Establecimiento de turnos de guardia en oficinas de farmacia.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Establecimiento de turnos de guardia en oficinas de farmacia.

Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria

Descripción:

Fijar el calendario anual de guardias, con el fin de garantizar la asistencia farmac éutica.

Tipo procedimiento:

Autorizaciones permisos y licencias

Tipo de Inicio:

De oficio

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

Requisitos:

La Comisión Mixta se reunirá, al menos una vez al año, a propuesta de su presidente, durante el mes de octubre, con el fin de organizar los turnos de urgencia anuales.

Documentación:

Los farmac éuticos titulares de oficina de farmacia podrán presentar sus propuestas de organización de los turnos de guardia durante el mes de septiembre, que serán evaluadas por la Comisión Mixta.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Mes de septiembre.

Fecha:

14 de julio del 2010

Lugar presentación :

Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Sanidad, C/ Federico Vial, 13 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Ordenación Sanitaria / Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Sanidad y Servicios Sociales y de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria / Decreto 24/2002, de 7 marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Caducidad

Vía administrativa:

No agota la ví­a administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / en el plazo de un mes desde la publicación en el BOC de la Resolución por la que se autorizan los turnos de guardia /Consejero/a de Sanidad.

Normativa:

Ley de Cantabria 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmac éutica de Cantabria. Orden SAN/30/2012, de 28 de septiembre, por la que se regulan los horarios de atención al público, servicios de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia.

Información al ciudadano:

La aprobación de los turnos de guardia será comunicada al Colegio Oficial de Farmac éuticos de Cantabria antes del mes de diciembre, a efectos de su aplicación efectiva a partir del 1 de enero del año siguiente. Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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