Gobierno de Cantabria

  • Certificado de destrucción de vehí­culos al final de su vida útil.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

    Dirección General:

    Dirección General Medio Ambiente

    Descripción:

    Este certificado acredita el fin de la vida útil del vehiculo, dando lugar a su inmediata descontaminación como residuo peligroso, y justificará la baja definitiva en circulación del vehiculo en el Registro de Vehiculos de la Dirección General de Trafico.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Impresos:

    Certificado de destrucción de vehiculo al final de su vida util; se expide por el centro autorizado de tratamiento o la instalación de recepción a la que se acuda.

    Requisitos:

    El certificado de destrucción debe cumplir los siguientes mí­nimos.1- establecimiento o empresa que expide el certificado; nombre, dirección, codigo de la autorización como gestor de residuos peligrosos en el Registro de Gestores de residuos correspondiente, número de inscripción en el Registro Industrial y firma dl responsable de dicho establecimiento o empresa. 2- í?rgano u organismo administrativo otorgante de la autorización del gestor de residuos peligrosos (titular y dirección). 3- Fecha de expedición del certificado de destrucción. 4- Número de matrí­cula y distintivo de nacionalidad del vehí­culo. 5- Tipo de vehí­culo, marca y modelo. 6- número de identificación del vehí­culo (bastidor). 7- Nombre, dirección, nacionalidad y firma del titular del vehí­culo entregado.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    El centro emisor tiene plazo de quince dí­as, desde su emisión, para enviar una copia a la respectiva Comunidad Autónoma.

    Fecha:

    29 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registo auxiliar de la Consejerí­a, c/ Lealtad nº 24 Santander, o por cualquiera de los medioa establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social. Dirección General de Medio Ambiente / Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, Artí­culo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehí­culos al final de su vida útil. (BOE nº 3 de enero de 2003), Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

    Normativa:

    Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehí­culos (BOE nº 22 de 26 de enero de 1999).Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehí­culos al final de su vida útil. (BOE nº 3 de enero de 2003).Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehí­culos descontaminados al final de su vida util (BOE nº60 de 10 de marzo de 2008).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3784168

  • Certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Sanidad

    Dirección General:

    Dirección General Salud Pública

    Descripción:

    Expedición de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios.

    Tipo procedimiento:

    Certificados

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Impresos:

    Solicitud normalizada.

    Requisitos:

    1- Del solicitante: ser operador económico de empresa alimentaria inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. 2.- De los productos alimenticios: haber sido producidos, almacenados y distribuidos conforme a la normativa vigente.

    Documentación:

    - Impreso de solicitud, cumplimentado por duplicado. - Impreso anexo a la solicitud, cumplimentado por duplicado, en el que se indican los datos relativos a la identificación del producto; procedencia del producto; destino del producto; fecha prevista para la expedición de la mercancí­a. El anexo incluye tambi én una declaración del exportador relativo al cumplimiento de la condiciones de salubridad exigidas en el certificado y a la veracidad de los datos aportados. - Justificante de abono de la tasa correspondiente. - Para productos producidos / envasados en otra comunidad autónoma: certificación sanitaria de la autoridad competente de la comunidad autónoma de origen.

    Tasa/Precio público:

    Plazo presentación:

    Al menos, tres dí­as hábiles antes de la fecha de exportación de los producos alimenticios.

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Seguridad Alimentaria / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad y Servicios Sociales.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Jefe/a de Servicio de Seguridad Alimentaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad y Servicios Sociales.

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Desestimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Director/a General de Salud Pública.

    Normativa:

    Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 12 de mayo de 1993 por el que se establece el certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios (B.O.E. 21 de mayo de1993).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3786624

  • Certámenes feriales.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización de ferias, concursos y exposiciones de ganado.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Otras Administraciones Públicas y Otros

    Requisitos:

    Tipo de certamen, especie/s, lugar de celebración y fecha.

    Documentación:

    Código de explotación, ejemplar del reglamento y programa, informe de los servicios veterinarios.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    20 dí­as hábiles.

    Fecha:

    09 de enero del 2013

    Lugar presentación :

    Artí­culo 8 punto 1 de la Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Producción Animal/ Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a/Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre.

    Plazo de resolución:

    15 dí­as hábiles.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorios.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de alzada/1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Consejero/a de de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Orden GAN/56/2012, de 5 de diciembre, por la que s regulan las ferias, concursos y exposiciones de ganado selecto bovino y demás especies animales.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 si usted se encuentra en la Comunidad Autónoma de Cantabria o al 902 139 012 si llama desde otra Comunidad Autónoma.

    3787778

  • Cesión temporal de pastos comunales para aprovechamiento por ganado.

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Incorporación temporal de pastos de comunales a explotación ganadera particular.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

    Impresos:

    Solicitud del interesado.Acuero de cesión.

    Requisitos:

    Consentimiento del gestor del pasto comunal.Cierre adecuado del pasto comunal.

    Documentación:

    Solicitud del interesado.Contrato de cesión o arrendamiento para uso exclusivo a favor de un único titular de explotación ganadera por parte del gestor.

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    20 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registro Auxiliar de la Secretarí­a General de la Consejerí­a dde Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, pro el que se establecen las normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bovina, ovina y caprina.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director General de Ganaderí­a / Decreto 18/200, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Ganderí­a, Agricultura y Pesca; Decreto 9/2007, de 12 de julio, de reorganización de las Consejerí­as de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria; Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de R égimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley de Cantabria 662002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Plazo de resolución:

    3 meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Desestimatorio

    Vía administrativa:

    No agota

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, por la que se establecen normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bobina, ovina y caprina.

    3787748

  • Comedores escolares centros públicos no universitarios.

    Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

    Dirección General:

    Dirección General de Innovación y Centros Educativos

    Descripción:

    Concesión prestación gratuita, total o parcialmente, del uso del comedor escolar en centros públicos.

    Tipo procedimiento:

    Prestaciones Sociales

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Otros

    Requisitos:

    Geográficos o socioeconómicos

    Documentación:

    - Solicitud.- Fotocopias DNI mayores 18 años.Con carácter opcional, Tí­tulo de Familia Numerosa y/o minusvalí­a.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Ordinario: 1-30 de junio. Extraordinario: 1-20 de septiembre

    Fecha:

    06 de julio del 2009

    Lugar presentación :

    Centro docente donde el alumno se encuentre matriculado para el curso siguiente

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Centros/Decreto 52/2006, de 11 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Educación (BOC nº99, de 24 de mayo).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Dirección General de Innovación y Centros Educativos / Orden EDU/27/2007, de 10 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del servicio complementario de comedor escolar en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejerí­a de Educación.

    Plazo de resolución:

    2 meses desde la finalización del periodo de presentación.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Desestimatorio

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.

    Normativa:

    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Orden EDU/27/2007, de 10 de mayo de 2007, por la que se regula el funcionamiento del servicio complementario de comedor escolar en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejerí­a de Educación.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3785400

  • Comunicación anual de las ECAMAT (Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosf érico) del Informe de Actividades y Lista de Precios Mí­nimos.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

    Dirección General:

    Dirección General Medio Ambiente

    Descripción:

    Información a la administración competente por parte del ECAMAT de las tarifas minimas desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Las ECAMAT deberán notificar anualmente sus tarifas a la Consejerí­a competente en materia de protección de ambiente atmosferico al objeto de que esta d é publicidad a las mismas por los medios que considere más adecuados.La tarifas estaran perfectamente desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion, con desglose de las partidas de coste que las componen.

    Documentación:

    Documentación con la información de sus tarifas claramente detalladas.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Anualmente.

    Fecha:

    30 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registro auxiliar de la Consejerí­a; C/ Lealtad nº 24 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el articulo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social. Dirección General de Medio Ambiente / Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad Autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009), Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009) y Artí­culo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC 9 de agosto de 2005).

    Normativa:

    Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009).Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3784335

  • Comunicación de Enajenación de derechos reales sobre bienes inventariados.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

    Dirección General:

    Dirección General Cultura

    Descripción:

    La enajenación de Derechos reales sobre bienes inventariados queda sujeta a la carga de comunicación previa a la Administración autonómica, con el fin de que la Consejerí­a competente en materia de cultura pueda ejercer el derecho de tanteo en el plazo de un mes, ya sea en beneficio propio o en el de los Ayuntamientos de Cantabria.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Comunes a todos

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    07 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registro Delegado de la Dirección General de Cultura, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Cultura. Servicio de Patrimonio Cultural/ Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998), Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001) y Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del registro de bienes de inter és cultural, del catálogo general de bienes de inter és local y del inventario general del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº55, de 20 de marzo de 2001).

    Normativa:

    Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del Registro General de Bienes de Inter és Cultural, del Catálogo General de Bienes de Inter és Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 55, de 20 de marzo de 2001).Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3785710

  • Comunicación de Notas de Primera Venta.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Pesca y Alimentación

    Descripción:

    Control de los productos pesqueros que entren en el mercado comunitario cuya primera venta se realice en España.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Comunes a todos

    Impresos:

    Nota de Primera Venta.

    Requisitos:

    Para todas las especies para las que se haya establecido la obligación de ir acompañadas de una documentación especí­fica, se deberá presentar dicha documentación.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    48 horas a partir de la primera venta.

    Fecha:

    26 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registro Auxiliar de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia. 39011. Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Actividades Pesqueras / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Ganaderí­a, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27.03.2000).

    Normativa:

    Real Decreto 1822/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3788428

  • Comunicación de actividades comerciales con bienes muebles declarados bienes de inter és cultural, y demás bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

    Dirección General:

    Dirección General Cultura

    Descripción:

    Los bienes muebles declarados Bien de Inter és Cultural podrán ser objeto de comercio, previa comunicación a la Consejerí­a de Educación, Cultura y Deporte. Respecto del resto de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria, el interesado deberá igualmente informar de su enajenación a la Consejerí­a, si bien podrá hacerlo a posteriori.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Comunes a todos

    Requisitos:

    Las comunicaciones deberán incluir, en todo caso, el precio y las condiciones de enajenación del bien cultural de naturaleza mueble. Las personas y entidades privadas que se dediquen habitualmente al comercio de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria llevarán un registro legalizado por la Consejerí­a de Educación, Cultura y Deporte, en el cual se constatarán las transacciones efectuadas (se anotarán los datos de identificación y el objeto y las partes que intervengan en la transacción).

    Tasa/Precio público:

    No

    Fecha:

    08 de julio del 2010

    Lugar presentación :

    Registro Delegado de la Dirección General de Cultura, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Cultura. Servicio de Patrimonio Cultural/ Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998), Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001) y Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del registro de bienes de inter és cultural, del catálogo general de bienes de inter és local y del inventario general del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº55, de 20 de marzo de 2001).

    Normativa:

    Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).Decreto 22/2001, de 12 de marzo, del Registro General de Bienes de Inter és Cultural, del Catálogo General de Bienes de Inter és Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 55, de 20 de marzo de 2001).Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3785690

  • Comunicación de agente de residuos.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

    Dirección General:

    Dirección General Medio Ambiente

    Descripción:

    Comunicar previamente al inicio de sus actividades las entidades o empresas que pretendan ejercer como agente en la gestión de residuos dicha circunstancia ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social.

    Tipo procedimiento:

    Comunicaciones

    Tipo de Inicio:

    Comunicaciones

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Ser persona fí­sica o jurí­dica con sede social en la Comunidad Autónoma de Cantabria que organice la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los agentes que no tomen posesión fí­sica de los residuos.

    Documentación:

    a) Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la comunicación, en su caso. b) Documentación acreditativa de la suscripción de las garantí­as financieras exigibles conforme a las normas aplicables, en su caso.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Durante todo el año.

    Fecha:

    29 de marzo del 2012

    Lugar presentación :

    Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social, calle Lealtad 24 - Edificio Matorras - 39002, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Medio Ambiente / Artí­culo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente. (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    No se emite resolución, salvo en los casos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de r égimen jurí­dico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. / Artí­culo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC, nº 152, de 9 de agosto de 2005).

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de alzada /1 mes /Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social.

    Normativa:

    Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011). Reglamento (UE) Nº 1357/2014 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por el que se sustituye el anexo III de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO L 365/89, de 19 de diciembre de 2014). Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 370/44, de 30 de diciembre de 2014). Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos (BOE nº 182, de 30 de julio de 1988). Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan (BOE nº 206, de 28 de agosto de 1999).Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (BOE nº 25, de 29 de enero de 2002). Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehí­culos al final de su vida útil (BOE nº 3, de 3 de enero de 2003). Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE nº 2, de 3 de enero de 2006). Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados (BOE nº 132, de 3 de junio de 2006). Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición (BOE nº 38, de 13 de febrero de 2008). Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE nº 37, de 12 de febrero de 2008). Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control de la contaminación (BOE nº 251, de 19 de octubre de 2013). Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos el éctricos y electrónicos (BOE nº 45, de 21 de febrero de 2015). Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado (BOE nº 83, de 7 de abril de 2015). Decreto 104/2006, de 19 de octubre, de valorización de escorias en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 206, de 26 de octubre de 2006). Decreto 72/2010, de 28 de octubre, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 214, de 8 de noviembre de 2010). Decreto 68/2010, de 7 de octubre, por el que se regulan los residuos sanitarios y asimilados de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 203, de 21 de octubre de 2010), y el resto de normas que regulan operaciones de tratamiento o gestión de residuos especí­ficos, cuando sean aplicables.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3784584

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