso y 3 si no lo es/ Consejo de Gobierno. Recurso contencioso administrativo / 2 meses si el acto fuese expreso y 6 meses si no lo fuese.
Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria (BOC nº 131, de 9 de julio de 2002). Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785620
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General Cultura
Sancionar aquellas conductas constitutivas de infracción administrativa a tenor de lo dispuesto en el Título V de la Ley de Cantabria 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
No
07 de julio del 2010
Dirección General de Cultura. Servicio de Archivos y Bibliotecas / Ley de Cantabria 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria ( BOC nº 192, de 3 de octubre de 2001).
Consejo de Gobierno (sanciones superiores a 150.253,03 Euros o inhabilitación de profesionales por 10 años), Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte (sanciones entre 30.050,61 Euros 150.253,03 Euros o inhabilitación de profesionales por 4 años ), Director/a General de Cultura (sanciones hasta 30.050,61 Euros o inhabilitaciones por dos años) / Ley de Cantabria 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria (BOC nº 192, de 3 de octubre de 2001), que se remite a la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).
Seis meses ( artículo 20.6 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en relación con el art 42 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Caducidad
Resoluciones dictadas por el Director/a General de Cultura: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte. Resoluciones dictadas por el Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno de Cantabria. Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno: recurso potestativo de Reposición / 1 mes si el acto fuese expreso y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno. Recurso contencioso adminsitrativo / 2 meses si el acto fuese expreso y 6 meses si no lo fuese.
Ley de Cantabria 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria (BOC nº 192, de 3 de octubre de 2001). Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785630
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General del Medio Natural
Sancionar las infracciones en materia de caza.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
Denuncia
No
23 de julio del 2010
El Jefe de la Sección correspondiente / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Infracciónes leves y graves: Directora General de Medio Natural./ Art. 77 Ley de Cantabria 12/2206, de 17 de julio, de Caza.Infracciónes muy graves: Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación/ Art. 77 de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza.
1 año
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Resolución de la Directora General de Medio Natural: Alzada ante el Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación. Resolución del Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación: Alzada ante el Consejo de Gobierno.
Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza.Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3788318
Consejería de Sanidad
Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria
Ejercicio de la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa vigente por centros,establecimientos y servicios sanitarios.
Sancionador
De oficio
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Acta de Inspección.
Acuerdo de inciciación por el órgano competente.
No
14 de julio del 2010
Servicio de Ordenación Sanitaria / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Alcaldes, Director General de Ordenación, Inspección y Atención Sanitaria, Consejero de Sanidad ó Consejo de Gobierno, dependiendo de la cuantía de la sanción / Artículo 81 de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.
6 meses.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Recurso de alzada / en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación / ante el órgano jerarquicamente superior.
Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.Real Decreto 1277/2003, de 10 octubre, por el que se establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadoraDecreto 65/1992, de 7 de septiembre, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.Decreto 90/1998, de 23 de noviembre, por el que se regula las autorizaciones administrativas de los establecimientos de ópticas, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3786668
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General del Medio Natural
Sancionar a los infractores en materia de espacios protegidos.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
Denuncia
No
23 de julio del 2010
El Jefe de la Sección Correspondiente / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Infracciones leves y graves: Director/a General de Biodiversidad, Infracciones muy graves: Consejero/a de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, Infracciones muy graves cuando su cuantía supere los 180,00 â?¬.: Consejo de Gobierno / Art. 90 de la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
6 meses.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Resolución Director/a General de Biodiversidad: alzada ante el Consejero de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural. Resolución del Consejero de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural: Recurso de Alzada ante el Consejo de Gobierno. Resolución del Consejo de Gobierno: Agota la vía administrativa. Plazo de interposición: 1 mes.
Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, de Cantabria.Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3788328
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General Cultura
Sancionar aquellas conductas constitutivas de infracción administrativa a tenor de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Cantabria 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
No
09 de julio del 2010
Dirección General de Cultura. Servicio de Centros Culturales / Ley de Cantabria 5/2001 de museos de Cantabria ( BOC nº 192, de 3 octubre de 2001) y Decreto 81/2002, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión de Museos de Cantabria.
Consejo de Gobierno (sanciones superiores a 150.253,03 Euros o inhabilitación de profesionales por 10 años), Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte (sanciones entre 30.050,61 Euros y 150.253,03 Euros o inhabilitación de profesionales por 4 años), Director/a General de Cultura (sanciones hasta 30.050,61 Euros o inhabilitaciones por dos años) / Ley de Cantabria 5/2001,de 19 de noviembre de museos de Cantabria (BOC nº 230, de 28 de noviembre de 2001) que se remite a la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).
Seis meses, a partir de la fecha del acuerdo de incoación ( artículo 20.6 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en relación con el art 42 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Caducidad
Resoluciones dictadas por el Director/a General de Cultura: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte. Resoluciones dictadas por el Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte: recurso de alzada/ 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno de Cantabria. Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno: recurso potestativo de Reposición / 1 mes si el acto fuese expreso y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno. Recurso contencioso adminsitrativo / 2 meses si el acto fuese expreso y 6 meses si no lo fuese.
Ley de Cantabria 5/2001 de museos de Cantabria ( BOC nº 230, de 28 de noviembre de 2001).Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785670
Consejería de Sanidad
Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria
Ejercicio de la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa vigente por parte de las oficinas de farmacia.
Sancionador
De oficio
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Acta de inspección.
Acuerdo de inciciación por el órgano competente.
No
14 de julio del 2010
Servicio de Ordenación Sanitaria / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Director General de Ordenación, Inspección y Atención Sanitaria, Consejero de Sanidad ó Gobierno de Cantabria, dependiendo de la tipificación de la infracción / Artículo 59 de la Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmaceutica de Cantabria.
6 meses.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Recurso de alzada / en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación/ ante el órgano jerárquicamente superior.
Decreto 7/2003, de 30 de enero, por el que se aprueba la Planificación Farmac éutica y se establecen los requisitos t écnico sanitarios, el r égimen jurídico y el procedimiento para la autorización, transmisión, traslados, modificaciones y cierre de las
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3786678
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General del Medio Natural
Sancionar las infracciones cometidas en materia de pesca en Aguas Continentales.
Sancionador
De oficio
Comunes a todos
Denuncia
No
23 de julio del 2010
Jefe de Sección correspondiente / Decreto 63/1995, de 3 de agosto, por el que se crea la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza.
Directora General de Medio Natural en el caso de las infracciónes leves y graves / Art. 59, Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales.Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación en el caso de las infracciónes muy graves / Art. 59, Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales.
1 año.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Si resuelve al Directora General de Medio Natural: 1 mes para Alzada ante el Consejero. Si Resuelve el Consejero: 1 mes para Alzada ante el Consejo de Gobierno.
Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de pesca en aguas contientales.Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3788308
Consejería de Sanidad
Dirección General Salud Pública
Imposición de sanciones por incumplimiento de la normativa t écnico-higi énico-sanitaria vigente.
Sancionador
De oficio
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Acta de inspección.
Acuerdo de inciciación por el órgano competente.
No
14 de julio del 2010
Servicio de Seguridad Alimentaria / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Director General de Salud Pública / Artículo 12.3 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6 meses: artículo 20 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Recurso de Alzada ante el Consejero/a de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 128, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 14/1986,de 25 de abril, General de Sanidad, Normativa nacional y comunitaria en materia de t écnico-higi énico-sanitaria.Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3786698
Consejería de Sanidad
Dirección General Salud Pública
El procedimiento sancionador en materia de tabaco supone el ejercicio de la potestad sancionadora de la administración dentro del marco establecido por la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Sancionador
De oficio
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Acta de Inspección.
Acuerdo de inciciación por el órgano competente.
No
14 de julio del 2010
Servicio de Drogodependencias / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
í?rgano competente para la resolución: Director General de Salud Publica / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y artículo 12.3 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6 meses: artículo 20 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Caducidad
No agota la vía administrativa.
Recurso de Alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 128, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Orden SAN/6/2007 de 15 de enero, por la que se establecen las características y condiciones de los carteles informativos en relación con la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco de Cantabria.(BOC nº 24 de 2 de f
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3786688