Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Dirección General Medio Ambiente
Este certificado acredita el fin de la vida útil del vehiculo, dando lugar a su inmediata descontaminación como residuo peligroso, y justificará la baja definitiva en circulación del vehiculo en el Registro de Vehiculos de la Dirección General de Trafico.
Comunicaciones
Comunicaciones
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Certificado de destrucción de vehiculo al final de su vida util; se expide por el centro autorizado de tratamiento o la instalación de recepción a la que se acuda.
El certificado de destrucción debe cumplir los siguientes mínimos.1- establecimiento o empresa que expide el certificado; nombre, dirección, codigo de la autorización como gestor de residuos peligrosos en el Registro de Gestores de residuos correspondiente, número de inscripción en el Registro Industrial y firma dl responsable de dicho establecimiento o empresa. 2- í?rgano u organismo administrativo otorgante de la autorización del gestor de residuos peligrosos (titular y dirección). 3- Fecha de expedición del certificado de destrucción. 4- Número de matrícula y distintivo de nacionalidad del vehículo. 5- Tipo de vehículo, marca y modelo. 6- número de identificación del vehículo (bastidor). 7- Nombre, dirección, nacionalidad y firma del titular del vehículo entregado.
No
El centro emisor tiene plazo de quince días, desde su emisión, para enviar una copia a la respectiva Comunidad Autónoma.
29 de julio del 2010
Registo auxiliar de la Consejería, c/ Lealtad nº 24 Santander, o por cualquiera de los medioa establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social. Dirección General de Medio Ambiente / Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, Artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil. (BOE nº 3 de enero de 2003), Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).
Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (BOE nº 22 de 26 de enero de 1999).Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil. (BOE nº 3 de enero de 2003).Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida util (BOE nº60 de 10 de marzo de 2008).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3784168
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Sanidad
Dirección General Salud Pública
Expedición de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios.
Certificados
Instancia de parte
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Solicitud normalizada.
1- Del solicitante: ser operador económico de empresa alimentaria inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. 2.- De los productos alimenticios: haber sido producidos, almacenados y distribuidos conforme a la normativa vigente.
- Impreso de solicitud, cumplimentado por duplicado. - Impreso anexo a la solicitud, cumplimentado por duplicado, en el que se indican los datos relativos a la identificación del producto; procedencia del producto; destino del producto; fecha prevista para la expedición de la mercancía. El anexo incluye tambi én una declaración del exportador relativo al cumplimiento de la condiciones de salubridad exigidas en el certificado y a la veracidad de los datos aportados. - Justificante de abono de la tasa correspondiente. - Para productos producidos / envasados en otra comunidad autónoma: certificación sanitaria de la autoridad competente de la comunidad autónoma de origen.
Sí
Al menos, tres días hábiles antes de la fecha de exportación de los producos alimenticios.
27 de febrero del 2007
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Servicio de Seguridad Alimentaria / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Jefe/a de Servicio de Seguridad Alimentaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Tres meses.
Desestimatorio.
No agota la vía Administrativa.
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Director/a General de Salud Pública.
Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 12 de mayo de 1993 por el que se establece el certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios (B.O.E. 21 de mayo de1993).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3786624
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General Ganadería
Autorización de ferias, concursos y exposiciones de ganado.
Autorizaciones permisos y licencias
Instancia de parte
Otras Administraciones Públicas y Otros
Tipo de certamen, especie/s, lugar de celebración y fecha.
Código de explotación, ejemplar del reglamento y programa, informe de los servicios veterinarios.
No
20 días hábiles.
09 de enero del 2013
Artículo 8 punto 1 de la Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.
Servicio de Producción Animal/ Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.
Director/a General de Ganadería/Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.
15 días hábiles.
Estimatorios.
No agota la vía administrativa.
Recurso de alzada/1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Consejero/a de de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre, por la que s regulan las ferias, concursos y exposiciones de ganado selecto bovino y demás especies animales.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 si usted se encuentra en la Comunidad Autónoma de Cantabria o al 902 139 012 si llama desde otra Comunidad Autónoma.
3787778
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General Ganadería
Incorporación temporal de pastos de comunales a explotación ganadera particular.
Autorizaciones permisos y licencias
Instancia de parte
Ciudadanas/os Personas Físicas
Solicitud del interesado.Acuero de cesión.
Consentimiento del gestor del pasto comunal.Cierre adecuado del pasto comunal.
Solicitud del interesado.Contrato de cesión o arrendamiento para uso exclusivo a favor de un único titular de explotación ganadera por parte del gestor.
No
20 de julio del 2010
Registro Auxiliar de la Secretaría General de la Consejería dde Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, pro el que se establecen las normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bovina, ovina y caprina.
Director General de Ganadería / Decreto 18/200, de estructura orgánica de la Consejería de Gandería, Agricultura y Pesca; Decreto 9/2007, de 12 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria; Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de R égimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley de Cantabria 662002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3 meses.
Desestimatorio
No agota
Recurso de Alzada / 1 mes / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, por la que se establecen normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bobina, ovina y caprina.
3787748
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General de Innovación y Centros Educativos
Concesión prestación gratuita, total o parcialmente, del uso del comedor escolar en centros públicos.
Prestaciones Sociales
Instancia de parte
Ciudadanas/os Personas Físicas y Otros
Geográficos o socioeconómicos
- Solicitud.- Fotocopias DNI mayores 18 años.Con carácter opcional, Título de Familia Numerosa y/o minusvalía.
No
Ordinario: 1-30 de junio. Extraordinario: 1-20 de septiembre
06 de julio del 2009
Centro docente donde el alumno se encuentre matriculado para el curso siguiente
Servicio de Centros/Decreto 52/2006, de 11 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación (BOC nº99, de 24 de mayo).
Dirección General de Innovación y Centros Educativos / Orden EDU/27/2007, de 10 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del servicio complementario de comedor escolar en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación.
2 meses desde la finalización del periodo de presentación.
Desestimatorio
No agota la vía administrativa.
Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Orden EDU/27/2007, de 10 de mayo de 2007, por la que se regula el funcionamiento del servicio complementario de comedor escolar en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785400
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Dirección General Medio Ambiente
Información a la administración competente por parte del ECAMAT de las tarifas minimas desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion.
Comunicaciones
Comunicaciones
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Las ECAMAT deberán notificar anualmente sus tarifas a la Consejería competente en materia de protección de ambiente atmosferico al objeto de que esta d é publicidad a las mismas por los medios que considere más adecuados.La tarifas estaran perfectamente desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion, con desglose de las partidas de coste que las componen.
Documentación con la información de sus tarifas claramente detalladas.
No
Anualmente.
30 de julio del 2010
Registro auxiliar de la Consejería; C/ Lealtad nº 24 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el articulo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social. Dirección General de Medio Ambiente / Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad Autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009), Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009) y Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC 9 de agosto de 2005).
Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009).Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3784335
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General Cultura
La enajenación de Derechos reales sobre bienes inventariados queda sujeta a la carga de comunicación previa a la Administración autonómica, con el fin de que la Consejería competente en materia de cultura pueda ejercer el derecho de tanteo en el plazo de un mes, ya sea en beneficio propio o en el de los Ayuntamientos de Cantabria.
Comunicaciones
Comunicaciones
Comunes a todos
No
07 de julio del 2010
Registro Delegado de la Dirección General de Cultura, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dirección General de Cultura. Servicio de Patrimonio Cultural/ Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998), Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001) y Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del registro de bienes de inter és cultural, del catálogo general de bienes de inter és local y del inventario general del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº55, de 20 de marzo de 2001).
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del Registro General de Bienes de Inter és Cultural, del Catálogo General de Bienes de Inter és Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 55, de 20 de marzo de 2001).Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785710
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General Pesca y Alimentación
Control de los productos pesqueros que entren en el mercado comunitario cuya primera venta se realice en España.
Comunicaciones
Comunicaciones
Comunes a todos
Nota de Primera Venta.
Para todas las especies para las que se haya establecido la obligación de ir acompañadas de una documentación específica, se deberá presentar dicha documentación.
No
48 horas a partir de la primera venta.
26 de julio del 2010
Registro Auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia. 39011. Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Servicio de Actividades Pesqueras / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27.03.2000).
Real Decreto 1822/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3788428
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General Cultura
Los bienes muebles declarados Bien de Inter és Cultural podrán ser objeto de comercio, previa comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Respecto del resto de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria, el interesado deberá igualmente informar de su enajenación a la Consejería, si bien podrá hacerlo a posteriori.
Comunicaciones
Comunicaciones
Comunes a todos
Las comunicaciones deberán incluir, en todo caso, el precio y las condiciones de enajenación del bien cultural de naturaleza mueble. Las personas y entidades privadas que se dediquen habitualmente al comercio de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria llevarán un registro legalizado por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, en el cual se constatarán las transacciones efectuadas (se anotarán los datos de identificación y el objeto y las partes que intervengan en la transacción).
No
08 de julio del 2010
Registro Delegado de la Dirección General de Cultura, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dirección General de Cultura. Servicio de Patrimonio Cultural/ Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998), Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001) y Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del registro de bienes de inter és cultural, del catálogo general de bienes de inter és local y del inventario general del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº55, de 20 de marzo de 2001).
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del Registro General de Bienes de Inter és Cultural, del Catálogo General de Bienes de Inter és Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 55, de 20 de marzo de 2001).Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785690
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Políticas Sociales
Dirección General Medio Ambiente
Comunicar previamente al inicio de sus actividades las entidades o empresas que pretendan ejercer como agente en la gestión de residuos dicha circunstancia ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social.
Comunicaciones
Comunicaciones
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Ser persona física o jurídica con sede social en la Comunidad Autónoma de Cantabria que organice la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los agentes que no tomen posesión física de los residuos.
a) Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la comunicación, en su caso. b) Documentación acreditativa de la suscripción de las garantías financieras exigibles conforme a las normas aplicables, en su caso.
No
Durante todo el año.
29 de marzo del 2012
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, calle Lealtad 24 - Edificio Matorras - 39002, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dirección General de Medio Ambiente / Artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente. (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).
No se emite resolución, salvo en los casos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de r égimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. / Artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC, nº 152, de 9 de agosto de 2005).
No agota la vía administrativa.
Recurso de alzada /1 mes /Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Reglamento (UE) Nº 1357/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por el que se sustituye el anexo III de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO L 365/89, de 19 de diciembre de 2014). Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 370/44, de 30 de diciembre de 2014). Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos (BOE nº 182, de 30 de julio de 1988). Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan (BOE nº 206, de 28 de agosto de 1999).Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (BOE nº 25, de 29 de enero de 2002). Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil (BOE nº 3, de 3 de enero de 2003). Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE nº 2, de 3 de enero de 2006). Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados (BOE nº 132, de 3 de junio de 2006). Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición (BOE nº 38, de 13 de febrero de 2008). Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE nº 37, de 12 de febrero de 2008). Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control de la contaminación (BOE nº 251, de 19 de octubre de 2013). Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos el éctricos y electrónicos (BOE nº 45, de 21 de febrero de 2015). Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado (BOE nº 83, de 7 de abril de 2015). Decreto 104/2006, de 19 de octubre, de valorización de escorias en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 206, de 26 de octubre de 2006). Decreto 72/2010, de 28 de octubre, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 214, de 8 de noviembre de 2010). Decreto 68/2010, de 7 de octubre, por el que se regulan los residuos sanitarios y asimilados de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 203, de 21 de octubre de 2010), y el resto de normas que regulan operaciones de tratamiento o gestión de residuos específicos, cuando sean aplicables.
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3784584