Concesión de licencias de pesca marítima de recreo de primera, y segunda clase.
Concesión de licencias de pesca marítima de recreo de primera, y segunda clase.
Sin certificado Con certificado Presencial 012
Consejería:
Consejería de Medio Rural Pesca y Alimentación
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Expedición de la correspondiente licencia.
Tipo procedimiento:
Autorizaciones permisos y licencias
Tipo de Inicio:
Instancia de parte
Tipo de destinatario:
Ciudadanas/os Personas Físicas y Personas Jurídicas
Impresos:
Solicitud de licencia de pesca marítima de recreo.
Requisitos:
Para la obtención de la licencia de 1ª clase únicamente se requiere la solicitud, y tener cumplidos los 16 años, o catorce con autorización paterna. Para la expedición de la Licencia de 2ª clase (Practicar la pesca deportiva mediante buceo autónomo) se requiere una solicitud, ser mayor de 16 años, Certificado M édico Oficial, y ser titular de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
Documentación:
DNI. Certificado M édico Oficial. Seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia, 39011, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Actividades Pesqueras. / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Pesca y Alimentación. / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio.
Vía administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Normativa:
Decreto 45/2002, de 4 de abril, por el que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo. Orden anual por la que se regula la captura y las zonas autorizadas para la extracción de cebo con licencia de pesca marítima de recreo para la temporada actual.
Información al ciudadano:
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3787380
Oficinas de la administración
Servicio de Contratación y Compras
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa
Escuela Arte Nº 1
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo
Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.
Centro Rural Innovacion Educativa
Servicio Gestion Económica Hsll
Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria
Eei de la Población
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