Vivienda de uso turístico: inicio de actividad: 5057.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comunicar a la Consejería competente el inicio de actividad de una vivienda de uso turístico mediante la presentación de una declaración responsable.

¿Quién puede solicitarlo?

El titular de la vivienda de uso turístico.

Requisitos principales

  • Presentar la declaración responsable antes de iniciar la actividad de vivienda de uso turístico.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 225/2019.

Plazos

La declaración responsable debe presentarse antes de la apertura de la vivienda de uso turístico.

Duración del trámite

Indeterminado

Resumen

Este trámite permite comunicar a la Consejería competente en materia de turismo el inicio de actividad de una vivienda de uso turístico. Se realiza mediante la presentación de una declaración responsable.

Quién puede usar este servicio:

  • El titular de la vivienda de uso turístico.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Declaración responsable de apertura (Anexo I).
  • Título jurídico que acredite la propiedad de la vivienda.
  • Cédula de habitabilidad.
  • Si la vivienda está en propiedad horizontal, declaración de que los estatutos no lo prohíben.
  • Declaración de que la vivienda no es de protección oficial.

Costes y plazos:

  • Este trámite está sujeto a tasas o precios públicos.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la declaración responsable:
    • Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General.
    • Presencialmente: En el Registro Delegado de la Dirección General de Turismo y Hostelería (C/ Albert Einstein, nº4, planta 1, 39011, Santander).

Plazos de presentación:

  • La declaración debe presentarse antes de iniciar la actividad turística en la vivienda.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la declaración responsable, se entiende que puedes iniciar la actividad turística, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos en la normativa.

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Normativa:


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