Revisión a instancia del interesado del grado de discapacidad.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Revisión a instancia del interesado del grado de discapacidad.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

Dirección General:

Instituto Cántabro de Servicios Sociales

Descripción:

Revisión a instancia del interesado del grado de discapacidad.

Tipo procedimiento:

Certificados

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

Impresos:

Solicitud del interesado/a.

Requisitos:

Tener reconocido grado de discapacidad hace más de dos años. En caso de perí­odo inferior, se deberá presentar agravamiento por situación.

Documentación:

Fotocopias compulsadas del DNI del solicitante o del representante legal, en su caso. Informes m édicos y/o psicológicos y/o sociales del sistema público.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Dos años desde la última valoración, o perí­odo inferior si se ha producido agravamiento.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Equipo de Valoración y Orientación ( EVO) / Orden de 12 de marzo de 2001 de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 1971/1999.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. / Orden de 12 de marzo de 2001 de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 1971/1999.

Plazo de resolución:

Tres meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Reclamación previa a la ví­a jurisdiccional sociall / 30 dí­as / Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.

Normativa:

Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalí­a. Orden de 12 de marzo de 2001 de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 1971/1999.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

3784071


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