Orden PRE/54/2016

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Descripción

Orden PRE/54/2016, de 6 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de los centros y demás entidades regionales de otras Comunidades Autónomas radicados en Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: Extr. núm. 37

Enlace BOC

Fecha BOC: 09/09/2016

Fecha inicio plazo presentación

01/10/2016

Fecha finalización plazo presentación

31/10/2016

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Orden los centros y demás entidades regionales de otras Comunidades Autónomas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar reconocidas como entidades asentadas fuera del territorio de la respectiva Comunidad Autónoma y tener domicilio en Cantabria a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.

c) No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentación a adjuntar

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Documentación que acredite el reconocimiento del solicitante como centro o entidad regional, si no se aportó en convocatorias anteriores.

b) Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad, si no fue presentada en convocatorias anteriores.

c) Documento que acredite que quien presenta la solicitud actúa en representación de la entidad para solicitar la subvención.

d) Programa de actividades a desarrollar durante el año, así como presupuesto de las mismas.

e) Copia certificada del acuerdo de la Junta Directiva en la que se decidió solicitar la subvención y el compromiso de poner a disposición de la Consejería de Presidencia y Justicia sus libros de contabilidad.

f) Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas solicitadas para el mismo fin a otros organismos, con expresión de la cuantía de las mismas.

g) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

En aplicación de Decreto 20/2012, de 12 de abril, de Simplificación Documental en los Procedimientos Administrativos (BOC nº 80, de 25 de abril), la entidad solicitante puede autorizar al órgano instructor a que recabe los certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Igualmente, la persona que presenta la solicitud en nombre de la entidad solicitante puede autorizar la comprobación de sus datos de identidad personal.

Tampoco será preceptiva la presentación de aquellos documentos que ya se encuentren en poder de esta Administración, siempre que no hayan sido modificados, y que se haga constar la fecha, y el órgano o dependencia en que fueran entregados y no hayan transcurridos más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, siempre y cuando autorice al órgano instructor para su comprobación y constancia.

En caso de no otorgar las autorizaciones a que se refieren los párrafos anteriores, se deberá aportar junto con la solicitud los documentos acreditativos correspondientes.

Lugar presentación

En el Registro General del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador

Órgano: SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Dirección:

C/ Peña Herbosa, 29 - 39003 Santander

Teléfono: 942 20 72 73

Oficinas de la administración

Servicio de Contratación y Compras

Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander

Servicio de Administracion General

Calle Federico Vial 13, 39009, Santander

Tel. 12

Secret.Gral. de Presidencia y Justicia

Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander

Tel. 12

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa

Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa

Escuela Arte Nº 1

Barrio Santa Barbara S/N, 39530, Reocín

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo

Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Calle Isabel Torres 1, 39011, Santander

Centro Rural Innovacion Educativa

Paseo Joaquin Fernandez Vallejo S/N, 39315, Torrelavega

Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

Calle Vargas 53, 39010, Santander

Tel. 12

Servicio Gestion Económica Hsll

Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega

Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria

Paseo Barón Adzaneta s/n, 39800, Alfoz de Lloredo

Eei de la Población

Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.